TEMAS NACIONALES
Por LISANDRO DÍAZ LEÓN
CUADERNOS HISTÓRICOS
Publicación Bimestral del
“ARCHIVO DEL LIBERALISMO”
Año III – N° 15
Mayo - Junio 1990
Revisión Técnica: MARÍA G. MONTE DE LÓPEZ MOREIRA
Impresión y Montaje: El Gráfico S.R.L.
Hecho el depósito indicado por la Ley 94/51 de derechos intelectuales
"Archivo del Liberalismo"
Asunción – Paraguay (151 páginas)
ESTA EDICION
Se han agrupado con el título de Temas Nacionales algunas intervenciones parlamentarias del doctor Lisandro Días León, puestas de manifiesto desde su banca de diputado, para la que fuera electo en dos oportunidades. Este conjunto muestra a su autor en un aspecto no muy promocionado en su tiempo y totalmente desconocido —carencia de información mediante— por las generaciones o promociones que le sucedieron.
Porque se ha tenido de él, tan sólo, la visión del político práctico y contundente, en detrimento de otros perfiles que destacan, a la par que su consecuencia ideológica, su formación intelectual y su iniciación doctrinaria, pudiendo decirse que forma parte del nucleamiento surgido con posterioridad al 900, aunque moldeado durante el auge de la eclosión novecentista.
Las páginas que hoy se ofrecen intentan proyectar otra luz sobre la trayectoria de este paraguayo eminente, fallecido en plena juventud, a los 39 años, que habrá de ser ubicado en la historia del liberalismo local junto a Eligió y Eusebio Ayala, Gualberto Cardús Huerta, Federico García y Justo Prieto, por mencionar provisionalmente a aquellos que sintieron la urgencia de unir a la fugitiva práctica la teoría que perdura.
Conviene señalar también que a excepción del primer tema, sobre el divorcio absoluto, que conserva el título original de la versión aparecida en folleto, que es la que se ha tomado para esta oportunidad, los restantes han sido extraídos de los respectivos Diarios de Sesiones de la Cámara de Diputados, adoptándose, entre corchetes, una denominación más apropiada a cada uno de los asuntos.
La mayoría de esos aportes conservan el desarrollo propio del diálogo parlamentario, motivo por el cual se ha considerado oportuno no fragmentar su estructura, aun cuando la continuación pudiera no referirse a la totalidad de la participación del autor.
Caso vinculado con lo anteriormente expuesto es el de la inmigración mennonita, que obliga a la confrontación con las estipulaciones originarias, derivadas de la Ley Nº 514/21. Por ello se ha preferido agregar el texto íntegro de las deliberaciones de un lustro más tarde, pues el mismo nunca fue difundido a nivel público.
Por su parte, el fragmento de la carta del historiador nacional y dirigente republicano don Juan E. O’Leary, dirigida al doctor Juan Francisco Recalde —valioso liberal compatriota residente por entonces en el Brasil— queda justificada por constituir un vivo testimonio del respeto que el Dr. Días León había logrado granjearse en filas adversarias.
Igualmente cabe prevenir que esta que se ofrece es tan sólo una síntesis —más que breve— de la tarea parlamentaria asumida por el recordado legislador. No se duda en afirmar, al respecto, que la selección ha resultado difícil por el interés y el caudal de las intervenciones que tuvieron al Dr. Díaz León por principal exponente y que por la causa apuntada deben, por desgracia continuar en la sombra, hasta que sea posible una más amplia difusión de sus ideas.
Como es costumbre, se agregan a esta edición, además de la cronología y bibliografía correspondientes, un prólogo explicativo y un comprimido apéndice documental.
Con la publicación de este Cuaderno, el Archivo del Liberalismo ha estimado necesario hacer justicia y a la vez concretar el homenaje debido al centenario del nacimiento del Dr. Díaz León, ocurrido el 24 de setiembre de 1889, en el vecino barrio de Trinidad.
El Dirigente y el Pensador
I. Nacimiento con la Universidad
Un símbolo: el mismo día, mes y año en que es sancionada legislativamente la fundación de la Universidad Nacional nace —el 24 de setiembre de 1889— Lisandro Díaz León. No resulta insólita esta circunstancia si se tiene en cuenta que su destino estuvo unido al de aquella Casa como estudiante, egresado de la Facultad de Derecho y profesional.
Cuando él accede a las aulas, el mundo universitario, se muestra sino estancado por lo menos con signos de estacionamiento o si se quiere, de otro modo, de cristalización. Esta situación se halla vinculada a la propia circunstancia política del país.
A la violencia producida por la inestabilidad institucional, que se manifestara a partir del golpe de cuartel del 2 de julio de 1908, sigue el derrocamiento del presidente Gondra (17 de enero de 1911), el martirologio de Adolfo Riquelme (17 de marzo de 1911) y la conmoción producida por el “jarismo”, cuyo titular, el coronel Albino Jara, no se dio tregua hasta morir en combate.
Semejante panorama muestra el ámbito en que tuvo que insertarse el espíritu cívico de Díaz León, un panorama signado por impredecibles y continuas agitaciones. Como hecho sintomático ha de señalarse su independencia de criterio, la amplitud de sus ideales y la condición liberal de sus convicciones, siendo que era hijo de un dirigente republicano del distrito de Trinidad y de su mismo nombre. Quizá para establecer las debidas diferenciaciones fue que dispuso agregarse el apellido materno.
Este rasgo, que algunos —con no poca ampulosidad— calificarían de “altivez ciudadana”, y otros, más serenos, de "encuentro con sus verdaderas convicciones”, no era frecuente en su época juvenil, caracterizada por un insólito “jus sanguini” para el ejercicio de la acción política, consanguinidad tradicional que él cree necesario romper, debiendo verse en esa actitud una acentuación doctrinaria que iba más allá de las banderías y de las anilinas partidistas, por aquellos entonces reducidas al tremolar de dos colores.
Esto se anuda a sus antecedentes de bachiller en ciencias y letras y de graduado de la Universidad, institución que fuera calificada de “alma mater del Paraguay moderno”. En las aulas hizo su cultura, acentuó su bagaje intelectual y fue en ellas que impuso el gesto tribunicio propio de su generación y heredado de los novecentistas, sus maestros.
Porque no debe olvidarse que Díaz León era hijo de su siglo, pues sus estudios se habían iniciado prácticamente después del 900, cuando la lección de ética y cultura universal brindada desde el 70 en adelante por los krausistas españoles, que aquí formalizaron su magisterio, aún perduraba como legado trasmitido a sus discípulos.
Es así que ya en el Colegio Nacional de la Capital pudo el joven trinidense recibir lecciones de autenticidad intelectual. Esa trayectoria se cumple con normalidad, salvo una interrupción habida en el cuarto curso, derivada de la conmoción que produjera el movimiento armado de 1904. En lo demás, todo transcurrió sin mayores sobresaltos.
A la fecha de su ingreso el plantel de catedráticos estaba formado por Manuel A. Amarilla, de Gramática castellana; Eugenio Bordas, de Latín; Cleto Romero, de Geografía, y Eligió Ayala de Aritmética, todos bajo la dirección de Manuel Domínguez, primero, y Arsenio López Decoud, después.
Una de las asignaturas de su predilección será Gramática castellana; en Retórica y poética figura como “distinguido”, también obtiene buenas notas en francés. Entre sus coetáneos y condiscípulos debe citarse a Enrique Bordenave (1889-1940), posteriormente abogado, y Silvio A. Masías (1889-1947), médico, ambos igualmente publicistas.
En el comienzo de su labor universitaria alcanza a rendir, con altas calificaciones, Derecho romano y Sociología. Entre sus profesores se cuentan los doctores Venancio V. López, Cecilio Báez, Teodosio González, Antolín Irala, Francisco C. Chaves, Gualberto Cardús Huerta y César Gondra. Durante ese año el rectorado estará sucesivamente a cargo de los doctores Chaves (ya citado), Ovidio Rebaudi y Félix Paiva. Se gradúa en 1915 de doctor en derecho y ciencias sociales con una tesis cuya denominación trascendió al periodismo (“El Diario” y “El Liberal” de Asunción, 5 de mayo de 1928) de distinta manera: “El impuesto progresivo a la tierra”, según el primero, y “La propiedad agraria e impuesto progresivo”, para el segundo.
Puede manifestarse que sus inquietudes intelectuales y políticas crecieron a la sombra de don Manuel Gondra, ubicado entre el carisma del profesor y el ejemplo moral, quien a través de los años supo ser, en las aulas, orientador de conciencias y de gustos literarios. De sus manos salieron, entre varios y además de Díaz León, Eligió Ayala, Adriano Irala y Pedro P. Samaniego, cuyos rumbos ideológicos no fueron semejantes, aunque conservaron siempre el distintivo de aquel magisterio.
II. Formación intelectual
Tuvo Díaz León, en tal sentido, buenos consejeros. Cuando se incorpora a la secundaria —necesario es reafirmarlo— no había desaparecido del todo la huella krausista. Su bachillerato culmina en una época en que habían empezado a insinuarse variadas corrientes de pensamiento, no obstante mantenerse alguno que otro fulgor de la prédica de antaño.
Sin embargo, todos los años del Nacional y parte de la Universidad se hallan bajo el predominio positivista representado por Cecilio Báez. Ese positivismo, sobrepasando su auge y hasta las contradicciones que desde 1911 tiene que enfrentar, se ha dividido en varias vertientes: una proclive al darwinismo social, encabezada por aquel maestro; otra evolucionista, con Domínguez inicialmente y Eusebio Ayala más tarde, y por último la de matriz sociológico e intención filosófica liberada por Pane.
A pesar de todo, la apertura de los sistemas de enseñanza –con mayores modificaciones en la secundaria que en la universitaria, largamente estancada por espacio de tres décadas— permitía trascender el dogmatismo de los textos (Spencer al comienzo y Giddings luego) e incursionar en campos que se suponía renovadores.
En dicho escenario transcurre la función estudiantil de Díaz León. Mas, él no podía resignarse a alcanzar las categorías del simple catecúmeno o del indiscriminado prosélito —casi siempre repetidor de palabras ajenas— sino que quiso, en un impulso no ajeno a sus contemporáneos, ahondar en aquellos temas que aunque habían sido insinuados o denunciados (Monseñor Bogarín, Barret, y algo más cerca Federico García) se destacaban por su sentido social, temas que asimismo habían concitado la atención de Carlos García (1905) e Ignacio A. Pane (1910).
Para ese emprendimiento, o sea para unir en doctrina la teoría y la práctica, era menester aunar la condición intuitiva el suficiente respaldo, más que informativo, de formación. Con esos elementos Díaz León inaugura un andar que con el tiempo irá afianzándose hasta conceder un matiz propio a sus inquietudes de ciudadano.
III. Ética política
Justo Pastor Benítez, que supo contemplarle con admiración de correligionario, admite en Díaz León, aunque no explícitamente, dos modos de accionar cuya separación, a través de los tiempos, se impone. Será preciso establecer la discriminación del caso porque más allá del anecdotario político estará la afirmación de los principios.
Por un lado, el joven impetuoso que dedica sus mejores afanes a la actividad pública. En ese aspecto no debe olvidarse que a los 16 años integra, el 30 de abril de 1906, el núcleo fundador de la Liga de la Juventud Independiente. Es, junto con Carlos Freitag, que tiene 17, el menor de todos. El mayor, Rufino A. Villalba, con 30.
Allí están, respondiendo a una expresión más de principios que de ideología (bien se sabe que no es lo mismo): Albino Jara (con sus galones de capitán), Cipriano Ibáñez, J. Manuel Frutos, Juan León Mallorquín, Ángel I. González, J. Inocencio Lezcano, Venancio B. Galeano, J. Isidro Ramírez y Modesto Guggiari, entre varios. Algunos de los firmantes del acta alcanzarán la presidencia de la República como Eligió Ayala, José P. Guggiari y J. Manuel Frutos, y otros la vice, como Raúl Casal Ribeiro.
Ese conjunto de jóvenes se había reunido en torno a la memoria de Carlos García, cuyo martirologio civil —en un duelo absurdo— se verificara cuatro meses atrás. Y puede decirse que aún perduraba en aquellos compañeros suyos, la evocación de su personalidad, de su valentía periodística y de la firmeza de su ideario, que no tenía adscripción partidaria, no obstante su fogosa pasión radical.
La liga tuvo por principal motivo la defensa de los postulados de la Constitución, en todos los órdenes, aunque sus métodos de lucha habrían de quedar “en secreto” hasta la oportunidad en que se creyera posible revelarlos. En razón de sus orígenes se los conoció, a nivel popular, como “constitucionalistas”, sin connivencia con propósitos de pretensión electoral.
Con posterioridad al 2 de julio de 1908, a la caída del gobierno “cívico” y al advenimiento del sector “radical” del que era mentor, don Manuel Gondra dispone invitar a aquellos jóvenes a ingresar en el liberalismo; más claramente: los que todavía no lo habían hecho. Es entonces que en sesión especial de la Liga queda resuelta su disolución para que cada cual tomara el camino más adecuado. Unos pasaron a las filas liberales (entre ellos Díaz León) y otros (Mallorquín, Ramírez, Frutos) a las republicanas. Tal fue el estreno político de Lisandro.
La destitución de Gondra lo llevará a adoptar posiciones definidas. Luchador sin fatigas combate en la calle, con otros compañeros universitarios, las demasías anticonstitucionales de Jara y por eso es llevado preso el 29 de junio de 1911. La diligencia del diputado republicano don Ricardo Brugada (h), su adversario, lo saca de la cárcel. También participó de la revolución radical que contra aquel mandatario “provisional” había dirigido don Adolfo Riquelme. Ese es el perfil de “practicidad” que habrá de destacar Benítez, quien lo estima, ante todo, como un “tribuno del pueblo”.
A menos de un lustro de aquellos sucesos, sus “valles” de Trinidad lo eligen concejal municipal, integrando paralelamente tu comisión directiva del Centro de Estudiantes de Derecho, de cuya directiva llega a ser presidente en 1914.
Pero es en la Cámara de Diputados, a partir de 1919, que se evidencian en extensión sus inquietudes, en las que se trasluce su concepción ética de la poética, la que pondrá de resalto en el discurso pronunciado el 7 de noviembre de 1921, a través del cual preanuncia la rebelión militar que habrá de estallar en mayo del año siguiente.
IV. El doctrinario
Benítez halla en Díaz León, por igual, un tipo de político que abjetiva de “socialista”, lo que en algo no se acompasa con su visión anterior. Claro es que ese socialismo (como el adjudicado a Blas Garay, Carlos García e Ignacio A. Pane) debe ser interpretado con las precauciones del caso, pues en todos ellos se trata de una tendencia, que no pudo concretarse y que no va más allá de ciertas menciones esporádicas, sin que se hayan estudiado, hasta hoy, sus verdaderas implicancias.
Lo que no tiene que extrañar o asombrar es que en ambos partidos tradicionales surgieran preocupaciones de esa índole. Y tampoco que el batallar meramente electoralista condujera a quienes no eran dirigentes antiguos o de otra promoción —sino todo lo contrario— a incursionar en el terreno de las ideas para proporcionar un distinto matiz, por lo menos novedoso, a su prédica.
Cuestiones como la de la propiedad agraria —sin cuya solución nunca se podrá hablar de “reforma”— habían concitado con anterioridad la preocupación de José Segundo Decoud, Modesto Guggiari y Juan León Mallorquín, éste en su férrea y persistente denuncia no sólo de los latifundios sino de los “tragatierras”. Es en ese plano que, en función de jurista y legislador, se sitúa Díaz León.
Otra fue la denominada social, a la que Monseñor Juan Sinforiano Bogarín se refiriera en 1906, haciéndolo por esa época, aunque de paso, Cecilio Báez, y enseguida Rafael Barrett desde 1907, Rodolfo Ritter en 1909, Ignacio A. Pane en 1910 y Juan Vicente Ramírez en 1919, sin descontar el aporte reivindicatorio y en realidad “tribunicio” de Ricardo Bragada (h), el popular Ricardito, a quien se le bautizara como “abogado de los pobres”. (Hay que aclarar que esto, aunque con directa o indirecta vinculación, no estaba unido a las “reivindicaciones sindicales” propiamente dichas, expedidas por medio de las agrupaciones respectivas).
De inmediato traza Benítez una imagen más ajustada quizás a los anhelos parlamentarios de Díaz León que sintetiza en estos lineamientos: “Propugnó la intervención del Estado en las cuestiones sociales, las leyes obreras y la reforma agraria. Su audacia reformista culminó con el proyecto de ley de divorcio y la redacción de un Código Civil nacional”.
Indica también que entre 1916 y 1920 sostuvo la “tendencia socializante y humanista para completar el liberalismo, que corría el riesgo de cristalizar en los moldes superados del siglo XIX”.
La primera de las propuestas vendría a significar un tipo de concertación y hasta de función estatal para solucionar los problemas derivados de las desinteligencias laborales, en particular, pudiéndosela ubicar más bien dentro de una corriente que no era la más próxima a la de las formulaciones socialistas —por lo menos en la región del Plata— como tampoco a las de la izquierda extrema o a los agrupamientos proletarios, llamados “de clase”.
Sí podría interpretarse como un avance, en ese aspecto, lo referente a las leyes obreras, si bien con un criterio reformista que condecía, en cierto modo, con la posición liberal del autor. Y mucho más lo alusivo a su proyecto de ley de divorcio, iniciativa de avanzada que concitó negativas entre los sectores reaccionarios (en especial eclesiales) y aún en los incrustados en su propio partido.
Por su parte, el deseo de contar con un nuevo Código Civil de extracción nativa —que se concretará recién en nuestros días - demuestra su lejana pasión civilista y el patriótico fin de trascender la vigencia del texto extraño, adoptado en horas confusas y de perentoria reconstrucción.
La lectura del suelto sin firma sobre su “Aporte doctrinario al Partido Liberal”, aparecido en “El Diario”, Asunción, 5 de mayo de 1928, ayudará sin duda a interpretar esa actividad suya que estaba más allá del pintoresquismo folklórico de la política y del caudillaje adosado a los pronunciamientos electorales o a los motines cuartelarios.
Es de suponer, ante esta comprobación, que el Díaz León que habrá de sobrevivir es ese que surge de la hondura de su pensamiento, prestigiado al mismo tiempo por un principismo sin claudicaciones.
(Isla Valle de Areguá, setiembre'/diciembre 1989)
(rl. al.)
Temas Nacionales
PROYECTO DE DIVORCIO ABSOLUTO
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Paraguaya, reunidos en Congreso sancionan con fuerza de Ley:
Del Divorcio con disolución del vínculo
Artículo 1º — El Divorcio que esta ley estatuye produce la disolución del vínculo matrimonial, dejando a los cónyuges en aptitud de contraer nuevas nupcias dentro del tiempo y con las limitaciones que en la propia Ley se establecen.
Art. 2º — Las causas por las cuales procederá el divorcio con disolución del vínculo matrimonial son las siguientes:
1. El adulterio de la mujer; del marido cuando lo cometa en la casa conyugal o cuando se produzca con escándalo público o tenga concubina.
2. La tentativa de uno de los cónyuges contra la vida del otro pronunciada la sentencia criminal condenatoria.
3. Los actos graves de violencia o las injurias graves y frecuentes y los malos tratamientos reiterados del marido a la mujer, que de acuerdo a su condición social hagan intolerable la vida en común.
4. La condenación de uno de los esposos a pena de penitenciaría por más de diez años.
5. El abandono voluntario del hogar sin interrupción por más de dos años y que no haya obedecido a intimación judicial que debe hacérsele personalmente; ausencia del país por más de cinco años, sin comparecer después de habérsele notificado por exhorto o citársele por edictos durante dos meses en caso de ignorarse su domicilio.
6. La ebriedad consuetudinaria y el desarreglo notorio y escandaloso de costumbres.
7. Locura crónica o cualquier enfermedad que haga imposible la vida conyugal.
De la acción del divorcio
Art. 3º — La demanda de divorcio sólo podrá entablarse por el marido, por la mujer, o por ambos; pero ninguno de los cónyuges podrá fundar la acción en su propia culpa.
Art. 4º — No puede renunciarse en las convenciones matrimoniales la facultad de pedir el divorcio.
Art. 5º — Si alguno de los cónyuges fuera menor de edad no podrá comparecer en juicio, ni como demandante ni como demandado, sin la existencia de un curador especial que se le designará con intervención del Defensor de Menores.
Art. 6º — Toda clase de pruebas es admisible en este juicio, quedando excluida sin embargo la confesión de las partes y el testimonio de los descendientes de los cónyuges.
Art. 7º — La acción de divorcio se extingue absolutamente por la muerte de uno de los cónyuges.
Del procedimiento para el juicio de divorcio
Art. 8º — Presentada al juzgado cualquier demanda de divorcio que no se funde clara y terminantemente en alguna de las causales establecidas en la Ley, el Juez la desechará de plano.
Art. 9º — Antes de cualquier trámite, salvo las medidas providenciales, el Juez señalará audiencia para tentar una conciliación entre las partes, debiendo verificarse aquella por lo menos ocho días después de entablada la acción.
En el acta que al efecto se levantará el actuario, se dejará constancia de los temperamentos conciliarios propuestos por el Juez y la resolución de los cónyuges y sus fundamentos.
Art, 10. — Si se malograse la conciliación o no asistiera a la audiencia cualquiera de los cónyuges, se conferirá el traslado de la demanda a la parte demandada.
Art. 11. — Si en la audiencia de conciliación los cónyuges se avienen a un acuerdo, el Juez, dentro del perentorio término de tres días, dictará auto ordenando su cumplimiento, pero no procederá en adelante el divorcio por hechos que sirvieron de causal a la demanda.
Art. 12. — Producidas las pruebas antes de ordenarse el alegato de bien probado, el Juez de Instrucción volverá a tentar mía conciliación entre los cónyuges, con los mismos efectos del artículo anterior si hubiera acuerdo entre ellos.
Art. 13. — El actor podrá asistir en cualquier estado del juicio, debiendo dársele por tal, sin necesidad de correr vista a la otra parte, siempre que no hubiere todavía sentencia que haya pasado en autoridad de cosa juzgada.
Art. 14. — El Ministerio Público tendrá intervención en el juicio desde su iniciación.
De las medidas provisionales a que puede dar lugar la demanda de divorcio.
Art. 15. — Interpuesta la demanda o antes de ella en caso de urgencia, apreciada por el Juez a instancia de parte, deberá el magistrado decretar la separación personal de los cónyuges; y si el marido lo solicitare, el depósito de la mujer en casa honesta.
Salvo el convenio entre los cónyuges respecto de donde permanecerá la mujer durante el juicio, el Juez deberá preferir en lo posible alguna casa de parientes de aquella.
Art. 16. — Conjuntamente con las providencias a que se refiere el artículo anterior, se determinará la situación provisional de los hijos menores, así como los alimentos que han de prestarse a la mujer y a los hijos que no quedaren en poder del padre y las expensas necesarias a la mujer para el juicio.
Art. 17. — Si la mujer abandona sin causa justificada el domicilio indicado por la convención o por el Juez, el marido podrá rehusarle los alimentos y las expensas.
Art 18. — Decretada la separación provisional de cuerpo, el Juez mandará que se proceda a la facción del inventario de los bienes del matrimonio, salvo que otra cosa solicitare la mujer.
Art. 19. — Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, el Juez a instancia de la mujer, podrá tomar las medidas conducentes a garantir la buena administración de los bienes del matrimonio, pudiendo hasta separar al marido de la administración o exigirle fianza.
De los efectos del divorcio
Art. 20. — Disuelto legalmente el matrimonio, los cónyuges quedan facultados a contraer nuevas nupcias.
Art. 21. — Nadie podrá divorciarse más de dos veces.
Art. 22,. — Los cónyuges divorciados podrán volver a unirse entre sí, celebrando nuevo matrimonio; pero, realizado éste, el cónyuge demandante en el primer matrimonio no podrá deducir acción de divorcio que se funde en una causa de la misma naturaleza de la que sirvió para decretar el divorcio anterior.
Art. 23. — Salvo el caso del artículo anterior los esposos divorciados no podrán contraer nueva unión antes de transcurrir un año de la separación personal decretada judicialmente.
Art. 24. — El cónyuge inocente podrá pedir, a prevención, en su demanda el divorcio con los efectos del Art. 64 de la Ley sobre el matrimonio civil o el estatuido en la presente ley. Ambas formas de divorcio no podrán usarse en ningún caso simultáneamente, ni sucesivamente por los mismos hechos.
Art. 25. — Ejecutoriada la sentencia de divorcio con disolución del vínculo matrimonial, se procederá a la completa separación de los bienes de los cónyuges, previa liquidación de la sociedad conyugal de acuerdo con las capitulaciones matrimoniales si las hubieren, y en su defecto conforme a lo estatuido por el Código Civil para la liquidación de la sociedad conyugal.
Art. 26. — El cónyuge que hubiere dado mérito al divorcio, perderá todo lo que se le hubiese dado o prometido por el inocente o cualquiera otra persona en consideración a éste; el cónyuge inocente conservará lo recibido y podrá reclamar lo prometido en su provecho.
Si el divorcio fuera pronunciado contra los dos cónyuges, en caso de reconvención, perderán ambos las ventajas referidas, conforme a lo dispuesto en el artículo precedente.
Art. 27. — Las revocaciones impuestas por el artículo anterior serán inscriptas de oficio en el registro correspondiente, y solo después de la inscripción producirá el efecto contra terceros de buena fe.
Art. 28. — El juez al declarar el divorcio modificará o ratificará la pensión alimenticia que el cónyuge culpable deberá pasar al cónyuge inocente, independientemente de lo que corresponda a los hijos que tenga bajo su cuidado.
La pensión alimenticia será determinada teniendo en cuenta las facultades del obligado y las necesidades de la mujer, procurando en lo posible que ésta conserve la posición que tenía durante el matrimonio. Cesará toda obligación respecto a la alimentación de la mujer si ésta contrae nuevas nupcias o si lleva una vida desarreglada.
Art. 29. — El derecho sucesorio entre padres e hijos se ejercerá con arreglo al derecho común.
Art. 30. — Ejecutoriada la sentencia de divorcio, la mujer no podrá usar el apellido del marido. Podrá libremente elegir su domicilio aunque sea en el extranjero, así como ejercer todos los actos de la vida civil con arreglo al derecho común.
Art. 31. — Una vez pasada la sentencia de divorcio en autoridad de cosa juzgada, será inmediatamente comunicada a la Oficina del Estado Civil, a fin de que sea anotada al margen del acta de matrimonio. En caso de tratarse de matrimonio celebrado en el extranjero se tomará nota de la sentencia en un libro especial.
Art, 32. — Para celebrar el matrimonio de personas divorciadas, los oficiales del registro civil de las personas están obligados a requerir a los interesados los recaudos necesarios que justifiquen su derecho a contraer nuevas nupcias, así como su situación respecto a la administración de los bienes que pertenezcan a sus hijos.
Del cuidado de los hijos
Art. 33. — Respecto a la situación de los hijos menores, tanto en el caso de divorcio con disolución del vínculo como el de simple separación personal, el juez estará a la convención que hiciesen los cónyuges una vez decretada la separación provisional, la que para ser válida tendrá que celebrarse en presencia del magistrado y ser consignada en un acta que levantará el actuario.
Art. 34. — Siempre que no exista convención o como medida provisional, mientras los cónyuges no se presenten ante el magistrado a celebrarla, el juez proveerá teniendo en cuenta el interés de los menores y con arreglo a lo dispuesto en los artículos siguientes.
Art. 35. — Los hijos menores de cinco años tendrán necesariamente y en todo caso que quedar al abrigo de la madre, salvo que alguna causa muy grave y en relación a la madre culpable, no lo hiciese conveniente.
Art. 36. — En cuanto a los que tengan más de cinco años, el juez proveerá contemplando las razones que expusieran los padres y la opinión del defensor de menores que será siempre parte en el juicio habiendo menores.
Art. 37. — En caso de que resolviese el juez no conceder la guarda de los menores a ninguno de los cónyuges, deberá optar entre los hermanos mayores de edad, el abuelo paterno, el abuelo materno y las abuelas siempre que se conserven viudas, y en defecto de éstos, en un establecimiento de enseñanza pública o privada en relación de los recursos de los padres y en mira de la mejor educación de los hijos.
Art. 38. — En todo tiempo podrán los cónyuges separados o divorciados, celebrar acuerdos relativos a la situación de los hijos.
Art. 39. — Ambos cónyuges quedan solidariamente obligados al sostén y educación de los hijos.
Art. 40. — La patria potestad la ejercerá cada cónyuge sobre los hijos que tenga a su cargo. Si la guarda fuere confiado a ambos cónyuges o a un tercero se aplicará en cuanto a la patria potestad, la disposición común del código civil.
Criterio de transición
Art. 41. — En las causas que sobre separación personal estén pendientes al promulgarse esta ley, la parte demandante podrá solicitar que la acción deducida sea convertida en acción de divorcio con disolución del vínculo.
En los casos de sentencias ejecutoriadas anteriormente a la vigencia de esta ley, el cónyuge que fuese demandante también podrá pedir que la separación sea convertida en divorcio.
Para que sea procedente la demanda es necesaria que la causa que motivó la separación haya sido de las comprendidas en el artículo 2.
Art. 42. — Transcurridos cinco años de una sentencia de separación personal, cualquiera de los cónyuges podrá solicitar la conversión en divorcio basándose en la sentencia.
Solicitada la conversión debe concederla el juez previa notificación al otro cónyuge personalmente o por edictos en su caso.
Art. 43. — Es de aplicación a los esposos divorciados lo dispuesto en el artículo 115 de la ley sobre el matrimonio civil.
Art. 44. — Derógase la disposición del artículo 21 inciso 7 del código penal así como cualquiera otra que se oponga a la presente ley.
Art. 45. — Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS DEL DR. DIAZ LEON
Sr. Díaz León: Señor Presidente:
Pocas veces con más viva complacencia he de cumplir la disposición reglamentaria, como en esta, para exponer los fundamentos del proyecto que acaba de leerse, y por él que se dispone la posibilidad de disolver el vínculo matrimonial por el divorcio absoluto. Y es que, señor Presidente, es grata la misión de ser ponente de un proyecto que viene propiciado a esta Cámara por los anhelos de la opinión pública más ilustrada del país y el prestigio y la autoridad de los distinguidos representantes que lo suscriben.
Debo confesar antes, que a no mediar estas auspiciosas circunstancias, no me hubiera decidido a aceptar el honroso mandato de fundamentar esta ponencia, no porque dudase de su bondad y oportunidad, sino porque no se me escapa que reforma tan transcendental, que lesiona viejos prejuicios, debía venir prestigiada a esta alta corporación por la palabra autorizada de los que, a más de su fe y convicción, pudieran aportar el concurso eficiente de su sólida inteligencia, para que la justicia de la causa pudiera salir airosa en la lucha apasionada de ideas por la cálida vehemencia del pensamiento y la fuerza irresistible del severo raciocinio.
Felizmente para mis escrúpulos, la lectura detenida y paciente y la severa y meditada reflexión a que me determinó previamente el propósito de plantear la cuestión en esta cámara, me hicieron comprender que la empresa era accesible a mis fuerzas, porque el progreso creciente de la cultura intelectual y el movimiento cada vez más imponentes de las ideas modernas, habían desvanecido ya las primeras hondas dudas que determinaron en un momento histórico la iniciación de esta reforma.
Los debates apasionados en los parlamentos que debieron avocar su discusión, el estudio de los publicistas, y sobre todo, la acción de los estadistas, realizando la admirable cohesión social de sus pueblos por el perfeccionamiento jurídico de la institución matrimonial, redujeron definitivamente el viejo pleito a una sencilla lucha de predominio entre el progreso y la rutina. En efecto; el divorcio hoy día ya no entraña la serie de graves y transcendentales cuestiones, que implicaba antes de ahora. Hace mucho tiempo que se ha venido despejando victoriosamente la bruma de objeciones con que se pretendía estorbar su creciente desenvolvimiento, al punto de no ser hoy la controversia, sino una cuestión de oportunidad de su adaptación a las modalidades del país.
El problema jurídico de la potestad del Estado para legislar sobre el matrimonio ha desaparecido, habiéndose evidenciado la preeminencia de la naturaleza civil en esta institución.
No debería, pues, ni siquiera ocuparme de aquella objeción de carácter constitucional promovida antes de ahora, y que será renovada probablemente aquí, acerca de la disposición de nuestra carta magna, que declarando la religión católica apostólica romana como religión del estado, vuelve inconstitucional la ley de divorcio, por oponerse a un dogma de la religión oficial. Porque quienes quieren amparar en esta disposición, la extorsión de conciencia, que implicaría la admisión forzosa de los dogmas católicos como regla positiva de las acciones de los hombres en sociedad, no deben ignorar que la interpretación lógica y racional de aquélla, por mandato de la ciencia política, no es sino una obligación de mera protección fiscal. De otra suerte en efecto, sería el caso de empeñarse aún en buscar una respuesta a aquella célebre pregunta de Castelar: “El día del juicio final, ¿en qué valle de Josafat se encontrará el alma del Estado?” Argüir que el divorcio es inconstitucional por oponerse a la religión del estado, equivaldría a admitir la inconstitucionalidad de innumerables disposiciones del Código Civil, que nos vienen rigiendo desde hace tiempo, como la referente a la misma secularización del matrimonio y aquella que rechaza la eficacia del juramento perpetuo, que establece como exigible la iglesia católica.
En este orden de consideraciones debía excusarme también examinar aquella otra argumentación que conceptúa el divorcio atentatorio a la libertad de conciencia asegurada por la constitución nacional, por ser él repudiado por la conciencia de los católicos, que constituyen mayoría en la República; pues si tal tesis hubiera de prevalecer como argumento, se volvería admirablemente contar sus autores pensando que en nombre de esta misma libertad de conciencia no se comprende cómo la indisolubilidad del vínculo matrimonial ha de imponerse a los que no pertenecen a esa creencia religiosa, con la agravante de que, en tanto que el divorcio es facultativo, la indisolubilidad es imperativo y forzoso.
A pesar de mi propósito de no tocar estas consideraciones, diré de orden religioso, he debido detenerme un instante en su estudio, como quiera que pretenden constituir algo así como excepción perentoria de carácter jurídico fundamental.
Y aquí la ocasión de declarar con entera sinceridad, que al promover esta reforma, no pretendemos dañar en lo más mínimo la alta autoridad de la Iglesia, convencidos como estamos de su benéfica acción social. Pero visto que la religión tiene un campo de acción propio, bien distinto de la jurisdicción del poder civil, pensamos estar dentro de ésta al proponer esta reforma. Ni creemos desde luego que haya de alzarse aquí la voz del sectario, que exaltado por una ciega pasión trate de confundir instituciones y potestades bien distintas.
Afirmada la facultad evidente del poder civil para legislar sobre el matrimonio hemos de fundar brevemente la reforma que creemos viene a perfeccionar esta institución, advirtiendo, que como es de presumir, nuestra exposición no será sino una repetición sintética de los acabados estudios realizados antes de ahora.
Es de notar señor Presidente que el divorcio tiene un origen remotísimo. Después de haber reinado en todos los pueblos de la antigüedad cayó casi en absoluta decadencia en la Edad Media, para volver a imperar con fuerza creciente desde la Edad Moderna hasta nuestros días, en que casi no hay pueblo civilizado que no lo haya adoptado. Esta sucesión de alternativas no poco ha valido para la argumentación maliciosa o equivocada de quienes a toda costa querían hacer coincidir su aparición y apogeo con la época de prosperidad y decadencia de los pueblos. Quien afirma que Roma fue feliz y próspera mientras no practicó el divorcio; quien, que Francia empezó a estancar su población luego que aceptó esta reforma; quienes finalmente arguyen, que siendo esta legislación una costumbre primitiva, su adopción significaba retroceso y regresión. Pero quienes tales cosas dicen y afirman, no observan que la inducción es falta y equivocada, pues que si Roma fue feliz 500 años sin practicar el divorcio, lo fue también, durante más tiempo bajo él, llegando con este régimen al esplendor de su grandeza y poderío; que si Francia ha estancado su población bajo el divorcio, Alemania, Norte América, Holanda, Bélgica, Austria, etc., duplicaron y cuadruplicaron su población con él; y que la reaparición de una vieja y antigua institución no es sino el fenómeno de la falsa regresión que dijera un autor, por el que, en virtud de la más sabia ley de le naturaleza, las instituciones sociales vuelven normal y constantemente a las formas y caracteres primitivos, para reanimarse del espíritu de naturaleza originaria, que les había dado vida y vigor.
La antigüedad del divorcio, su práctica constante en la legislación de los pueblos más diversos, de aquellos que llegaron bajo su régimen a la prosperidad de todas sus fuerzas económicas, políticas o morales, como de aquellos otros que, con su adopción sufrieron el estancamiento momentáneo de su evolución, hasta pagar el tributo de lo que Gidings llama el coste del progreso, es la argumentación más sólida que he de invocar a favor de la reforma, porque nos indica en forma precisa, que el divorcio ha dejado de ser un ensayo que puede defraudar aún las esperanzas de perfeccionamiento social, sino que ha hecho su prueba definitiva en el mundo, para consagrar en todas partes los grandes beneficios de la libertad,
Y no es señor Presidente, el afán servil de imitar en todo a los pueblos más adelantados, lo que debe inducirnos a aceptar la innovación legislativa que proponemos, porque el divorcio no es como acabo de referirlo, una legislación exótica, porque nuestro pueblo no es una nación sui géneris, de sociabilidad característica, de civilidad distinta de la de los otros pueblos. Tenemos con ellos las mismas instituciones, el mismo género de civilización, y si bien es cierto que nuestra prosperidad material se ha rezagado un tanto en el camino, ello debe ser una razón más para nosotros, porque aparte del infortunio de nuestra historia, ha faltado siempre el empuje de las ideas, que desprendiendo al pensamiento de sus viejos moldes, hiciera brotar en nuestros corazones esa inquietud de alma que es virtud creadora de todas las energías.
A más, el divorcio, ha dicho un eminente autor, se adapta a cualquier sistema de gobierno, a cualquier clima, a cualquier religión; así a estados unitarios como a estados federales, así a estados regidos por gobiernos representativos o parlamentarios como a los estados de gobierno absoluto; así a los países cálidos como a los países fríos o templados; así a los países católicos como a los que no lo son; así a los países muy civiles como a los países menos civiles; en suma a todas las sociedades que han salvado la edad de piedra de la civilización.
¿Pues qué es lo que pretendemos con esta reforma? Adoptar una legislación que se ha generalizado en todos los países civilizados del orbe, así en naciones de semejantes al nuestro por su clima, su régimen de gobierno, religión y cultura, como en naciones que no difieren de nosotros ni en sistemas de política, ni en los hábitos y costumbres.
Con ello no haríamos otra cosa que resignarnos a obedecer la ley natural de la evolución, incorporándonos de lleno al período legal liberal a que nos llama nuestra situación actual.
El régimen liberal que caracteriza este momento de nuestra vida institucional, debe ser ampliamente desenvuelto en todos sus aspectos, principalmente en la legislación civil, si se quiere llegar perfectamente preparado al estado netamente industrial, culminación del progreso en la civilización de los pueblos, pues que, como ha dicho uno de los más grandes sociólogos, Gidings: “El industrialismo no es la causa, es un efecto de la libertad. Solo el liberalismo hace posible la gigantesca obra industrial del tercer estado de la civilización. Si la evolución de una constitución liberal social es una consecuencia del comercio entre otras formas de concurso internacional, es anterior a todo alto desenvolvimiento económico”.
De suerte que el Paraguay, si aspira a alcanzar en condiciones normales de aptitud y asimilación el prodigioso desenvolvimiento de los países que han llegado al tercer estado de civilización, o sea la realización estable de una prosperidad económica, debe sujetarse a esta ley sociológica. Así lo está haciendo el Uruguay, que desde hace una década, por reformas cada ver más liberales ha iniciado el período triunfal de su creciente prosperidad. Así realizó Bélgica su admirable civilización industrial. Así la Inglaterra, nación que ha precedido
a todas, en el prodigioso camino de una próspera y completa civilización. Así la Alemania para asentar las bases de su gran industrialismo. Así, en fin, Holanda, Suecia, los Estados Unidos, Grecia, Rumania, Dinamarca, Austria... y Francia, que a pesar de todas las predicciones pesimistas ha mostrado en esta última conflagración, la admirable cohesión social de un pueblo fuerte y vigoroso. Así nos lo confirma también la Argentina, país que a pesar de su gran prosperidad material, por el escaso desenvolvimiento de un racional liberalismo está sufriendo todos los peligros de un progreso inestable.
No creo deba insistir en lo que tiene el relieve de una evidencia. Falta sí ver, para desvanecer todos los escrúpulos, si esta legislación civilizadora presenta por su realización, como todo lo que indique progreso, un costo que siendo demasiado oneroso para las condiciones actuales de nuestra sociedad, no haga preferible una prudente espera. Nada más interesante entonces que estudiar su repercusión posible en los grupos familiares constituidos o a constituirse.
Pensamos, señor Presidente, con eminente filósofos y autorizados sociólogos que los principales móviles del matrimonio, mejor dicho, los vínculos que le dan fuerza y consistencia son el concurso coincidente de tres factores: el amor, que es pasión, admiración y respeto; el goce y la satisfacción del bienestar material y moral, que se encuentra en la unión monógama; y el deseo o el sentimiento de transmitir a los hijos las cualidades de una cultura, y personalidad racional. De ellos no se sabría decir, señor Presidente, cuál sería más fuerte: si el mayor cuya antigüedad se confunde con el origen del hombre, o si el goce del bienestar, factor económico al que se atribuyen todos los cambios operados hasta ahora en la humanidad, o el sentimiento ético del amor filial que ha fortificado el derecho de propiedad y hecho nacer la herencia como institución jurídica. Lo único que sabría decir es que estos factores continuarán por mucho tiempo imprimiendo al matrimonio una naturaleza propia y especial de subsistencia y estabilidad contra toda ley que quisiera desconocer su influencia y autoridad. Cabría entonces afirmar que por la acción eficiente de sentimientos e ideas de sólida raíz en el corazón humano, el matrimonio continuará indisoluble, siempre que subsistiese los factores del vínculo natural que le da este carácter. Por otro lado no es presumible que ningún hombre renuncie a una situación cómoda y feliz por el mero deseo de ensayar o ejecutar un arbitrio legal. Por el peligro de aficionarse a este recurso extremo, no vendrá en ninguna forma el clásico rompan filas de los matrimonios, porque esta institución por su naturaleza, su historia, tiene bases más sólidas que la que puede prestarle la ley o la religión, siendo como es una creación natural, anterior a toda legislación política y religiosa.
Con el divorcio, ninguno de esos factores eminentes perderá su fuerza y vigor y ellos continuarán como siempre estimulando y conservando la cohesión de las uniones matrimoniales en nuestra sociedad, como ha estimulado y conservado la estabilidad familiar en los países que lo tiene escrito en sus códigos desde hace muchos años.
Con estas palabras quiero significar que la ley al legislar sobre el matrimonio, se limita a reconocer su formación o constatar su disolución, realizadas en virtud de causas o motivos, que no están en su dominio estimular o prevenir. Así, señor Presidente, no es aventurado proclamar: que el divorcio no disuelve en realidad el matrimonio, no hace otra cosa que aceptar la disolución realmente existente, tratando de enumerar los casos en que es presumible pensar que la indisolubilidad ha desaparecido, en virtud de acontecimientos que ha dejado en el corazón de los esposos agravios irreparables, que la experiencia ha enseñado no se olvidan, ni por los recursos extremos de la imposición legal, ni por la ayuda benéfica y piadosa de la religión.
Cuando la legislación actual, y la Iglesia misma han decretado la necesidad de una separación personal de los cónyuges, y reconocido la destrucción fatal de un hogar, porque ha desaparecido evidentemente, para no volver nunca, aquellos factores que hemos dicho constituían el único vínculo natural del matrimonio, es cuando se hace intervenir el divorcio, para que borrando la absurda ficción legal y religiosa, sancione la realidad de la disolución producida, para devolver a los esposos el derecho legítimo de buscar su felicidad en la constitución del otro hogar, para sacar de la vista de los hijos el espectáculo afrentoso de una unión concubinaria o adulterina, y suprimir de la sociedad un germen permanente de perversión moral.
Porque el principal fundamento del divorcio, está precisamente, en el orden de su repercusión social, en las ventajas evidentes, innegables, que tiene sobre la separación de cuerpos, arbitrio a que recurre la legislación actual y la religión para solucionar los males de una unión desgraciada.
Ventajas en el orden de los intereses de los esposos, de los hijos y de la sociedad, como voy a detratarlo en pocas palabras.
Respecto a los esposos, es fácil indicar. La separación personal les obliga: a cerrar sus corazones a toda afección legítima, proscribiéndose a toda clase de unión, al celibato, en una palabra; o refugiarse en la sombra de un cariño ilícito, el concubinato; en los que, si el primero es cruel y duro por contrariar una ley de la naturaleza, el segundo es inmoral e injusto, al contrariar una ley social y el hacer recaer sobre seres irresponsables todas las severidades de un inmerecido castigo.
Respecto a los hijos, quiero dejar la palabra a un eminente autor, quien dice: “Muy pocos entre nosotros osan hoy día combatir el divorcio con argumentos sacados de la felicidad de los esposos, pero muchos defienden todavía la indisolubilidad del matrimonio como segura garantía de la desgracia de los hijos. En las uniones estériles no tendrían tal vez dificultad de conceder el divorcio; ante los hijos abandonados y separados, sienten el corazón llenarse de lágrimas y no se atreven a votar la saludable reforma. Este sollozo profundo, que prorrumpe espontáneo a la vista cruel de los miembros de una familia separados, es llanto piadoso, pero no es sabia piedad. Los rabiosos rencores de una unión infeliz son espasmos cotidianos de los hijos, y estos reunidos como sierpes envenenadas en un zarzal todo el día se muerden y se irritan, y la unión es la que reúne víctima y verdugo, tigre y cordero. Y cuántas veces la imposibilidad del divorcio, engendrando el concubinato en su forma más fea y repugnante, da a los hijos el gracioso espectáculo de un padre y una madre, que odiándose de muerte, se desafían todos los días, lívidos de venganza, y en el nido de la familia, profanan la santidad de un pacto, que la ley tiene firme pero que ellos han lacerado con desgarro horrendo, y cuyos fragmentos ensangrentados se arrojan a la cara todos los días.
En el día del divorcio los hijos siguen las atracciones morales de la afinidad electiva, y quien tiene más corazón, mayor parte de sacrificio y de abnegación asume; y las pobres criaturas a las cuales la suerte negó la suprema dicha de sentirse estrechar de una sola vez por cuatro brazos enamorados, lloran la dolorosa separación, pero no blasfeman; sufren, pero no se desesperan. La familia antigua muere, pero muere con dignidad y en religioso silencio; así como están, cien familias viven en una perpetua agonía, que es a la vez tortura y vituperio, maldición y traición”.
¿Qué decir en lo que respecta a la sociedad? Que no puede serle indiferente la vida de renunciamientos del celibato, ni puede mirar con buenos ojos la vida inmoral del concubinato, ni podrá aceptar sin violencia la situación anormal de los hijos, frutos inocentes de esas uniones.
Así el divorcio reparando injusticias, despejando horizontes, elevando la moral, realiza el ideal cada vez más cercano de la familia ética, que resumiendo todas las ventajas del matrimonio religioso y romántico se ve libre de sus defectos y debilidades.
Los fundamentos expuestos explican fácilmente las causas que determinaron la generalización del divorcio en todos los países, y las razones que median para aceptarlo, sobre todo, que hay para nosotros una circunstancia, diré característica, que le hace no solamente conveniente, sino necesario. Y es que quizás con él se suavice en forma apreciable la marcada aversión que hay en nuestro país, contra el matrimonio; hecho que, si bien es atribuible a varias causas, puede imputarse en gran parte a ese recelo natural característico de nuestra raza contra todo aquello que implicando una decisión transcendental, no ofrezca la seguridad de una bondad indudable; siendo lícito pensar que la certidumbre de poder liberarse de la aflictiva y desgraciada situación en que puede encontrarse en un momento dado, decida a no pocos a ensayar la más grande y digna tarea social de constituir un hogar estable por medio del matrimonio.
He contemplado hasta ahora en mi exposición razones de carácter general; podría detenerme en señalar los beneficios particulares de todo género, especialmente para la mujer, quien si en el matrimonio feliz mismo lleva ya la situación más desfavorable, en las uniones desgraciadas tiene que soportar todo el peso del infortunio, siendo en la separación de cuerpos su situación intolerable, por la falsa posición en que se la coloca de no ser esposa, ni soltera, ni viuda, pero reservándome el derecho de hacerlo en su oportunidad, sólo diré a la cámara, antes de terminar, que el proyecto es el más moderado en su género, a fin de hacer posible una transición sin violencias ni sobresaltos. Así se deja subsistente la separación de cuerpos, para satisfacer la conciencia de los que no admitan sino el matrimonio indisoluble, se limita el número de divorcios que un mismo individuo puede solicitar, y se rodea de toda clase de garantías el procedimiento, y la situación de los hijos.
Al agradecer la benevolencia con que he sido escuchado, termino, señor Presidente, insistiendo en la necesidad y conveniencia de esta saludable reforma, sino ya como una exigencia de la dignidad ofendida de los esposos felices o del dolor sin esperanza de los hogares desventurados, siquiera como medio de borrar de nuestra legislación actual, el bárbaro sistema del divorcio a sangre, que realiza la ruptura del vínculo matrimonial por el crimen, en su forma más detestable: el asesinato.
He dicho.
Largos y sonoros aplausos saludaron las palabras del orador*.
* (10 de mayo de 1919).
[LA PROPIEDAD DE LA TIERRA]
Sr. Díaz León: Ha sido constante empeño del Partido Liberal la promoción de todas las reformas que debían de impulsar la evolución de las ideas y el progreso material en el país.
Desde el llano, desde donde no le cabía otra actividad bien hechora que la resistencia sistemática a todas las usurpaciones y avances del poder, su espíritu eminentemente reformista se había puesto ya de relieve, haciendo gravitar fuertemente sobre la conciencia de los hombres que rigieron el primer período oscuro de nuestra vida institucional la fuerza incontrastable de una gran opinión que reclamaba la verdad del sufragio y la formación de la pequeña propiedad.
Luego en el poder su acción se caracterizó principalmente por la realización de sanciones trascendentales a numerosas y graves necesidades sociales, determinando en la República una nueva y vigorosa reacción de todas las fuerzas vitales del país.
Realizada la reforma electoral con el voto secreto y el sistema de lista incompleta para asegurar la pureza del sufragio y la representación de la minoría; delineadas las bases para la estabilización monetaria con la institución de un apropiado organismo, la Oficina de Cambios, orientó decididamente su política social hacia una creciente y más activa intervención del estado en las cuestiones sociales, tratando de romper todas las dificultades que se oponían al desenvolvimiento regular de la colectividad.
Así se adoptó el home stead y se fomentó la formación de la pequeña propiedad; se dictó la ley del descanso dominical y se proyectó la condición obligatoria y el arbitraje facultativo para la solución de los conflictos gremiales; realizó con toda amplitud posible la asistencia social por la nacionalización de la Asistencia Pública y la proposición de amplias medidas legislativas al par que fomenta la producción agrícola e industrial del país, facilitando préstamos y proporcionando mercados seguros a los productos.
Sin afligirse de la aparente paradoja que expresaba su actuación en el gobierno con el principio político que informa su nombre y la prédica y práctica constante de un puro liberalismo durante cerca de treinta años en el llano, que constituían por cierto su más hermosa y limpia tradición, realizo este cambio de orientación orgánica que era de adaptación y de renovación, al mismo tiempo. De adaptación a las crecientes y más complejas necesidades del país que un desenvolvimiento lento aunque firme habían hecho surgir, y de renovación por la aceptación de las nuevas ideas que el socialismo del estado señalaba para la dirección y gobierno de las colectividades.
Fueron estos los motivos que determinaron aparentemente a variar el concepto del liberalismo en política. Desde entonces los partidos liberales se cuidaron de confundir el medio con el fin, quedando fijado definitivamente que si éste debía quedar inalterable como ideal de acción, aquél podía cambiar continuamente de acuerdo al estado y situación peculiar de cada nación, pudiendo unas veces ser un riguroso y absoluto individualismo o una socialización progresiva el medio más conducente del bienestar colectivo.
¿Cuál debía ser la línea de conducta del Partido Liberal en nuestro país después de asumir la dirección de la República? ¿Debía persistir en la vieja y arcaica fórmula del individualismo a cutrance? ¿Qué reclamaban de él la situación, estado y condición del país? Fuera de toda duda estaba que realizada la reforma electoral y asegurada la garantía individual, su acción no podía reducirse a una actividad negativa. El progreso demasiado lento de nuestra economía, la desorganización de nuestras fuerzas productoras, la poca eficacia de la iniciativa individual, el estado ruinoso de nuestra masa campesina, y sobre todo, la desigual distribución de la propiedad dividida en grandes zonas de latifundios, que ahogaban e imposibilitaban la formación de la pequeña propiedad, hacían indispensable e ineludible una mayor intervención, más activa y diligente del estado en amparo de intereses tan caros al desenvolvimiento y progreso del país.
Fue una clara conciencia del rol que le tocaba desempeñar en el destino nacional ante la deplorable condición de todas las energías creadoras, que determinó seguramente a los hombres que imprimían su voluntad y su pensamiento al gran partido político, a iniciar el plan de reformas que ha caracterizado la actuación del Partido Liberal en esta década que va trascurriendo.
Interpretando racionalmente las necesidades y situación del país, su acción se ajustó a un radicalismo trascendente: sin caer en el socialismo, trató de operar todas aquellas innovaciones que podrían redundar en beneficio de la colectividad, despejando los obstáculos que naturales o artificialmente creados por el laissez faire, se oponían al bienestar general.
Con una visión serena y elevada rechazó las doctrinas extremas que solo satisfacen intereses de clases determinadas, y colocándose en un plano equidistante y superior procuro ver, como recomendaba Goethe, todos los ángulos de las cosas para realizar una acción integral de evolución.
Fue en cumplimiento de esta concepción política que dictaron las normas gubernativas que he referido, a las que queremos agregar ahora las que contienen los proyectos que presentamos en este instante a la consideración de esta Cámara, y que tienden a reformar el régimen tributario de la propiedad territorial con la adopción del sistema progresivo de percepción y la creación del impuesto al mayor valor de las propiedades inmuebles y el establecimiento de una institución apropiada, encargada de poner en ejecución el pensamiento de la formación de la pequeña propiedad.
La contradicción que implicaba este cambio radical de su política se explicaba de esta suerte por altas y sólidas razones:
Si en la primera etapa de nuestra democracia en formación, la intervención del estado en las cuestiones sociales importaba siempre un atropello a los fueros más sagrados de la personalidad, la prédica de un puro liberalismo era necesariamente impuesta para salvar los derechos individuales de las continuas y sucesivas absorciones que realizaba el estado a nombre de obscuros y confusos principios de gobierno.
Pero consolidado el sentimiento democrático en las masas, delineadas las fronteras de la acción individual y social, fijada la conciencia de la responsabilidad, conquistada en una palabra la libertad política, el liberalismo no podía reducirse a las fórmulas del clásico individualismo, a la actividad del estado gendarme, sin quedar cristalizado en la rutina de una fórmula que había dado de sí todos los beneficios que le era dado producir.
Sobre todo debía considerarse que al desplazar la vieja máxima del “laissez faire”, no se aportaba el pensamiento generatriz que era lo único que importaba conservar, sino el procedimiento aconsejado hasta entonces para dar movimiento y vida al ideal que le había hecho concebir, y que no podía ser otro, desde los primeros días de su formación, sino el bienestar general.
En aras de esta idea el Partido Liberal inglés, en el período del absolutismo de sus monarcas, había proclamado también el liberalismo como procedimiento de liberación contra el despotismo de los reyes; era entonces que la libertad menoscabada y desconocida a cada instante por la intervención abusiva y desordenada del estado, aparecía como la condición esencial del bienestar colectivo. Pero conquistada ella gracias a los esfuerzos tesoneros de una larga lucha, quedó demostrado, sin embargo, que el ideal supremo del bienestar general, no se realizaba con la sola conquista de la libertad política, ni mismo con la civil, pues que despejado el obstáculo para el amplio desenvolvimiento del esfuerzo individual, subsistían las desigualdades y las injusticias, se consolidaban y se fortalecían antes bien, haciéndose más fuerte y evidente la incomodidad de todas las clases, al punto de ver alejarse cada día más la posibilidad de realizar tan preciado y hermoso pensamiento.
Así fue para que ese mismo Partido Liberal tradicional en Inglaterra, al día siguiente de realizar la revolución que había conquistado la libertad comprendieron que no se había obtenido con este enorme sacrificio sino a medias su viejo ideal; pues que si la libertad era uno de los más grandes y preciados bienes del hombre, si se quiere hasta condición de vida en la sociedad, su imperio no bastaba para realizar por sí sola la felicidad y el bienestar general; y que la fórmula que le había conducido a la brillante conquista, no era el pensamiento mismo de su acción, en principio directriz, sino un procedimiento, un medio que no tenía por qué subsistir, habiendo terminado su misión histórica.
EL IMPUESTO PROGRESIVO
En el proyecto se establece el impuesto progresivo en contraposición al proporcional que nos rige hasta ahora.
Al hacerlo reproducimos casi fielmente el anterior proyecto presentado en el año 1916 por el entonces Ministro de Hacienda doctor Jerónimo Zubizarreta, que contenía, como se sabe, tres innovaciones fundamentales a la ley actual vigente:
a) La tasa graduada.
b) El sistema de valuación personal y jurados.
c) La separación del impuesto sobre las propiedades rurales. (Contribución territorial) de las de bienes raíces situados en radios urbanos de la capital, Encarnación, Concepción, Villarrica y Pilar (impuesto sobre propiedades edificadas).
Las modificaciones referidas respondían, como se sabe, al propósito de corregir los principales y más evidentes defectos de la actual ley, y que son:
a) Injusta y desproporcionada repartición de la carga impositiva sobre los contribuyentes.
b) Confusión de los distintos elementos que componen la riqueza urbana y rural.
c) Arbitraria y absurda tasación de las propiedades inmobiliarias que establece un valor uniforme por departamentos.
Como se ve, cada una de ellas eran de suyo importantísimas, pero sobre todo la parte que se refiere a la progresividad de la tasa, no dejaba de ser audaz y temeraria, no por los argumentos que se podían hacer valer contra ella, que si existen son aparentes e inconsistentes como demostraremos después, sino porque eran respetables y demasiadamente atendibles los intereses particulares y reales que debía afectar.
Los intereses económicos que debían ser alcanzados por esta legislación no permanecerían impasibles ante la perspectiva de este gravamen y era posible presumir desde luego la resistencia tenaz que se levantaría contra su adopción.
Los fuertes latifundistas se levantaron en efecto unánimemente para asegurar el rechazo y tales fueron sus amenazas que hasta espíritus bien templados, se sintieron amilanados ante la agitación de los grantes propietarios, predominando el acuerdo de postergar su sanción ante la necesidad suprema de conservar la tranquilidad del país.
Han transcurrido seis años de aquella fecha y lejos de aminorarse las conveniencias de su sanción, se hacen hoy más necesaria que nunca, determinándonos a reiterarla ahora, aparte de las razones de la justicia y equidad que la fundan, las correcciones y enmiendas que introducimos en el original del Dr. Zubizarreta con el propósito de hacerlo viable, salvando las objeciones que deben atemperar la resistencia natural de los grandes propietarios.
El sistema progresivo es una regla de justicia que permaneció no obstante su equidad al margen de la ciencia durante muchísimo tiempo, durante toda la época del predominio del liberalismo económico.
Mientras se atribuía al estado una función puramente jurídica, el impuesto no podía tener sino un objetivo fiscal: la formación de recursos para subvenir el costo de los servicios públicos, rechazándose en consecuencia todo arbitrio que pudiera desnaturalizar el propósito único y fundamental del estado. Dentro de ese concepto egoísta no podía caber el método progresivo del impuesto, como no podía prosperar tampoco el impuesto sobre la renta, ni la iniciación y realización por el estado de las obras de previsión económica y social.
Pero despejado el camino en la ciencia a las doctrinas que asignan al estado funciones que abarcan toda la amplitud de la vida de relación, vale decir, de la vida social, encaminando su acción a remover desigualdades injustas y obstáculos artificiosos, creados por el juego arbitrario de las fuerzas en pugna, el impuesto debía tener otra trascendencia que la meramente fiscal, una finalidad social y económica.
Los fundamentos de la imposición, la elección del método impositivo, tienen así una estrecha afinidad con la política, mal que pese a los partidarios del individualismo, haciéndose necesario desentrañar previamente el concepto que nos merece los fines del estado, para escoger con acierto el sistema de imposición más adecuado y justo.
Y hecha esta labor, no vacilamos un instante para proclamar nuestra adhesión a la teoría intermedia que ha venido a depurar el error de los extremos anteriores, y que creemos es la que sustenta también los principios orgánicos de nuestro partido, conforme hemos querido demostrar en la introducción de nuestra exposición de fundamentos.
Y que este es también el concepto moderno del estado no puede negarse lo mismo en la concepción científica, que en la vida real de todos los pueblos. Vemos todos los días, en todas partes, hasta en las naciones de tradicional espíritu liberal y de fecunda iniciativa privada, como en Inglaterra, Norte América, etc., extenderse sucesivamente cada vez en forma más amplia y completa la intervención del estado en todos los órdenes de la vida social, lo mismo en el jurídico que en el económico, teniendo siempre por norte y guía los intereses de la masa o del agregado social, como expresión del interés nacional.
No necesito abonar todavía esta tesis con la declaración expresa de nuestra carta fundamental que señala el bienestar común como finalidad dominante de la comunidad política; por donde la doctrina se impone hasta como una obligación cívica ineludible.
Y bien; pero si es una evidencia la legítima intervención del estado en la compleja vida de relación de la sociedad, si este imperativo político, lo viene cumpliendo el Partido Radical desde hace una década de años en el gobierno, realizando de esta suerte una prescripción constitucional, ¿qué fuerzas da al método progresivo del impuesto, qué consistencia a las razones que le fundan como sistema científico de imposición?
La respuesta surge espontáneamente, y a pesar de haberlo referido, fácil nos será repetirlo para fijar de una manera definitiva la inferencia.
La teoría impositiva, los fundamentos mismos del impuesto, tienen una íntima y estrecha vinculación con la concepción del estado. Según sean los fines que se le atribuyen así será el carácter y la naturaleza del fundamento y sistema de la imposición.
¿Es la doctrina individualista el criterio adoptado para determinar las funciones del estado? Pues el impuesto no tendrá sino un carácter fiscal y el método será el proporcional, puesto que aquél no tiene otro fin que la percepción de una prima de seguros o la retribución de servicios, que deben pagarse en proporción del beneficio que se recibe.
¿Es, en cambio, un concepto socialista, o simplemente intervencionista nuestra idea sobre el estado? Pues nuestra teoría sobre el impuesto ha de ser la llamada del sacrificio o de facultades, donde su método ha de ser el progresivo como arbitrio más eficaz de reparación o intervención.
Hemos demostrado que el método progresivo de impuesto era la realización de una fórmula de justicia proclamada por la doctrina y aceptada por nuestra Constitución.
Y a pesar de que tales razones fundan de sobra la reforma que propiciamos por cuanto lo justo es siempre útil, no hemos de terminar esta exposición sin examinar las repercusiones que puede tener su aplicación, por modo de determinar las ventajas e inconvenientes que debe producir su adopción en la economía nacional y en otros órdenes de nuestra actividad política y social.
Es bien conocida la distribución de la propiedad territorial en la República. Grandes zonas de latifundios incultos e inexplotados se extienden en las mejores regiones de producción agrícola.
Fuera de los departamentos de Capiatá, San Lorenzo, Luque, Barrero Grande, Caraguatay, y los pocos lugares donde están establecidas las colonias nacionales, las grandes propiedades abarcan y absorben la casi totalidad de la superficie inmobiliaria. Así mismo las tierras adyacentes a la línea férrea, en casi toda su trayectoria, están monopolizadas por grandes propietarios que las conservan, por lo general desiertas e incultas, San Pedro del Paraná rodeado por un latifundio de 50 leguas; Yuty, repartido entre diez o doce grandes propietarios; desde Carmen a Encarnación, dominio exclusivo de dos o tres dueños; Encarnación, que podía ser por su posición geográfica privilegiada el centro de una actividad agrícola, vejeta desde años en una raquítica situación económica, agobiada por la presión de la gran propiedad que ocupa una extensión de varios millones de hectáreas entre sólo ocho o diez propietarios.
Pero no es solamente en el campo doctrinario de la política, de donde arranca la bondad y legitimidad del impuesto progresivo. Es de la misma letra constitucional, y no de una declaración general de principios, sino de expresas y terminantes disposiciones. El artículo 26 dispone que todos los ciudadanos son iguales ante la ley. Corolario forzoso de esta regla de igualdad, es la generalidad y la uniformidad de los tributos, que la misma Constitución Nacional vuelve a Consagrar en ese mismo artículo al disponer que la igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.
Mas, se dirá, si el impuesto ha de ser general para todos los habitantes de la República, ¿cómo se gradúa su igualdad? Es decir, en una palabra, ¿cómo se repartirá en una forma equitativa y justiciera como quiere significar esa palabra, la carga tributaria entre los contribuyentes?
La relación cuantitativa entre el impuesto y lo imponible ha de ser fija o variable, en otros términos, proporcional o progresivo.
He aquí la gran cuestión, que hubiera permanecido hasta ahora insoluble para la ciencia si no hubiera llegado a demostrarse: que la capacidad y la facultad contributiva varía de individuo a individuo en una relación más que aritmética, y que, en consecuencia, las cargas del estadio deben pagarse en una proporción más que aritmética.
Desde el descubrimiento de esta verdad, el método progresivo debió generalizarse en la opinión de los autores y en las legislaciones, hasta llegar a constituir una condición esencial de probidad y equidad en los publicistas y en los sistemas tributarios.
Lo adoptan en sus leyes Alemania, Inglaterra, Estados Unidos, Francia, Austria, Hungría, Suecia, Holanda, Dinamarca, etc., y lo proclaman todos los autores modernos desde Stuart Mill hasta los más eminentes financistas de la Francia contemporánea.
Ciertamente que como toda doctrina modernísima que aún no ha podido purgar todas las imperfecciones que son inherentes a cualquier obra del espíritu humano, hay que acogerlo con la reserva y discreción natural, sin caer en los peligros que puede traer un exagerado optimismo, para no aceptar sino aquella parte de verdad probada y confirmada, según la enseñanza de la crítica y la experiencia de otros pueblos.
Por lo cual el sistema de progresión limitada, por escalas, que hace crecer la cuantía de impuesto, prudentemente, de un modo discontinuo, como una verdadera superposición de otros tantos impuestos proporcionales, debe ser el que adoptemos en nuestra legislación como se consigna en nuestro proyecto. Esta limitación releva toda dificultad técnica y despoja a la progresión del carácter revolucionario que puede presentar una progresividad general e ilimitada.
Hacia las proximidades de la capital, Hiaty, donde casi toda la población está ubicada en propiedad ajena; Itapé, lugar que no ha mucho fue teatro de un sangriento suceso a causa de la cuestión tierra; Ybytymí, Caballero, con escasa actividad agrícola por la misma causa; Sapucai, íntegramente poseída por dos o tres dueños; Patiño, vacío de toda población, y así todos los demás lugares, como los próximos, Carapeguá, por ejemplo, donde una fuerte y reciente agitación ha puesto de relieve la misérrima situación de considerable número de pobladores, que vivían en tierras ajenas en constante incertidumbre y zozobra.
Pero para resumir mejor de una vez la desastrosa distribución de la propiedad territorial, basta con citar estos datos concretos: tres propietarios, Barthe, La Industrial Paraguaya y Casado Hnos., poseen cada uno más de mil leguas y juntos más de cinco mil. El Chaco, de una extensión aproximada de ocho mil leguas, fuera de la zona en litigio, dividido entre apenas 500 propietarios.
De esta anormalidad lo que debe llamarnos la atención, es la subsistencia del latifundio en lugares como las proximidades de la línea férrea y centros de consumo, donde parece debían haberse hecho sentir la influencia del principio económico dominante que atribuye al crecimiento de la población una fuerza espontánea de explotación, sea cual fuere la distribución de la tierra. Lejos de eso, vemos a la clase productora refugiarse en lugares apartados de las vías de comunicación y de acceso: Barrero Grande, Caraguatay, Ajos, Quiindy, Tabapy, Ybycuí, Acahay, etc., desde donde penosamente y a través de recias dificultades, pueden llegar a los mercados de consumo.
Este hecho que parece enervar la teoría ricardiana, tiene una funesta repercusión en nuestra actividad económica: eleva el costo de producción, encarece los productos para el consumo, y, lo peor, sin aumentar paralelamente el beneficio del productor. De donde viene un encarecimiento general de la vida y natural estancamiento de la agricultura, por lo mismo que sus frutos no dejan margen de rendimiento como para estimular el trabajo y la labor de los que se dedican a ella.
Vemos este fenómeno comprobado diariamente. El maíz argentino, la alfalfa de la misma procedencia, compiten ventajosamente con los nuestros, a pesar de los gastos de conducción y los intermediarios. Y si no fuese por el fuerte espíritu protector de nuestras leyes, nuestros productos agrícolas serían completamente desplazados por aquellos.
La agricultura en nuestro país tropieza de esta suerte para su desarrollo con este inmenso obstáculo; el acaparamiento de las mejores tierras por el latifundio.
No quiero desconocer que otros factores importantísimos influyen fuertemente para el estancamiento agrícola: la vialidad, la incertidumbre de los precios, el crédito agrícola y hasta cierta rutina en el cultivo; aunque bien analizados estos elementos, no son sino consecuencias de la primera causa apuntada.
En efecto; la vialidad surge como problema, porque los centros de producción han sido llevados por el latifundio a largas distancias de los cauces naturales y propios de comunicación: el ferrocarril y los ríos; la alteración irregular de los precios, viene de las dificultades de la comunicación, que impide conocer la cantidad de productos disponibles y el estado y condición de los mercados; la falta de crédito, de la seguridad, de la garantía personal, que es lo único que pueden ofrecer los agricultores carentes de tierra; y la rutina, en fin, que no es sino resultado de la mala voluntad y el poco interés con que casi siempre se cultiva un predio ajeno.
Determinada la causa última de los males que agobian a la agricultura, el latifundio en las mejores y más ventajosas zonas de producción, ¿cuál es el origen de semejante fenómeno? ¿Es obra de pura casualidad, en todo caso, constituye un estado de cosas, insubsanables que será fuerza resignarnos ante sus fatales consecuencias?
“El latifundio no es causa sino consecuencia de la despoblación” dice un eminente autor, y esta afirmación que fue verdad entre nosotros en el primer período, que siguió a la guerra, al cabo de 50 años de crecimiento sucesivo, podemos comprobar la conclusión opuesta, pues es indudable que actualmente, el latifundio lejos de ser consecuencia, es causa de despoblación. Díganlo sino la enorme masa de compatriotas que emigraron a los países vecinos a poblar los desiertos del chaco argentino y las bárbaras regiones de Matto Grosso, en el Brasil, así como los militares de braceros que se encuentra en las minas yerbateras, donde es fama no soportan sus rigores gentes de otras razas.
Este hecho no puede tener otra explicación que el latifundio, pues si se quisiera exponer como causa de emigración otro motivo, como la inestabilidad política y las intranquilidades embriguientes que importan tal estado, no se hubiera dirigido a Matto Grosso un solo individuo, donde las revoluciones eran más frecuentes y la falta de garantías, mucho mayores.
Pero a pesar de todas estas manifestaciones del mal, se puede señalar todavía otras circunstancias reveladoras de los efectos perniciosos del latifundio y su funesta gravitación sobre la agricultura. Son los frecuentes y continuos pedidos de expropiación que llegan a las Cámaras desde que la renta territorial ha operado su obra económica, son las protestas airadas, y en ocasiones hasta agitaciones violentas que más de una vez demandó la intervención eficaz del gobierno para impedir el desahucio inminente de poblaciones enteras. Son, en fin, la deuda colosal que pesa sobre el estado en concepto de precios de tierras expropiadas por causa de utilidad pública.
Examinemos brevemente sus causas.
El latifundio no fue como acabamos de explicar obra de la casualidad; fue obra de un factor social agravado por un factor público: la imprevisión de nuestros anteriores gobernantes.
Los hombres del viejo régimen, desconociendo en absoluto las necesidades del porvenir, y llevados del afán inmoderado de crear riquezas para satisfacer los apremios del presente, dilapidaron las tierras públicas en una forma criminal. Por precios irrisorios y en compadrazgos políticos se vendieron las tierras fiscales, se regalaban más bien, sin cuidarse nadie de fijar un máximum de adquisición por una misma persona, ni menos todavía para reservar determinadas zonas para la agricultura.
Por entre las deficiencias de la ley de venta, la corruptela y la Inmoralidad administrativa, hacían posible la apropiación hasta de centros de pobladores respetables, cuyos moradores se encontraban del día a la noche cultivando una parcela de dominio privado, cuando ellos esperaban adquirirlo del estado a título de primer poseedor y ocupante.
Tal la naturaleza del origen del malestar agrario evidente que nos aqueja, y que no creemos sea insubsanable, ni que tampoco deba desaparecer por el libre juego de los intereses económicos, como preconiza la escuela individualista.
De acuerdo a nuestra concepción política de los fines del estado, queremos acelerar la división de los latifundios improductivos con la prudente y discreta acción del impuesto progresivo y los demás arbitrios que propiciamos en la reforma.
¿Cuál la influencia de este método de imposición progresiva para la solución del mal?
Para determinarla con precisión será necesario fijar previamente las causas de la subsistencia del latifundio, a pesar de las condiciones poco favorables de nuestro medio actual, por modo a desvirtuar ante todo la tesis que sostiene que males de este género no sucumben sino por la fuerza espontánea de factores naturales.
¿A qué se debe que los latifundios continúen sin dividirse y subsistan improductivos en las zonas mejores de la República, cuando el aumento de la población y el crecimiento de la renta territorial debieron de haber operado ya una mejor distribución de las tierras?
Problema difícil de resolver si se toma al pie de la letra la teoría de Ricardo, que es sin embargo, a nuestro juicio la clave de la cuestión.
En efecto. El hecho de que en este país la explotación empiece de las tierras menos ventajosamente situadas, como son las que se encuentran retiradas de las vías de comunicación y centros de consumo, parece subvertir los principios de la renta de Ricardo que asegura que el cultivo se inicia de sus más fértiles y cercanas, para extenderse gradualmente a las más inferiores y distantes.
Es que el espíritu y el verdadero alcance de la renta no está en el proceso del cultivo ni en el hecho de la producción material, sino que nace con el derecho de usar la tierra, desde el mismo momento de tener un valor en cambio. En la renta se puede encontrar lo que se llama “renta actual”, cuando teniendo valor se emplea por el propietario o arrendatario; y la “renta potencial”, cuando a pesar de tener un valor, nadie lo emplea. En una palabra, la renta se forma del simple poder de retener una parte de los resultados de la producción aunque no se haya especificado su capacidad productiva.
En nuestro caso, los propietarios de las tierras privilegiadas, a pesar del estado de abandono en que se encuentran, están realizando la renta potencial.
Y como que ésta ganancia es mucho más positiva que la renta actual, que requiere trabajo e inversión de capital, en tanto que aquélla se opere sin ningún género de sacrificio, por el mero transcurso del tiempo, resulta que los latifundios continuarán sin dividirse hasta que se haya establecido de una manera casi fija o definitiva la renta actual de la última y más distante tierra. Pero como la fijación de esta cantidad seguirá por muchísimo tiempo indefinido, por lo mismo que es de presumir que cada progreso por insignificante que sea, ha de prorrogar sucesivamente su determinación, llegamos a la penosa conclusión, que mientras los propietarios mantengan la esperanza de ir acrecentando el precio de sus tierras, no veremos realizarse su parcelación.
Pero se dirá, si de todos modos, aunque los latifundios actuales permanezcan inalterables, la obra fatal de las necesidades económicas buscará, por el perfeccionamiento de la vialidad y el progreso, la sustitución por otras, de la misma o superior calidad. Y si bien puede ser cierta esta reflexión, la verdad es que en tanto se realicen esas obras de progreso, continuaremos sufriendo la presión de esta situación, y después de obtenidas aquéllas, siempre soportaremos el costo de este progreso, en forma de una elevación de los precios de los productos.
Y que los propietarios pueden fácilmente soportar la espera de una mayor ganancia, con los perjuicios y danos ya enumerados, manteniendo un alto precio, es evidente, cuando la conservación de sus grandes dominios no les cuesta ningún sacrificio.
“La tierra que no soporta contribución es fácil retenerla y pedir por ella altos precios, porque no come nada. Pero impóngase un impuesto creciente sobre su valor y aún los ricos se verán obligados a buscar compradores o arrendatarios, y para encontrarlos tienen que bajar los precios que pedían en vez de elevarlos; porque es pidiendo menos, y no pidiendo más, como logran encontrar compradores todos aquéllos que se ven obligados a desprenderse de una cosa. Es así que desaparecen el valor de especulación o de juego o el valor artificial que adquiere la tierra a la expectativa de futuros aumentos”. (Henry George).
Este párrafo del más insigne publicista americano explica perfectamente el rol del método progresivo de impuesto en la actividad económica de la colectividad.
El primer efecto beneficioso será pues la eliminación sucesiva de la tierra sin uso, y el crecimiento gradual, el aumento continúo de la tierra productiva. Esta benéfica consecuencia no es mero espejismo, es una realidad evidente que se deriva del hecho mismo de pesar el impuesto sobre los que deban pagarlo en definitiva, sin repercusión posible sobre otros individuos.
No puede el propietario hacer incidir en efecto la carga sobre nadie, porque pesando exclusivamente sobre la tierra con abstracción de toda mejora del capital o del trabajo incorporado a ella, no hay forma de trasladarlo sobre otro. La repercusión de los impuestos se hace generalmente por el vehículo de los productos; el latifundio que no produce nada ¿cómo transportará los impuestos que pesan sobre él?
Se dirá tal vez que podrían efectuar esta incidencia en el momento de la venta del inmueble, recargando su precio con el valor de los impuestos pagados, con lo cual quedaría impunemente burlado el propósito fundamental, pues se obstaculizaría con los altos precios la adquisición por parte de los que deben hacerlo producir.
Pero aparte de que es siempre difícil la fijación de un precio arbitrario, determinado por leyes económicas precisas, el Impuesto adicional al mayor valor creado en este mismo proyecto, intervendrá para regular normalmente los precios, o adquirir para el estado un porcentaje legítimo en las ganancias indebidas del propietario.
Las proyecciones de la imposición progresiva se rectifican y se complementan así con las de las otras reformas que contienen los proyectos presentados; por lo cual, para que esta Cámara pueda apreciar debidamente la armonía resultante de la combinación recíproca de las distintas partes del conjunto, debemos distraer un poco más su benévola atención en el afán de dejar bien delineada de una vez la idea directriz de esta reforma.
Ya hemos referido el pensamiento fundamental de esta Iniciativa, y cuáles los procedimientos que a nuestro juicio eran conducentes al fin propuesto: la adopción del método progresivo de imposición territorial, la creación de un impuesto adicional al mayor valor de las propiedades inmuebles, y el establecimiento de una institución apropiada, el Banco de Tierra y Colonización.
Pero antes de dar los fundamentos de estas medidas legislativas tan trascendentales, debemos detenernos, un instante en explicar las innovaciones que se trae en el mismo cuerpo del proyecto a la actual ley vigente de contribución directa, para la mejor y más clara comprensión de nuestro objetivo.
Este sistema es el adoptado en casi todos los países de buena organización impositiva, y dio un espléndido resultado en las naciones que tienen un apreciable espíritu cívico. Pero por ser radical la reforma y un poco exótica en nuestro medio, habituado a satisfacer las cargas legales sólo después de repetidas insistencias, creemos imprescindibles asegurar con garantías eficaces la facultad de los propietarios de realizar ellos mismos la tasación de sus fondos. Para lo cual se establece el derecho del estado de adquirir los inmuebles, por el precio de tasación, de aquellos dueños que consideren injusta e infundada la resolución del jurado de valuadores.
Esta disposición a primera vista y con examen superficial de su alcance, aparecerá quizá violentando la letra constitucional en aquella parte que dispone que nadie sea desposeído de su propiedad, sin previa declaración de la causa de utilidad pública, expresada en cada caso. Pero aparte de precedente que existe en la ley de creación de la Oficina de Cambios para la apropiación por el estado de una parte del valor de los giros contra el exterior, proveniente de la exportación, es evidente que la facultad referida no tiene el carácter de una expropiación, propiamente dicha, no siendo como es, sino una derivación del principio constitucional que impone obligatoriamente a todo habitante de la República su contribución para la subsistencia del organismo político.
Otra modificación importante introducida en materia de valuación es la prescripción que establece su cálculo sobre el patrimonio, en vez de hacerlo sobre cada inmueble, a fin de aproximarlo en lo posible al principio de justicia ya enunciado, de realizar la imposición de acuerdo a la capacidad productiva de cada contribuyente.
Dichas innovaciones se refieren:
a) Al sistema de valuación, que es personal y por jurado.
b) La separación del impuesto sobre las propiedades rurales de las de bienes raíces situados en los predios urbanos de las ciudades y las que tienden a corregir: a) la absurda y arbitraria tasación actual; y b) la confusión de los distintos elementos que componen la riqueza urbana y rural.
Nos ocuparemos rápidamente de los fundamentos de cada una de ellas.
EL SISTEMA DE VALUACION
Es tan evidente la arbitrariedad del sistema actual de valuación, que pocas palabras nos bastarán para justificar la necesidad de la modificación, así como la bondad de la reforma en esta parte.
Basta con saber que la ley vigente establece un valor uniforme por departamentos, sin tomar en cuenta la diferencia de precios de los inmuebles en un mismo partido por la influencia de los distintos factores que intervienen normalmente para fijar el valor de las propiedades: situación, fertilidad, unidad de extensión, etc. A causa de los elementos determinantes del valor inmobiliario, es muy difícil casi imposible fijar reglas precisas de valuación, por lo que se hace indispensable dejar al arbitrio de los mismos propietarios la fijación de los valores, con cargo de rectificar sus apreciaciones con la intervención de un jurado de valuadores, compuesto de funcionarios públicos y ciudadanos civiles interesados.
Así será posible tomar en consideración en cada caso, las diversas circunstancias que influyen para una justa regulación del precio imponible, aproximándonos en lo posible a la equidad, que debe ser la base de toda legislación tributaria.
SEPARACION DE LAS PROPIEDADES RURALES DE LOS PREDIOS URBANOS
En la ley vigente se hallan confundidos los valores que componen la riqueza urbana y la rural, a pesar de la naturaleza distinta de cada una, y requerir por tanto una conveniente separación.
En las propiedades rurales se grava tanto el suelo como las mejoras y construcciones debidas al esfuerzo del propietario, con lo que se anonada el esfuerzo individual para la producción eficiente de la riqueza. En las propiedades urbanas, los terrenos baldíos que obstaculizan el desarrollo de la edificación, no tienen ninguna penalidad.
Tales defectos y deficiencias no pueden menos de tener una funesta repercusión en la actividad económica del país, imponiéndose por ello el criterio que adoptamos en el proyecto, de distinguir las propiedades rurales de las urbanas, ubicadas en los égidos de la capital, Concepción, Villarrica, Encarnación y Pilar, gravando solamente el suelo en las primeras, y estableciendo un criterio uniforme de tasación en las segundas.
Tanto en la contribución territorial como en el impuesto sobre las propiedades edificadas, que son las denominaciones en que se agrupan cada una, se impone un gravamen más a los fondos improductivos y baldíos, para liberar en lo posible do la imposición el esfuerzo del capital y del trabajo aplicado a la tierra a fin de estimular por este medio el aumento de la riqueza individual y colectiva.
EL IMPUESTO ADICIONAL AL MAYOR VALOR DE LA PROPIEDAD INMUEBLE
Juntamente con las reformas ya enunciadas, se crea un impuesto especial sobre las propiedades inmuebles por el aumento de valor que adquieren, debido al progreso y trabajo general de la colectividad, bajo el nombre de “Impuesto adicional al mayor valor de la propiedad inmueble”.
Es seguramente este impuesto el que mejor y en forma más completa realiza el concepto moderno de la democracia, y el que tiene más fundamento de justicia como medida de imposición.
Hacer partícipe al estado en los beneficios que se realizan con el progreso general de la colectividad, monopolizada hasta ahora exclusivamente por los propietarios, es en efecto, un arbitrio de irreprochable equidad; y sufragar los gastos públicos a expensas de riquezas colectivamente formadas, es indudablemente la consagración de los más elevados principios de la democracia actual, cuya fórmula suprema es, como hemos referido, la realización del bienestar común.
La nueva doctrina democrática que funda en este principio el ideal de la vida colectiva, tiene de esta suerte en esta modernísima orientación impositiva, el modo más apropiado y justo de hacer efectiva su gran pensamiento directriz.
Con lo brevemente expuesto se puede ya caracterizar los fundamentos económicos, jurídicos y políticos del impuesto al mayor valor.
En efecto, es en el fenómeno de la renta territorial donde reside y se acierta a descubrir su primer fundamento científico, y bien de un modo indefinido y poco concreto, por cuanto en la teoría de Ricardo se hace notar sino confusamente las causas reales y positivas del mismo, el desarrollo y el concurso del Derecho y la Sociología han venido a hacer indestructible la verdad de la nueva doctrina. Recién después de especificada la naturaleza económica de la tierra, se pudo señalar los términos del problema y diseñar la solución.
En la propiedad inmueble evidentemente se señalan dos clases de valores: valor vidual, debido a su composición orgánico al capital y trabajo destinados a su producción; valor social, debidos a complejos autores, que aumentan progresivamente a medida del adelanto general y de la demanda de tierras necesarias al crecimiento de la población o desarrollo de las industrias. En el primero el aumento del valor es paralela a la acción individual y debe, por tanto, ser del legítimo y exclusivo beneficio del dueño. En el segundo, el mayor valor es completamente ajeno a la actividad de los propietarios, no obstante lo cual, en la actual organización, les beneficia por entero.
Evidente injusticia, el apoderamiento arbitrario e ilícito de este valor social de la tierra por parte de quienes no intervinieron en la formación sino en una medida remotísima, y casi al azar, que el Derecho y la Política deben subsanar, tanto más cuanto limitada la oferta de tierras en un país por condiciones naturales, su mayor valor y utilización deberá ir siempre en creciente aumento.
En estas condiciones el principio jurídico que prohíbe el enriquecimiento a costa de otros, debía intervenir con todo rigor; lo mismo que la Política bajo cuyas reglas debemos contemplar sobre todo la cuestión, para decidir sin ninguna vacilación la intervención del estado en el desarrollo progresivo de la sociedad sobre principios valederos de justicia y utilidad social.
Resuelta la legitimidad de la intervención del estado para limitar la facultad abusiva de los propietarios de tierra porque usan de ella en una forma evidentemente perjudicial a los intereses de los miembros más numerosos y respetables de la colectividad, y por tanto, en contraposición de las normas de progreso y bienestar social, surge el problema del medio y procedimiento de esta intervención.
La forma financiera que hace efectiva la devolución del mayor valor fue resuelta satisfactoriamente con la imposición del Impuesto de ese nombre o por una contribución especial, de las que nosotros adoptamos la primera forma, aceptando para su percepción, el método progresivo.
Su repercusión saludable en la actividad económica de los países que lo han incorporado en sus legislaciones, nos relevan por ahora del trabajo de contestar las principales objeciones que han sido formuladas en su contra. Tampoco nos detendremos en explicar el mecanismo de su funcionamiento a fin de ahorrar en lo posible la generosa atención de esta Cámara y porque también en el proyecto se previenen con la mayor inteligencia posible todas las dificultades de carácter práctico, de acuerdo a los mandatos de la ilustración y experiencia de los autores y las legislaciones.
Pero antes de terminar, no resistimos al deseo de enumerar brevemente las razones especiales que aconsejan su incorporación a nuestro sistema tributario.
En primer término, debemos afirmar que la valorización social de la propiedad inmueble en nuestro país es, no un hecho probable, sino que es verídico, real.
En el transcurso de veinticinco años la valorización ha sido tan enorme que está fuera de toda ponderación la diferencia de precios en ese período de tiempo.
Tierras que se adquirieron en los años de 1886 al 90, a razón de 150 a 300 pesos oro la legua (calculándose esta moneda, la corriente en aquella época) valen actualmente de 15.000 a 25.000 oro la legua. Esto en lo que respecta a las tierras de ganaderías, que las propias para la agricultura acrecentaron de centavos la hectárea en centenares y hasta varios miles de pesos la misma extensión. Otro tanto se puede señalar con respecto a las propiedades urbanas.
Y teniendo en cuenta que esta valorización social irá aumentando de día en día, la participación del estado en esta desmesurada elevación de precios, se justifica de sobra, sobre todo, teniendo en cuenta que entre nosotros ella se debe exclusivamente a la acción social, siendo elástica la inercia absoluta de los grandes terratenientes para el mejoramiento de sus predios.
Luego la influencia predominante que adquirirá por esto medio el estado en una más justa y equitativa repartición económica del factor predominante de la producción, como es la tierra, tan mal distribuida entre nosotros con las funestas consecuencias que hemos referido, bastan por sí sola para decidirnos a su adopción, independiente de toda consideración jurídica o moral.
Debemos hacer aquí, una vez más, la salvedad que con nuestra adhesión a la doctrina de intervención del estado en la compleja vida de relación de la sociedad a fin de promover por todos los medios el bienestar común, lo hacemos interpretando racionalmente los principios orgánicos de nuestra carta fundamental y la moderna corriente de ideas, así como la política gubernamental de nuestro partido, rechazando en consecuencia las tendencias económicas extremas que pretenden suprimir la propiedad individual o confiscar todas sus rentas, y las anticuadas teorías económicas, jurídicas, políticas que basan en un riguroso y mezquino individualismo todo el edificio de la organización individual.
Otros beneficios considerables a la economía nacional, como la normalización de los precios, combatiendo eficazmente la especulación territorial, que de período en período se hace sentir en nuestro país; y un mejor y más perfecto acomodo de nuestra política tributaria a las necesidades públicas, son otros tantos fundamentos incontrovertibles que auspician la reforma.
He aquí las palabras de un pensador y estadista que corroboran este acertó: “Están gravados los consumos y todas las industrias, las necesidades premiosas de la vida tanto como el trabajo del hombre que le aseguran moderadas ganancias, y no lo están el enriquecimiento obtenido sin esfuerzo por la acción de la comunidad, que viene a premiar sin merecimiento propio lo que constituye obra de todos”.
A reparar esta injusticia, llenar este vacío, se propicia el impuesto al mayor valor, el cual, a pesar de su reciente origen, en la doctrina y en la legislación, fue de una celeridad extraordinaria, gracias quizás a los brillantes espíritus, la pasión y entusiasmo de los que le sirvieron de vehículo, pero más seguramente por lo que era una “traducción jurídica de la realidad de las cosas”.
REFORMA IMPOSITIVA
En medio del hondo malestar colectivo, la lucha ardiente de clases y la anarquía de ideas, intensificada por la acción de teorías extremas que disputan rabiosamente el predominio exclusivo, surge la plus valía como una fórmula salvadora de justicia, en los trabajos de James Mili, convirtiéndose en sistema científico con Stuar Mill y Wagner, propagándose como supremo arbitrio político social con Henry George, y realizándose en la legislación por la acción tesonera del más eminente estadista del siglo, el gran Ministro inglés Lloyd George.
En el Uruguay, Andrés Lamas, Herrera y Reissig, Sáenz Peña, Becú, Justo y otros en la Argentina, y entre nosotros el entonces distinguido universitario Dr. Casal Ribeiro, fueron los activos propagadores de la idea en esta parte de América.
Pero es desde el presupuesto del año 1909-10, presentado a la Cámara de los Comunes, que el impuesto al mayor valor se impone decididamente en las legislaciones: Australia ya le había adoptado, el año 1911 lo acepta Alemania, luego Norte América y Austria, al mismo tiempo que se hacían sentir fuertes tentativas en Francia, República Argentina y otros países.
Y si aún otras naciones no lo han incorporado todavía a sus legislaciones, no es seguramente porque falten en su apoyo principios científicos evidentes, sino porque tratándose de intereses tan vivos y reales, como los económicos, los sistemas no son solamente cuestión de dirección y método, sino conclusiones trascendentales que afectan fuertes prejuicios sociales e individuales, siendo una verdad indudable las palabras de Hobbes, que cuando la razón va contra el hombre, el hombre se opone a la razón.
Dice Nitti que ni las proposiciones de Eucrides se hubiesen referidos a intereses económicos, no serían, como lo son, conquista definitiva de la ciencia, sino que todavía nos parecerían hipótesis controvertibles y de difícil resolución.
Así referida en términos tan exactos las causas de la resistencia que falta aún vencer para el triunfo definitivo de la plus valía, descubrimos desde ya la última y única razón de los argumentos que han de oponerse también en esta ocasión a esta reforma, entre nosotros.
EL BANCO DE TIERRAS Y COLONIZACIÓN
Al proponernos buscar solución al grave mal agrario que gravita sobre la fuente de producción de riqueza, fue nuestro intento contemplar todas las fases del magno problema para formular un plan completo de acción, en la medida de nuestra ilustración y capacidad.
Ahondando la reflexión y aguzando la inteligencia hasta donde podían llevarnos nuestros anhelos patrióticos, planteamos la conjuración del mal, a base de la imposición al mayor valor de las propiedades inmuebles, la adopción del método progresivo en la contribución territorial, y la creación de un organismo apropiado, el Banco de Tierras y Colonización, cuyo carácter y propósito debemos explicar brevemente.
En el proyecto que presentamos por separado se dispone la transformación de la actual Oficina de Tierras y Colonización en una situación bancaria, dotada de medios y recursos suficiente como para realizar, sin mayores tropiezos, el pensamiento fundamental que hemos expuesto.
Al par de consignarse como principal objetivo la adquisición de tierras aptas para ser destinadas al parcelamiento y la colonización, se coloca bajo su cuidado la administración de todos los bienes inmobiliarios del estado, los que por su cuantía e importancia requerían una mejor y más adecuada atención.
La Oficina de Tierras y Colonización que mucho ha hecho por el progreso del país, con su reducido personal y precaria organización, no podría continuar atendiendo con suficiente regularidad las complejas atribuciones que se determinan en esta reforma, haciéndose por ello necesario, la creación de un personal directivo más numeroso con atribuciones más amplias y mejor delineadas.
Pero el beneficio más inmediato y positivo que asignamos a esta institución es que hará viable el propósito de la emisión de los bonos de tierras al estudio también de la Cámara, pues podrá ofrecer suficientes garantías como para que aquéllas no sufran ninguna depreciación. Con lo cual se dará al estado un apreciable recurso con que afrontar fuertes compromisos, como los créditos provenientes de leyes de expropiación dictadas hasta la fecha.
Otra disposición importante del proyecto es la de establecer una oficina asesora adecuada para aconsejar e informar al Congreso sobre las expropiaciones que hasta ahora han sido hechas sin ningún criterio, muchas veces con evidente injusticias e inoportunidad.
Debemos hacer presente que a pesar de no ser partidarios de la colonización oficial por numerosísimas razones, hemos debido optar por este sistema, no obstante disponer también medios para que el Banco contribuya a estimular la colonización capitalista. Y hemos debido optar por el primer sistema por la existencia de las numerosas colonias del estado ya prósperas, que necesitan continuar en ese régimen.
Toda la dificultad para realizar el pensamiento del proyecto en su parte financiera, sabida la precaria situación de las arcas fiscales. Pero, señor presidente: dada la historia de las tierras públicas en nuestro país, y la honda crisis de la hora actual, no hay sacrificio que no debemos imponernos.
Hay sin embargo, recursos que han de salvar esta dificultad:
Los provenientes de arrendamientos de montes y campos fiscales que suman 700.000 pesos anuales, y el producido del impuesto al mayor valor, que calculamos en unos 500.000 también anuales, aparte de los otros recursos que se le destinan, pueden formar un margen apreciable para la constitución del capital necesario.
Hemos expuesto a grandes rasgos las delineaciones principales de la solución que proyectamos; y a pesar de nuestro deseo de molestar lo menos posible la bondadosa atención de esta Cámara, debimos extendernos, un tanto en estos fundamentos, a objeto de explicar todos los puntos de nuestra reforma, a fin de salvar de antemano, en lo posible, la resistencia que siempre suscitan iniciativas de esta índole.
Entregamos estos proyectos a la amable deferencia y el sano patriotismo de la representación nacional, que en esta hora difícil de la república, después de conocer las causas del mal, ha de saber establecer los principios del bien.
He terminado. (Aplusos) (*).
NOTA
(*) (21 de mayo de 1920). «0
[CODIGO CIVIL PROPIO]
Sr. Díaz León— Pido la palabra.
Hace como dos meses fue presentada a esta Cámara por un grupo de diputados la proposición de encomendar al doctor Báez la comisión de redactar un proyecto de código civil para la república; el año pasado igualmente se presentó también por un grupo de distinguidos representantes un proyecto de reforma legislativa, consistente en la modificación del código civil en lo que se refiere al divorcio, estableciéndose la disolución del vínculo matrimonial.
A pesar del tiempo transcurrido, ninguna de las comisiones a cuyas carpetas pasaron esos proyectos se ha expedido al respecto, produciendo la impresión de que sus miembros han escogitado el procedimiento de malograr los pensamientos de estas reformas por medio de la política del olvido y del silencio.
Esta actitud, señor presidente, no puede pasar sin protestas de nuestra parte, porque la conceptuamos injusta y contraproducente a todas luces. Injusta, porque se condena una causa sin defensa, porque se ahoga el pensamiento sin controversias ni debates. Y contraproducente, porque se estimula la indiferencia y el renunciamiento el serio y hondo afán de traducir en iniciativas sus nobles anhelos de mejoramiento colectivo.
No me explico, señor presidente, la actitud de estas comisiones. Alguna excusa ellas tuvieran, si fuese la resolución de los leaders parlamentarios, quienes en virtud, por ejemplo de un acuerdo sano y patriótico, considerasen mejor dejar en el olvido estas iniciativas hasta tanto fuesen resuelto problemas más serios, transcendentales. Pero, es la verdad, señor presidente, que hasta este momento ninguno de los hombres respetables de esta representación han vertido juicios desfavorables a estas iniciativas; antes bien, han llegado hasta aquí los anhelos de distinguidos representantes y los de la parte más ilustrada de la opinión pública de nuestro país, propiciando la aprobación de dichos proyectos.
He procurado dar con la causa de esta prolongada indiferencia y algunas veces he querido atribuir a la pueril excusa do que los proyectos eran inconvenientes porque agitaban en sumo grado la opinión pública, normalmente calmosa y tranquila en nuestro país.
Pero el divorcio absoluto, si bien ha merecido la crítica de la masa clerical y clericalista, cuenta, por otro lado, con la favorable opinión del liberalismo que siente en esta hora la necesidad de organizarse frente a las fuerzas oscurantistas que tienden a mantener subyugadas las conciencias.
Acerca del segundo proyecto, he de decir que en el foro ha despertado la más viva complacencia, y hasta se hace una cuestión de honra nacional el sustraernos del tutelaje extranjero, dictando un Código Civil propio, aunque más no sea sino como una tentativa de modelar una conciencia jurídica propia y nuestra.
Las agitaciones de los espíritus en torno a estos motivos, lejos de ser perjudicial son así profundamente benéficas y útiles.
Si una fecunda iniciativa legislativa caracterizase en esta representación la actuación de sus miembros, se justificaría que las comisiones se viesen obligadas a seleccionar los proyectos a los efectos de su consideración. Sería razonable que hiciesen postergar los proyectos sin discusión. Pero, bien sabemos que esta representación no se hace notar por su actividad en iniciativas de esta índole.
Todavía más, señor presidente: debo calificar de arbitraria la actitud que vengo censurando, porque las comisiones no representan sino una mínima parte de la voluntad de esta Cámara y no pueden arrogarse el derecho de prejuzgar el criterio de la mayoría. Y como es a todas luces, injusta y contraproducente esa actitud, me permito solicitar de la Cámara la aprobación de la siguiente moción: que los dos proyectos que he recordado sean puestos a la orden del día, en el lugar correspondiente, con o sin dictamen de la comisión. He terminado.
Sr. Presidente— ¿Para qué fecha, señor diputado?
Sr. Díaz León— He dicho que sean puestos a la orden del día en el lugar correspondiente.
Sr. Presidente— ¿Está apoyada la moción que acaba de formular el doctor Díaz León?
Varios — Apoyada.
Sr. Presidente— Está a la consideración de la Cámara la moción.
Sr. Silveira— Pido la palabra.
—Es apoyada.
Sr. Presidente—. Tiene la palabra el Señor diputado Silveira.
Sr. Silveira— Siempre he tenido el más vivo anhelo de que los intereses que afectan a la colectividad sean estudiados a la brevedad posible, porque entiendo que la labor parlamentaria es larga y nos queda aún mucho que hacer; pero las propias palabras del distinguido colega nos ha demostrado que se trata de dos proyectos esencialmente importantes; uno nada menos que de modificación del Código Civil, una de las materias más abstrusas y difíciles, en que más conocimientos y experiencia se requiere para tratarla; y otro del divorcio, con el que se busca de cambiar fundamentalmente todo el orden conyugal.
Ambas cosas han interesado vivamente a la sociedad y por lo mismo que son demasiado importantes y de gran transcendencia, creo, señor presidente, que debemos agotar en su estudio todos los requisitos reglamentarios, a fin de traer al debate toda la luz necesitaría todos los conocimientos y recaudos posibles teniendo especialmente en cuenta que uno de ellos es un asunto nuevo, y que si bien ha venido propiciado por una parte ponderable de nuestros intelectuales, ha venido también resistida por otra no menos respetable. Ha llegado un momento, en este último asunto, señor presidente, en que las fuerzas contrapuestas se han neutralizado, manteniendo una especie de tácito statu quo, para no agitar el ambiente. Este estado se ha creado virtualmente como por una especie de convenio social, después de los grandes sacudimientos que trajera el pensamiento divorcista, y, de la gran resistencia que provocara. Los adversarios se han colocado frente a frente y profirieron el silencio antes que medir sus fuerzas en una lucha en que iban comprometidas las bases mismas de la sociedad. Tal uno de los asuntos que hoy se quiere mover.
Y asunto semejante no creo que deba ser tratado sin dictamen de la comisión. Hay cuestiones de mayor urgencia, relativas al momento porque el país atraviesa; tenemos proyectos financieros y económicos que es menester ventilar de inmediato, que son cosas, señor presidente, que están pidiendo a gritos una rápida solución; yo no creo, repito, que sea bajo la presión de esta angustia económica terrible, ante la presencia de males que requieren una acción eficaz y vigorosa, que debamos convulsionar el ambiente de su ya agitado por la manifestación de múltiples fenómenos morbosos que acusan un hondo malestar social.
Soy de opinión que estos importantes proyectos —porque los repito importantes— deben pasar a comisión para que sean estudiados seriamente, porque, como he manifestado, si ellos han venido propiciados por un grupo selecto de jóvenes, han sido acogidos con alguna reserva por otra parte de la sociedad, y en caso de que triunfe, es necesario que lo sea por la fuerza de la convicción, por el dictado de la razón o por la autoridad moral de los que sostienen la idea, y no por imposición legislativa.
En lo que respecta a la modificación del Código Civil, es un proyecto que cuando pienso en él dudo de si existe en nuestro país el hombre que sea capaz de semejante empresa. No quiero anticipar mi voto a este respecto; pero me mantengo perplejo ante la sola idea de modificar el Código Civil; es algo que invita a pensar seriamente, y en este trance es necesario por lo menos escuchar el dictamen de la comisión.
Yo mociono en ese sentido, no contrariando el pensamiento mismo, porque no es de necesidad pública impostergable y porque necesita ser ilustrada suficientemente esta Cámara para tratar esos asuntos.
Sr. Díaz Escobar— Pido la palabra.
Por lo que hace a la comisión de Codificación las palabras del diputado señor Díaz León incitando vibrantemente a la Cámara para tratar el proyecto de divorcio, diré, que los miembros de dicha comisión lo tienen en estudio y solo estaban esperando que se sancionaran primeramente los proyectos de ley de reforma de la ley de jurados y otros proyectos de codificación ya urgidos por el P. E., para que una vez despachados estos asuntos, se preocupara del proyecto de divorcio.
De todos modos, señor, presidente, aunque la Cámara resolviera tratar el asunto sin dictamen de la comisión, difícilmente ha de resolver el punto, dado que tiene prelación asuntos materialmente impostergables y que en tal sentido deben ser considerado.
El proyecto de divorcio que trata de un aspecto ético de la actividad social, no tiene toda la urgencia que le atribuye el señor diputado Díaz León. Por consiguiente la Cámara debe esperar un momento en que estuviese menos recargada de proyectos como los de géneros impositivos para entrar a estudiarlo con la debida atención.
Dadas estas palabras, yo suplico al señor Díaz León que retire su moción en lo que al proyecto de divorcio hace.
Sr. Díaz León: Yo me permití hacer la moción en discusión porque difería fundamentalmente del criterio del señor Díaz Escobar así como del expresado por el señor Silveira.
El señor Díaz Escobar cree, por ejemplo que en materia de necesidades sociales, de problemas nacionales, el estado debe adoptar un criterio de rigurosa prelación; es decir, que en materia de necesidades públicas es posible establecer una clasificación de rigurosa importancia prelativa.
Yo no sé, señor presidente, si es posible en nuestro país decir si es más importante la cuestión monetaria que la cuestión, por ejemplo, de vialidad; si antes de la cuestión de transportes no debemos de resolver la cuestión producción, y si antes que todas ellas los poderes públicos no deben contemplar serenamente todos los aspectos de los problemas sin poder decir que uno de ellos es anterior y previo a los otros. Sostengo, sí, que siempre que sea posible a los hombres que rigen los destinos de un país dar solución rápida e inmediata a cada una de las necesidades que van surgiendo, deben hacerlo sin necesidad de esperar un orden riguroso de clasificación
Acerca del motivo expuesto por el señor Silveira, de que así como había espíritus que apoyaron esta iniciativa, hay también otros que se oponen a ella, y que por tanto, debe postergarse su consideración, es pueril; es justamente el parlamento, señor presidente, el campo más propicio donde deben batirse estas fuerzas.
Aquí estamos nosotros, los representantes de esa fuerza innovadora, y ahí está el representante del conservatismo (señalando al señor diputado Silveira), que en la hora oportuna ha de bregar por el triunfo de sus convicciones.
Pero no es posible condenar de antemano, dejar que en el silencio se malogren las iniciativas, tan solo por el miedo o el temor de agitar la opinión pública, cuando bien se sabe, señor presidente que la inquietud es la fuerza creadora de todas las energías.
Pero en homenaje a las razones expuestas en la última parte de su discurso por el señor miembro de la comisión de Codificación, no tengo inconveniente en retirar mi moción, esperando confiado que el proyecto de divorcio ha de ser tratado en las sesiones de este año.
Sr. Silveira— Señor presidente: ¿me permite dos palabras?
Sr. Presidente— Tiene la palabra, señor diputado.
Sr. Silveira— Es para salvar mi posición ante los debates que sobrevendrán.
Yo no me he manifestado en contra ni en favor del proyecto; no necesito decir si lo defenderé o lo atacaré; y cuando haga una u otra cosa, lo haré con toda altivez.
Por lo demás soy de carácter conservador, como se me dice, y me jacto, señor presidente, de serlo, porque siempre he tenido horror a las banderillas de esos agitadores a la bartola, que buscan provocar sacudimientos sociales para tildarse de innovadores. Conservador y todo después, señor presidente, yo soy muy capaz de atacar el proyecto como de defenderlo con toda la fuerza de mi convicción. Por hoy quiero sencillamente salvar mi situación, y manifiesto una vez más que si he pensado en el sentido de que es necesario escuchar previamente a la comisión, es justamente dando importancia al proyecto presentado, que propicia una innovación social, innovación que es justo decir que si hay quienes la apoyan, hay también quienes la atacan.
Efectivamente el Congreso es el lugar apropiado para dirimir el asunto; y aquí hemos de habérnoslas; pero es necesario venir, señor presidente, y hemos de venir, con el arma al brazo, sin suspicacias, sin ambigüedades, sin reticencias, con las luces necesarias, y con las luces que suministren no solamente los individuos sino las colectividades también.
Es pues para aportar mayor caudal de sabiduría y experiencia, que he solicitado sea presentado el dictamen con todos los recaudos reglamentarios, como ocurre con todos los asuntos de esta trascendencia.
Con estas explicaciones, señor presidente, doy por terminada la cuestión en lo que a mí respecta*.
NOTA
(*) 23 de julio de 1920.
[LA RENUNCIA DE GONDRA]
Sr. Díaz León— Señor presidente, pido la palabra.
Nelson, en vísperas de decidirse en Trafalgar la suerte de su gloriosa Inglaterra, diribió a sus soldados, esta heroica proclama: La patria espera de cada uno de vosotros que sabréis cumplir con vuestro deber.
Hoy, que las vicisitudes de nuestra azarosa vida institucional colocan a esta magna asamblea en trance de decidir los destinos de la nación, las palabras del insigne marino inglés recobran todo el valor de una expresión triunfal, dispuesta a iluminar las conciencias en la confusión de estos angustiosos y tristes momentos.
Cumplir con el deber es lo más que nos resta, en efecto, ahora que los hechos consumados, el naufragio de las instituciones y el desconcierto de los hombres, amenazan ahogar hasta las rebeldías y patriotismo, en su desesperado anhelo defender el imperio de la Constitución de las leyes.
A satisfacer de mi parte este mardaz imperativo, voy a hacer uso de la palabra para hablar con entero valor y más grande serenidad.
Valor para que la verdad sea dicha sin eufemismos vergonzosos que importen claudicación, para proclamarla con entereza, amplia y abierta, en plena luz.
Serenidad para no turbarme en el penoso cometido ni ante los denuestos, ni ante las injurias que surjan en la sombra, ni ante el olímpico desdén de estos triunfadores.
Desde la alta cumbre de esta tribuna voy a cumplir con el deber de dirigirme a la República para hablarle no en nombre de un grupo de hombres ni siquiera en el de un partido, por grande y fuerte que sea el que me discernió el honor de su representación, sino en nombre de las instituciones, de las leyes, la Constitución porque mi palabra no va a ser desahogo de pasiones subalternas, enconos de la lucha política, estériles recriminaciones partidarias, sino voz de acusación y de justicia.
Porque voy a denunciar, señor presidente, hechos inauditos, crímenes que merecen severos castigos. Voy a acusar a encumbrados funcionarios del Estado, culpables de graves delitos contra la patria, para que este honorable Congreso, genuina representación del pueblo, sancione en su hora la justicia. Y no será el perverso deseo de ver hundido a sólidos y respetables prestigios el que me mueva a asumir esta arriesgada actitud, sino la ineludible obligación de prevenir, como ciudadano y representante, los peligros que amenazan a las instituciones, y por ende a los derechos y a las liberalidades ciudadanas, por obra de la desenfrenada ambición de algunos políticos y la culpable complicidad de los que tienen a su cargo las fuerzas armadas de la nación.
Después de aquel breve y ominoso interinato surgido en nuestra vida institucional a raíz de la muerte del gran presidente Franco, la República anhelaba vivamente reponer sus energías gastadas en conculcaciones de todo género y restaurar el régimen de moral administrativa y política que había caracterizado el período presidencial de aquel gran ciudadano.
Llamado el partido radical a realizar esta aspiración, se coloca a la altura de su misión histórica al proclamar el nombre del señor Manuel Gondra para ocupar la presidencia, a pesar de la sorda oposición que suscitaba su incontrastable prestigio en el grupo faccioso, que conspiraba en la sombra.
En comicios plenos y libres, frente al adversario tradicional: el partido republicano, triunfó su candidatura y fue exaltado al poder con el júbilo de toda la república porque su encumbramiento significaba el triunfo de todos los valores democráticos: reacción definitiva en el orden político, consolidación de la paz; amplio ejercicio de la libertad, garantías efectivas para las jornadas comiciales; moralidad en las funciones públicas y el renacimiento paulatino de la economía general y las fuerzas vivas del país. Sin embargo, su moral austera, su honestidad ciudadana, así como el prestigio de sus colaboradores en el gabinete, constituían un cambio demasiado brusco del régimen anterior a la situación actual para ser consentidos y tolerados por los que se habían habituado a considerar al gobierno como instrumento propio de sus maquinaciones.
Luego, el miedo de perder el campo propicio de sus bastardas operaciones, unido al peligro que significaba a su encumbrada posición política, el movimiento iniciado por la juventud radical con el romántico propósito de ensayar la democratización del partido, entablándose esa porfiada lucha de justas pacíficas y libres que fue la admiración de unos, la extrañoza de otros, forman las causas que engendró el pensamiento de esta subversión. El faccioso sentía zozobrar su omnímodo poderío. Y su estrecha mentalidad no podía concebir que hubiéndolo obtenido en una revuelta; tuviera que dejarle de otro modo que no fuera también la violencia. Y para defenderse contra el repudio colectivo, para conservar su puesto de predominio y continuar ostentando su lujuriosa vanidad de mando y saciar su sed de lucro, tuvo que fraguar la sedición, el motín.
¿Cuáles, en efecto, los motivos de esta rebelión, que no sean los que acabo de señalar?
Nada dijeron hasta ahora los sediciosos. Nadie conoce por sus labios una tentativa de explicación. Siguen callados, silenciosos. Y para qué habían de hablar, desde luego, si la última palabra, el único y último argumento de Catalina será la fuerza acampamentada en los cuarteles, las bayonetas militares de los soldados que visten uniformes de la patria.
¿Cómo van a dirigirse al pueblo los que carecen de programas en el gobierno, de ideales en el partido, y han llegado al poder por el camino del crimen y de la traición?
Pero, señor presidente, acabo de pronunciar las palabras ¡traición! ¡crimen!; y he prometido que mi palabra sería de acusación y de justicia. Debo, pues, de una vez denunciar y acusar a los culpables.
Lejos de mi ánimo está incriminar al autor responsable de este golpe de estado, al aleve y desleal político que sin ninguna reflexión sobre las funestas consecuencias del ignominioso atentado, se ha lanzado a la triste aventura de turbar la paz de la república. Al fin, no tiene otro delito que el de ser un vulgar ambicioso; un caudillo logrero y violento, como otros tantos que han culminado en nuestra política. Su falta es la de carecer de toda noción cívica, y su traición al partido me tuvo la desgracia de contarle en su seno, no interesa mayormente al Parlamento.
En estos momentos debe preocupar a la representación nacional la revisión de otros valores, aquellos en quienes la confianza pública depositó la garantía de ser el respeto de las instituciones, la conservación del orden y el mantenimiento de los fueros de la Constitución Nacional. Me refiero, señor presidente, al ejército de la nación.
Ese ejército que habiendo sido en la tragedia del 70 heroico y glorioso defensor del suelo patrio, esperábamos, anhelábamos con todas las vehemencias de nuestros sueños patrióticos, fuera en estos instantes de nuestra formación democrática, el baluarte de las libertades, el refugio de los derechos del pueblo.
Ese ejército, señor presidente, que acaba de hacerse pasible del más ignominioso delito que puede imputarse a hombres que llevan uniforme de la patria. Ese ejército que debiendo ser modelo insuperable de lealtad y pundonor, está acusado ahora de traición en la persona de su más alto representante el coronel de la nación y Ministro de Guerra y Marina.
La palabra ¡traición! vibra como un estigma en el ambiente; y es al coronel Chirife a quien se acusa de felonía.
Y cumpliendo con el deber que me he propuesto, con pruebas irrecusables en mi poder, acuso al coronel Chirife de traidor al Poder Ejecutivo cuya confianza gozaba, traidor al Congreso que le discerniera en mala hora su alta graduación, traidor a las instituciones cuya garantía era, traidor a la Nación cuya seguridad representaba.
La tremenda acusación que acabo de formular, señor presidente, debe ser recogida por este Congreso, porque el atentado implica el crimen de la dictadura, repudiada por la Constitución nacional con la degradante pena de la infamia.
El coronel Chirife, con su innegable participación en el movimiento sedicioso, al conspirar contra el orden constituido, al prestar el concurso del ejército para el derribamiento del Presidente de la República, ha dejado de hacerse digno de llevar la espada de coronel de la nación, trocada en sus manchadas manos en aleve y temible puñal, dispuesta a herir por las espaldas los derechos del pueblo.
Es necesario, señor presidente, salvar la dignidad del ejército comprometida en esta ocasión, con la enérgica y firme determinación de obrar con inflexible severidad, porque no es posible malograr los esfuerzos de toda una colectividad ni arrasar los prestigios de toda una institución, como el ejército, por la culpabilidad de un solo hombre, por prominente y alta que sea su posición.
Consideraba de obligación ineludible del patriotismo hacer en esta hora esta penosa revelación, porque comprendía con serena y clara visión que debía de impedir, aún a costa del sacrificio personal, el espantoso derrumbe de tantos y tan generosos esfuerzos, de tantas abnegaciones, como son los que han requerido la obra de toda una generación en el transcurso de esta última década, para desterrar definitivamente de nuestra vida democrática el empleo de la fuerza y la violencia como método de lucha política. A admitirlo esta vez sin protestas, sin una severa y acerba condenación a los verdaderos culpables del ignominoso suceso, equivaldría a dar carta blanca para su repetición indefinida en el porvenir, o sea consentir de nuevo la fatídica sucesión del caos, la anarquía y en último término, la dictadura.
Porque es la dictadura el final inevitable de los actos políticos engendrados por la traición, como nos lo confirma la Historia con dolor osas experiencias.
Pero ahora que estamos en presencia de hechos consumados, todavía bajo la presión de las fuerzas subversivas ¿qué es lo que cabe hacer sino consignar nuestras airadas protestas contra la traición y el crimen?
Quién en efecto, responde que el honorable Congreso pueda hacer respetar su soberana voluntad.
¿Dónde están las garantías del cumplimiento de sus decisiones?
Y entonces, ¿a qué esta deliberación?
¿Cómo ni para qué decir al señor Presidente de la República qué su dimisión no ha sido aceptada, y que vuelva a ejercer su alta magistratura, cuando el Congreso carece de medios para asegurarle el libre ejercicio de sus atributos constitucionales?
El rechazo de su renuncia y su voluntad de reasumir el cargo no conduciría a otro resultado que poner en evidencia la grotesca comedia urdida por los autores de la sedición, amén de la disolución del Parlamento, y el consiguiente imperio de la dictadura militar, si no la anarquía y la guerra civil, si es que al menos no ha desaparecido de los corazones patriotas el amor a la libertad.
La juventud radical cumpliendo con el deber que se ha propuesto, no obstante, va a votar el rechazo de la renuncia del señor Manuel Gondra, como una protesta de altiva indignación contra el aleve motín cuartelero, y de repudio y reprobación contra sus autores, sobre quienes deja toda la responsabilidad de los luctuosos y tristes días que esperan a la patria *.
NOTA
* (7 de noviembre de 1921).
[LA CUESTIÓN DEL CHACO]
Sr. Díaz León— Pido la palabra.
Yo solicito de los señores diputados, que suscriben el mensaje, que hagan el favor de leer, si es que lo tienen a mano, el artículo 3º del protocolo Ayala-Mujía.
Sr. Vasconsellos— El artículo 3º del protocolo Ayala-Mujía dice lo siguiente: (leyendo) “Si no fuese posible convenir un tratado por arreglo directo, las altas partes someterán su cuestión de límites a un arbitraje de derecho”. Bolivia ha interpretado esta parte: “su cuestión de límites” como si con este artículo se retrotrajera la cuestión a su estado primitivo, porque en el artículo 5º se declara caduco el protocolo Soler-Pinilla donde se reduce la zona litigiosa a medio grado al oeste y más allá de Bahía Negra hasta los confines del Chaco. Y la minoría republicana necesita que el Poder Ejecutivo dé su opinión concreta clara sobre la interpretación de este artículo, porque una u otra interpretación varía totalmente los términos de esta cuestión.
Sr. Díaz León— Solicito nuevamente la lectura...
—Se lee por tercera vez.
Sr. Díaz León— Pido la palabra.
Yo pediría a los miembros firmantes de la minuta de interpelación que se suprima esta cláusula.
Sin tiempo para coordinar mi pensamiento en forma precisa, voy a hacer una breve exposición de los fundamentos que me asisten para pedir la supresión de este artículo 3º, a que se refiere la minuta de interpelación.
En las sucesivas prórrogas de aquél protocolo, tengo entendido que se ha suprimido el artículo 3º aludido para quedar subsistente solamente la cláusula del statu-quo. Porque no es posible que el artículo 3º se reproduzca en los tratados sucesivos por no encontrarnos en condiciones de arreglo directo ni de arbitraje de derecho.
Los sucesivos protocolos firmados, como digo, no hicieron otra cosa sino dejar subsistente el statu-quo. Tal es la prórroga Ayala-Mujía de 1913, en ese mismo sentido se firmó en 1918 la postergación indefinida del statu-quo Moreno-Mujía.
Como digo, ese artículo no puede subsistir sino para el caso de tratativa de arreglo directo o arbitraje de derecho.
Y aun cuando no fuese así, señor presidente, yo tengo entendido que la cuestión no debe plantearse en ningún momento en estos términos. El Paraguay en ningún caso puede someter a arbitraje toda la extensión del chaco. El solo enunciado de este pensamiento no puede tolerarlo el parlamento ni la opinión del país.
De consiguiente esta pregunta bien puede suprimirse por innecesaria, porque el Paraguay no puede tener otra opinión. Ni en son de pregunta puede admitirse el pensamiento de someter a arbitraje toda la extensión de nuestro chaco.
Esa pregunta está demás, ningún paraguayo debe dudar...
Sr. Vasconsellos— Pido la palabra.
De la exposición del señor diputado Díaz León puede deducirse que no está bien informado de la cuestión.
Los protocolos subsiguientes renovaron todas las cláusulas; el protocolo Ayala-Mujía hace referencia a ese tratado...
Sr. Díaz León— ¿Me permite una interrupción, señor diputado?
Aún en ese caso, la interpretación ya está dada en el protocolo Soler-Pinilla, porque en él se determina una zona cuyo paralelo y meridiano se fija en forma expresa. De modo que la pregunta me parece inoficiosa.
Sr. Vasconsellos— En eso disentimos.
El artículo 3º renovado sucesivamente por los demás protocolos, está en vigor. Ahora, necesitamos saber cuál es la interpretación de este artículo.
Es cierto que ningún paraguayo, ni mucho menos un parlamentario, debe admitir que se discuta la integridad de nuestro chaco; pero la verdad es, señor presidente, que se está discutiendo. No hay más que leer las obras publicadas, en las cuales la discusión está planteada en esa forma. Nosotros llevamos nuestras pretensiones más del grado 62, hasta la cordillera de los Chiriguanaes; los bolivianos la traen hasta frente a Asunción. Nosotros no tenemos otros medios de información que las publicaciones oficiales, y necesitamos oír de boca del señor ministro la interpretación que da a este artículo.
Yo sé, señor presidente, que la interpretación que da el señor diputado Díaz León es una interpretación autorizada, porque él, ha tenido oportunidad de desempeñar funciones diplomáticas ante el gobierno de Bolivia, pero por más autorizada que sean las palabras del señor diputado Díaz León, no es la palabra del Poder Ejecutivo y es necesario que en el recinto de la Cámara se deje oír la palabra del Poder Ejecutivo. Es por eso que insisto, señor presidente.
Por lo demás, con que el señor Ministro nos diga lo que acaba de decirnos el señor diputado, creo que no habríamos comprometido los derechos del Paraguay. La Cámara al hacer una pregunta no hace una afirmación.
Yo pido sencillamente la interpretación del artículo tercero, pero no tengo inconveniente en modificar los términos del cuestionario, dado mi espíritu conciliatorio y si se me permite, por secretaría, voy a hacerlo, de manera que diga en la siguiente forma: “3º. Cuál es el alcance del artículo tercero del protocolo Ayala-Mujía”, y podría suprimirse todo el resto, si es que el señor diputado se da por satisfecho. Podría preguntarse sencillamente al Poder Ejecutivo si cuál es la interpretación que da al artículo tercero del protocolo Ayala-Mujía.
Sr. Díaz León— Pido la palabra.
Yo tengo entendido que en el protocolo firmado entre Moreno-Mujía se resuelve el caso, porque por la cláusula que estaba en vigor se mantenía una misión diplomática en La Paz, misión confiada al señor Moreno.
Mientras subsistía esa misión, el artículo tercero estaba en pie puesto que esto significa que se realizaban negociaciones.
Pero desde que terminó la misión de Moreno es del dominio público que no se ha entablado ninguna negociación, de arreglo directo ni de arbitraje de derecho. Las negociaciones quedaron interrumpidas en 1919, desde entonces es del dominio público que ninguna de las dos cancillerías ha entablado negociaciones para resolver la cuestión. Por consiguiente, el artículo tercero, aún en el supuesto caso que tuviera que quedar subsistente, creo que ha sido anulado por el protocolo Moreno-Mujía. No sería oportuno puesto que actualmente no hay gestiones de arreglo entre las dos cancillerías.
Creo además que sería una política peligrosa el deslizar en un documento oficial una duda sobre esta cuestión. Yo creo que el gobierno como el Parlamento, como cualquier ciudadano de la república debe mantener firme o en toda su integridad la convicción de que aún en el caso de que sometiéramos a arbitraje esta cuestión, él no ha de abarcar todo el chaco sino las líneas clara y precisamente establecidas en el protocolo Pinilla-Soler.
Por eso decía que considero arriesgado, peligroso, que deslicemos en un documento oficial una duda del Parlamento. No debemos mantener esa duda ni por un minuto. Debe ser una convicción plena en el alma de todo ciudadano de la república. No debemos permitir discusiones al respecto. Esa pregunta significaría que en nuestro cerebro se agita la inquietud de una duda, argumento que puede sernos fatal, porque quien duda de sus derechos no cree en la solidez de sus títulos. Y como la cuestión es tan clara y tan precisa y no podemos aceptar en ningún caso duda al respecto, yo vuelvo a pedir a la representación colorada que se suprima esta cláusula. En todo caso, cuando el Ministro de Relaciones esté aquí presente que se le haga esta pregunta, pero lo que no me parece bien es que se asiente esta duda en un documento oficial. He terminado.
Sr. "Vasconsellos— Me permito preguntar al señor diputado Díaz León, por intermedio de la presidencia, si acepta esta redacción de la cláusula: ‘“Cuál es el alcance del artículo tercero del protocolo Ayala-Mujía”.
Respecto a la duda diré que el señor diputado Díaz León se pone en terreno falso. Hay que hacer una diferencia fundamental entre lo que se entiende por tratado y por protocolo. Sin ánimo de sentar cátedra sobre este punto, me permito llamarle la atención al respecto. El protocolo no puede obligar al gobierno, al estado paraguayo, no puede obligar a someter a arbitraje una u otra zona.
¿Por qué? Porque para el arbitraje es necesario un tratado, y el tratado no es tal si no llega a tener el voto del Parlamento- Solamente un tratado puede obligar al Paraguay a que someta a arbitraje una zona determinada. Los protocolos son meras gestiones tendientes a conducir a la realización de un tratado. El tratado es la culminación de esas gestiones, y, hasta entonces, el protocolo no puede obligar sobre el fondo sino sobre la forma. Es obligatorio el protocolo en cuanto establece el statu- quo, porque el statu-quo es una forma de garantir la libre y tranquila discusión del pleito hasta llegar a un tratado, ya sea para un arreglo directo, ya sea para un arbitraje. Por consiguiente, aun cuando el Poder Ejecutivo haya cometido la torpeza inaudita e imperdonable de comprometer en arbitraje toda la zona del chaco, el estado paraguayo no está obligado porque sería un compromiso sobre lo principal, y en lo que respecta a lo principal no puede haber compromiso si no hay el voto del Parlamento.
Yo he pensado muy bien en mi responsabilidad como paraguayo y como parlamentario al presentar estas cuestiones al Ministro de Relaciones Exteriores; he pensado muy bien en que, desde esta banca parlamentaria, debo ser un abogado de mi patria y no un abogado de esa patria que extiende sus invasiones sobre el suelo paraguayo. No ha de ser tampoco mi intención, ni la de mis compañeros de la representación republicana, traer preguntas que tengan que comprometer al Poder Ejecutivo en el sentido de envolver en situaciones difíciles a los que están dirigiendo los destinos nacionales. Si se envuelven ellos por propia culpa, carguen con ello.
El artículo 3º no compromete ni puede comprometer por su propia naturaleza. Pero, en cambio, es esencial, para la interpretación del punto, conocer la opinión del Poder Ejecutivo. Es esencial para saber hasta dónde se ha abusado de la bondad del pueblo, de la tolerancia del gobierno del Paraguay, para la ocupación de nuestro territorio. Y yo si tuviera que emitir mi opinión personal, debo decir que mi parecer es que se retrotraiga la cuestión a su estado primitivo: que ellos puedan pretender llegar hasta Asunción, pero que en cambio, nosotros podamos pretender hasta Parapití. Así reivindicaremos esa zona que, por el Protocolo Soler-Pinilla, hemos declarado indudable de Bolivia a pesar de la prueba terminante de nuestros títulos.
Puedo afirmar, una vez más, que la cláusula, cuya supresión se pide, no puede comprometer al gobierno por la naturaleza misma del protocolo. No hay peligro alguno que pueda traer su inclusión en la minuta. Por eso insisto en que el Ministro de Relaciones Exteriores se expida sobre el particular.
Admito todas las reformas que se quieran proponer. Mi intención no es buscar ardides curialescos para envolver al Ministro. Quien más que yo quisiera que el Ministro salga airoso exponiendo la situación privilegiada de nuestra patria. Por eso transijo en cuanto a la forma, pero no en cuanto al fondo. Yo necesito conocer la opinión del Poder Ejecutivo para poder, a mi vez, opinar honradamente, para poder desenvolverme en la banca parlamentaria que ocupo. He terminado.
Sr. González— Pido la palabra.
Quiero agregar algunas consideraciones a los argumentos del señor diputado Vasconsellos.
Nadie, entre nosotros, duda del patriotismo que debe dirigir los actos gubernativos, ni es nuestro propósito venir aquí a lanzar acusaciones extemporáneas.
Hay que considerar el momento que venimos pasando, y procurar levantar toda sospecha contra el gobierno, y precisamente esa pregunta tiende a aclarar esas sospechas, a fin de evitar que las cosas sean tergiversadas y para que se conozca toda la verdad en la cuestión.
De ahí la necesidad de que esta pregunta no sea excluida del cuestionario.
Sr. Díaz León— Una última rectificación.
Nadie pretende defender anticipadamente a la cancillería. El señor ministro ha de dar toda clase de satisfacciones a la Cámara.
La razón por la que yo me opongo a que se incluya esta pregunta la he expresado en una forma clara y concisa. He dicho que no existe actualmente ninguna gestión de arreglo; por consiguiente la pregunta es inoficiosa e inoportuna, por cuanto no ha llegado el caso de saber qué extensión de nuestro territorio debemos someter a una solución directa o a arbitraje.
En hora buena, que la bancada colorada hiciera cuestión sobre esta pregunta, si ellos supiesen que en estos momentos existen algunas tramitaciones entre las dos cancillerías para llegar a un acuerdo definitivo sobre la cuestión de límites; pero ellos saben muy bien que no hay actualmente ninguna gestión de arreglo, y por consiguiente el gobierno no puede tener ningún criterio acerca de la extensión que debe someterse al arreglo.
Además lo que se reproducen en los sucesivos protocolos, no es sino la parte referente al statu-quo, y el statu-quo, se relaciona con la zona litigiosa por lo mismo que las cláusulas forman parte de un solo cuerpo del artículo. Pero no quiere decir que el día que exista alguna gestión, el día que se empeñe alguna tratativa para llegar a una solución, el gobierno debe ceñirse estrictamente a esa zona delimitada por el arreglo Pinilla-Soler.
En esa ocasión nuestro gobierno ha de estudiar con seguridad una nueva zona para extender los derechos del Paraguay.
Pero si desde ahora mismo, por medio de documentos oficiales, por medio del pensamiento autorizado de toda una agrupación política, nosotros exponemos las dudas de que, puede ser que algún gobierno someta toda la extensión de nuestro chaco al arbitraje, es dar a Bolivia un argumento formidable y decisivo para pretender todo el chaco paraguayo.
Y yo no creo como el diputado Vasconsellos que el país tenga que ganar con preguntas de semejante naturaleza, de semejante carácter.
No puede concebirse, señor presidente, que tengamos que someter al arbitraje cosa nuestra evidentemente. A bien seguro que ningún abogado en una causa ha de someter a un árbitro de derecho la propiedad de un cliente sobre la cual él sabe que tiene títulos evidentes e indiscutibles. En ningún caso, señor presidente la cancillería paraguaya, por ejemplo, ha de someter al arbitraje la zona de Concepción o de Villa de San Pedro, así como ningún boliviano admitiría que se someta, por ejemplo, a arbitraje el departamento de Santa Cruz o el de Tarija o el altiplano.
Por eso al anunciar que es posible que el arbitraje comprenda toda la extensión del Chaco, hacemos muy flaco servicio a nuestra causa, y en lugar de ser abogados eficientes y eficaces, somos abogados que perjudicamos el éxito de la causa que defendemos.
Por estas consideraciones, señor presidente, vuelvo a pedir la supresión de la cláusula. Eso no quiere decir, señor presidente, que los republicanos, en el acto de la comparecencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores a esta Cámara, no puedan hacer la pregunta, ésta o cualquier otra más, todas las que ellos quisieran; pero, en ninguna forma voy a consentir con mi voto que una duda de esta naturaleza se asiente en un documento de carácter oficial.
Sr. Vasconsellos— Pido la palabra.
La argumentación del señor diputado Díaz León puede volverse en contra de la causa paraguaya. Sostiene que únicamente sometemos a arbitraje aquello sobre el cual tenemos títulos dudosos, es decir que al someter al arbitraje (por el tratado Soler-Pinilla) cuatro grados al norte de aquella rica zona indiscutiblemente nuestra y sobre la cual hemos ejercido nuestros derechos y soberanía, no solamente después de la independencia sino también durante la conquista, dudamos de nuestros derechos?
—El señor diputado Díaz León hace una objeción que no se oye.
Sr. Vasconsellos— Esa es la tesis. Si es que admitimos como principio, como teorema, que someter a arbitraje una zona es dudar del derecho que se tiene sobre ella, debemos admitir forzosamente que tuvimos un momento de flaqueza, en el cual hemos dudado de nuestros derechos sobre la zona situada cuatro grados al norte de Bahía Negra, sobre toda la margen del río Paraguay, sobre esa margen donde hemos ejercido nuestros derechos de soberanía después de la independencia y nuestros derechos coloniales desde los comienzos de la conquista.
Ya ve la Honorable Cámara cómo no es muy fácil razonar en esta cuestión de límites.
Sometemos al arbitraje esta cuestión porque al fin y al cabo el arbitraje no es sino una forma de arreglo directo, donde cada uno depone algo de sus pretensiones para llegar a una solución final, solución que es el precio de una buena amistad, de un cambio recíproco de relaciones comerciales, económicas y sociales si se quiere. Ese es el principio que debemos sostener, lo otro es renunciar en parte a nuestros derechos sobre el chaco.
No, señor presidente, esta cuestión es tan compleja, y cual todos partimos de un principio falso; creemos que un protocolo crea obligatoriedad sobre lo fundamental del asunto.
Aun cuando se haya cometido lo que para el señor diputado Díaz León es un error y para mí... (no emito, señor presidente, todavía no hago juicio), de retrotraer la cuestión en la forma como estaba planteada cuando el canciller Pinilla en su contestación replicó al ministro Peña; aun así creo que no se ha perjudicado al estado paraguayo porque fue o habría sido hecho por un protocolo y el protocolo no crea derechos, solamente los crea un tratado, y un tratado necesita la aprobación del parlamento.
Es absolutamente inocua esta pregunta bajo el punto de vista de la argumentación que pueda hacer Bolivia. Bolivia sostiene eso y mucho más sin necesidad de argumentos. Bolivia se burla de nosotros miserablemente. Bolivia mientras nos presenta el guante blanco de las relaciones diplomáticas está entrando en nuestro territorio y de allí no la sacaremos con tratados, con protocolos sino, con la pujanza y altivez de nuestra raza.
Es necesario que el señor ministro opine sobre este punto. Y para demostrar a dónde llega mi espíritu conciliador en este asunto que no busca sino la claridad, señor presidente, retiraré esta cláusula de la minuta si la mayoría parlamentaria no me niega el derecho de hacer esta pregunta al señor ministro cuando venga a dar explicaciones; que no sea que la opinión del señor diputado Díaz León no sea la de todos...
Sr. De Gásperi— La palabra del diputado Díaz León será honrada.
Sr. Vasconsellos... y se me diga que es una pregunta no incluida en el cuestionario.
Sr. Díaz León— Desde luego los señores diputados pueden hacer todas las preguntas que quieran.
Sr. Vasconsellos— Entiendo que deben tener relación con las del cuestionario.
Sr. González— Pido la palabra.
Esta es una cuestión muy grave en que es necesario deslindar muy bien responsabilidades personales y hasta partidarias.
Si no he entendido mal al diputado señor Díaz León, él ha afirmado que la representación republicana ha dicho desde estas bancas que es preferible dejar de lado el protocolo Soler- Pinilla y someter todo el Chaco al arbitraje. Es este punto el que he querido aclarar. Lo que la representación republicana ha querido es dejar de lado el protocolo Soler-Pinilla y retrotraer la cuestión al estado en que se hallaba cuando se produjo la protesta Peña en La Paz.
Es la aclaración que he querido hacer en nombre de la representación republicana. He terminado.
Sr. Díaz León— Una última salvedad, señor presidente.
Tengo entendido que el criterio universalmente adoptado y que debe serlo también por nosotros, es que el protocolo Ayala-Mujía no hace revivir del Pinilla-Soler sino la cláusula del statu-quo. Indirectamente hace revivir el artículo que se refiere a la delimitación de la zona litigiosa, pero es nada más que a los efectos de considerar el statu-quo. Tengo entendido que esa es la cuestión capital que debe determinarse con precisión para poder hacer las deducciones consiguientes.
Me parece además que con las palabras finales del señor diputado Vasconsellos ha terminado la cuestión.
Sr. Presidente— De modo que se va a dar por suprimido el artículo tercero.
Sr. Codas— El señor diputado Vasconsellos ha expresado su parecer personal sobre el punto debatido, y ha consentido en que fuera suprimido el artículo objeto del debate, pero como la minuta la ha presentado la representación republicana en conjunto, aparte de eso obedeciendo instrucciones de la comisión directiva del partido, que ha aprobado su texto, por mi parte no me considero autorizado a consentir en la supresión pretendida por la representación radical.
Además, después de haber escuchado la exposición de ambas partes no puedo explicarme, la razón que podría fundamentar la necesidad invocada por el doctor Díaz León de ocultar al conocimiento del pueblo esta cuestión, en primer lugar porque creo que no se trata de nada muy grave y luego porque aunque lo fuera, en este recinto no se debe ocultar nada, porque los representantes del pueblo tienen la obligación de enterarse de todo y el derecho de exigir que se los entere.
Exijo como representante del pueblo que no se oculte nada al pueblo. Que si se tiene miedo se muestre tenerlo, pero que no se lo disimule alardeando de un gran coraje, que no existe, simulación que puede ocasionar errores que habría que evitar.
Necesitamos, señor presidente, que el señor Ministro de Relaciones Exteriores exponga cuál es la situación actual de la cuestión. Y tengo entendido que ha de exponerlo con altura, que ha de explicarlo inteligentemente, que ha de trasuntar su criterio el más alto patriotismo. De manera que, no ha de comprometer, de ningún modo, en las explicaciones que dé a la Cámara, los derechos del Paraguay.
El doctor Díaz León decía en su exposición que la Cámara no debe dudar un solo momento los derechos que tiene el Paraguay sobre el Chaco. Yo entiendo, señor presidente, que nadie duda los derechos del Paraguay sobre el Chaco; pero, la verdad es esta: que Bolivia afirma tener derecho sobre todo el Chaco, y lo afirma ante el mundo, lo propaga por todo el mundo, y el Paraguay en cierto modo lo admite con su silencio, y las Cámaras consienten en que ese silencio continúe, peligrando en sí los intereses de la nación.
Por eso exijo que el señor Ministro de Relaciones Exteriores venga a darnos explicaciones sobre la base de la minuta presentada para que sea posible llevar al pueblo noticia exacta sobre lo que ocurre en esta cuestión internacional; que nos exponga acabadamente respecto del estado actual del asunto. Y yo tengo la seguridad de que el señor Ministro no ha de comprometer la dignidad nacional ni ha de comprometer los derechos del Paraguay en las declaraciones que haga en esta Honorable Cámara. He terminado.
Sr. Presidente— ¿El doctor Díaz León ha formulado concretamente la moción de supresión de la cláusula 3º de la minuta de interpelación?
Sr. Díaz León— ¿Podría decirme, señor presidente, si el señor diputado, que acaba de hacer uso de la palabra, se ha opuesto a la supresión?
Sr. Presidente— El señor diputado Codas se ha opuesto alegando, en nombre de la representación republicana, que esa cláusula no puede suprimirse por haber sido estudiada y aprobada por el directorio republicano.
Sr. Díaz León— Yo hago moción para que se suprima dicha cláusula, supresión impugnada por el doctor Codas no obstante la Conformidad dada por el señor diputado Vasconsellos.
Debo manifestar, una vez más, que la mayoría en ninguna forma incidentará la interpelación; ella ha de permitir todas las preguntas que haga, respecto de la cuestión, la representación republicana. Precisamente para zanjar las dificultades surgidas he propuesto que todas las cláusulas fueran resumidas en una sola en la que se pedirá la comparecencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores para que informe a ésta Cámara, detallada y minuciosamente sobre los antecedentes y situación actual de la cuestión de límites.
Varios— Muy bien.
Sr. Díaz León— En esa forma la minoría tendría amplio campo para formular todas las preguntas y solicitar todos los informes que crea convenientes. Con eso se acaba la argumentación de que deseamos en alguna forma ocultar los manejos de la cancillería. Puedo decir que somos los primeros en desear conocer a fondo la cuestión. He terminado.
Sr. Vasconsellos— Pido la palabra.
El proyecto de resolución propuesto por el señor diputado Díaz León sobre la cuestión de límites, y sobre todo cuando se autoriza a la Cámara pedir informes amplios, indeterminados, es inadmisible. El señor Ministro puede historiarnos la cuestión y discutiéndole muy bien puede estar girando durante seis meses en torno del asunto, sin que al final de cuentas se pueda sacar nada en limpio.
Para evitar una larga y enredada controversia, mismo para facilitar al representante del Poder Ejecutivo la reunión de datos sobre puntos determinados, concretos, indudables, que interesan a la nación, es que se hace indispensable la subsistencia de este articulado.
El señor Ministro puede dar su informe en media hora dada su ilustración y talento que deben abonarle; y nosotros, a nuestra vez, tenemos que hacerle muy pocas preguntas, más si es que no nos satisface la exposición del señor Ministro y tuviésemos que pasar el malísimo rato de expresar nuestro desagrado de su exposición.
Por éstas breves consideraciones yo me opongo a la moción del señor diputado Díaz León.
Sr. Díaz León— Pido la palabra.
Pero la razón que invoca el señor diputado para oponerse u mi moción, de que el señor Ministro puede verse obligado a hablar seis meses, no entraña peligro alguno. Esa razón puede descartarse.
Ahora, en la forma que propongo, la banca republicana no sólo puede formular esta y otra pregunta, sino todas las que les venga en ganas, en tanto que estableciendo los puntos concretos cuestionados, bien puede suceder lo que teme el señor diputado, que el Ministro diga, ésta pregunta no ha sido incluida.
Para que no ocurra esto y se puede obtener amplios informes, yo me permito ampliar en forma mucho más extensa todavía los términos de la interpelación. He terminado.
Sr. Montanaro— Pido la palabra.
He de ser brevísimo para expresar los fundamentos por los que no veo la razón de ser de la moción formulada por el señor Díaz León en contraposición a los términos de la minuta presentada por la representación republicana.
Me parece ha de resultar extremadamente violento y, sobre todo, hasta cierto punto, una impertinencia la resolución que pudiera tomar la Cámara en el sentido de que se pida la comparecencia del representante del Poder Ejecutivo para dar informes y explicaciones sobre todos los puntos que creyeren convenientes todos y cada uno de los señores diputados.
Y digo violento porque colocaríamos al representante del Poder Ejecutivo en el trance de tener que obligarle a responder puntos sobre los cuales no puede estar preparado; y una verdadera impertinencia, porque le obligaríamos a responder a todos los caprichos y ocurrencias que surgieren en torno a la cuestión.
A pesar de mi poquísima versación en cuestión parlamentaria, me parece inconveniente y hasta cierto punto ilegal, llamar a un Ministro de estado ante la Cámara para obligarle a responder todas las ocurrencias que se les antoje en el calor de la discusión a los señores representantes.
Yo creo esta suficiente razón para contemplar la situación del Poder Ejecutivo en la presente emergencia y no obligarle hacer improvisaciones sobre puntos que pudieran surgir en el curso de los debates y que bien puede crearle situación difícil tomándole de sorpresa. Y esta cuestión no puede ser resuelta en esa forma. Además, prevee, señor presidente, que a la mayoría de las preguntas que se podrían formular, el señor ministro contestará diciendo que es necesario estudiar el punto previamente, mediadamente, pues podría comprometer los intereses del Poder Ejecutivo.
Estas son las razones por las cuales me opongo a la moción formulada por el señor diputado Díaz León.
Sr. Díaz León— Señor presidente: insisto en mi primera moción.
Sr. Vasconsellos— Pido la palabra.
Voy a extenderme un poco más sobre el tema, ya que es una cuestión tan importante.
Las preguntas formuladas forman un todo orgánico; trata de definir con exactitud nuestras relaciones con Bolivia, no tanto las relaciones de derecho como la situación de hecho que los acontecimientos nos han impuesto. Desarticularlas es malograr el espíritu de esta representación, es ponernos en condiciones de no poder deducir un juicio que necesitamos para la actitud que tengamos que adoptar en el seno de esta Cámara. Por eso, señor presidente, hemos articulado en forma clara y sencilla esos puntos. Por hoy nos interesa aquello; si algún otro representante tiene deseos de conocer más ampliamente la cuestión, que en buena hora lo pida; pero que ahora, señor presidente, no se tenga la pequeñez de espíritu de querer coartarnos el ejercicio de un derecho, impidiendo que nos desenvolvamos dentro del marco que nos hemos trazado y la conclusión que deseamos, cual es la definición exacta de la situación en que nos encontramos con Bolivia. Por eso, sin calificar la actitud del señor diputado Díaz León, yo me opongo a la modificación, y llamo la atención de la Cámara de que el proyecto ha sido ya aprobado en general, y también en particular en su artículo primero.
Sr. Díaz León— Vuelvo a insistir en mi primera moción.
Sr. Vasconsellos— ¿Cómo dice el señor diputado?
Sr. Díaz León— Había manifestado anteriormente que insistía en mi primera moción.
Sr. Vasconsellos— Si es así retiro lo hablado.
Sr. Montanaro— Hago moción para que se declare cerrado el debate.
Sr. Presidente— Desde luego no ha sido declarado libre el debate. En la discusión en particular la discusión siempre es libre.
Sr. Montanaro— Entonces que se declare discutido suficientemente el punto.
Sr. Sánchez— Pido la palabra.
Ya que se va a poner a votación este delicado asunto, quiero dejar constancia de mi opinión en dos palabras.
En general creo que la minuta de la representación colorada, por lo menos en esta parte, que es la única que conozco, por no haber estado presente en la primera parte está ajustada a los términos de una minuta concebida honestamente; la minuta puntualiza concretamente lo que quiere saberse del Poder Ejecutivo.
Ahora bien, de parte de un miembro de la Cámara, que tiene especial versación sobre los puntos controvertidos hay una impugnación; según su autorizada opinión sería peligroso para los intereses nacionales la aprobación de la minuta así redactada. Y como es grande el celo que tengo por esos intereses, y a fin de no incurrir en una ligereza dañosa para mi país, es una forma tan precipitada, sobre tablas y en única instancia, como ocurre en toda minuta de interpelación, no puedo menos que apartarme, en esta emergencia de los términos, o del concepto, que deben caracterizar una minuta de interpelación. Y en este caso especial, dado lo delicado del asunto, votaré por la supresión de la pregunta en cuestión, sin perjuicio de que la Cámara, como dije, con mejor criterio y meditación del asunto, pueda resolver dirigir al Poder Ejecutivo esta u otra pregunta, en su oportunidad. He terminado.
Sr. Montanaro— Pido la palabra.
Me alarman, señor presidente, las palabras pronunciadas por el distinguido colega diputado Sánchez. Me alarman, digo, señor presidente, porque en la exposición hecha por el señor diputado Díaz León no he notado, no he oído al menos que el diputado Díaz León tuviera algún recelo en lo que pudiera comprometer al Poder Ejecutivo, con respecto a la respuesta que pudiera dar a la pregunta que se le formulará.
El señor diputado Díaz León solo ha manifestado que sería poner en duda por un solo instante el derecho que tenemos sobre nuestra jurisdicción territorial del chaco. No he oído, señor presidente, que hubiera algún cuidado, alguna necesidad de ocultar ciertas relaciones, ciertas tramitaciones, ciertas negociaciones. Si así fuere, probablemente cambiaría de opinión.
No obstante, señor presidente, ¿por qué ha de tener temor alguno esta Honorable Cámara que representa al pueblo soberano de saber la verdad sobre esta cuestión? ¿No representamos acaso a la totalidad de la república? ¿Y sus representantes, el pueblo mismo no han de saber lo que ocurre, tal cual debe saberse? Además existen medios para evitar la publicidad. La Cámara los tiene en sus manos. Si el señor diputado Sánchez conoce esos secretos de estado que no quiere sean conocidos por la representación del pueblo, por qué ha de ser tan egoísta, ¿por qué ha de pretender la exclusividad del conocimiento de esos secretos cuando que sus títulos son idénticos a los que nosotros ostentamos? Es por eso, señor presidente, y porque el diputado Díaz León no ha pronunciado esas palabras, porque él seguramente ha tenido el temor de que en la duda pudiera crearse algún derecho para Bolivia, no comparto la opinión emitida por el señor diputado Sánchez e insisto en la moción que formulé.
Sr. Vasconsellos— Pido la palabra.
Voy a hacer un breve razonamiento. Encuentro mayor peligro en la tesis sostenida por el señor diputado doctor Díaz León, la tesis que quien expone al arbitraje una porción territorial duda del título que pueda tener sobre ella: porque confesaría que pone en duda la legitimidad de los títulos que punce es que lleva ese territorio al arbitraje.
Pues bien. Por mi parte he cedido, señor presidente, en ramblar la redacción del artículo diciendo: Cuál es la interpretación que el Poder Ejecutivo da al artículo 3º del protocolo Ayala-Mujía. Creo que eso no compromete la opinión de la Cámara. No hay peligro.
—(El señor Ruffinelli se dirige en voz baja al orador).
¿Y si el señor ministro opone la excepción de que es inconstitucional hacer una pregunta no contenida en la misma?
La Constitución dice que las preguntas deben ser concretas y expresadas con anticipación, porque el ministro no debe venir aquí con una opinión personal, sino que debe traer instrucciones expresas del Presidente de la República, que es el único magistrado que puede autorizar una declaración oficial del Poder Ejecutivo. Y, señor presidente, si desistimos de esta pregunta corremos el riesgo de que mañana el Ministro de Relaciones Exteriores, haciendo una excepción, nos prive de conocer el criterio del Poder Ejecutivo sobre un punto cuya interpretación deseamos saber... De ahí nuestra resistencia.
Así es que yo creo que la minoría no se opondrá a que se varíe la redacción de la pregunta diciendo por ejemplo: “¿Cuál es la interpretación que el Poder Ejecutivo da al artículo 3º del protocolo Ayala-Mujía”.
Sr. Díaz León— Pido la palabra.
Quiero hacer dos rectificaciones: primera, la supresión que yo propongo no lleva el propósito de coartar la libertad de acción que se propone desenvolver la representación republicana. Tan es así que en el afán de acordarle mayores facilidades he propuesto incluir todas las preguntas en una sola, de manera a dejar amplio desenvolvimiento al objetivo de la representación republicana. De manera, pues, que protesto contra la afirmación de que la supresión de esa cláusula pueda significar un obstáculo que se pone en el camino de la representación republicana para cumplir con su deber. El motivo de la supresión lo he explicado suficientemente, por el cual no quiero insistir sobre el particular.
Otra rectificación. El señor diputado Vasconsellos ha insistido reiteradas veces pretendiendo destruir la afirmación de quien somete a arbitraje una porción de territorio es porque duda de la legitimidad de sus derechos. Vuelvo a insistir, señor presidente, y si es cierto evidentemente que al consignar el protocolo Ayala-Mujía el arbitraje sobre una extensión de territorio, en cierta manera ponemos en duda la legitimidad de los derechos por parte del Paraguay.
Pero, al hacer esta enunciación, hay que conocer un tanto los antecedentes de la cuestión; hay que recordar que había y existen tratados anteriores.
Nosotros debemos mantener íntegra nuestra soberanía sobre todo el Chaco; y si en todos los momentos no fue posible sostener en una forma íntegra, amplia, el dominio de nuestros derechos sobre ese territorio, será seguramente porque estábamos atados por las disposiciones de los tratados que existían. Pero cabe consignar con legítimo orgullo que en cada tratado sucesivo que iba suscribiendo el Paraguay, iba reivindicando extensas zonas, hasta llegar al protocolo Soler-Pinilla que es la más vasta que se ha obtenido por nuestros diplomáticos desde el año 70.
Por eso decía, señor presidente, que no es cuestión de formar juicios ligeros sobre tan grave cuestión; no es, señor presidente, con palabras efectistas ni con argumentos gruesos que se debe recordar hechos del pasado ni a los hombres que intervinieron en el largo proceso de nuestra cuestión de límites, sino con toda serenidad.
Por esto, señor presidente, he propuesto para que se invite al señor Ministro de Relaciones Exteriores a fin de que nos traiga todos los antecedentes de la cuestión hasta su situación actual. Y los señores diputados colorados, con argumentos baladíes han pretendido evitar la proposición presentada so pretexto de que el informe duraría seis meses, y de que se sorprendería al señor ministro con preguntas impertinentes.
En la seguridad de que la representación republicana no ha de insistir en su pedido, termino, señor presidente.
Sr. Vasconsellos— Aceptar la tesis del señor diputado Díaz León es consagrar que al someter a arbitraje cuatro grados más arriba de Bahía Negra, dudamos de nuestros títulos inalienables sobre esa zona; es consagrar la tesis que la promesa de arbitraje de un protocolo es el resultado de la duda que tenemos de nuestros derechos sobre ese territorio; es consagrar en esta Cámara que alguna vez dudamos de nuestros derechos sobre cuatro grados arriba de Bahía Negra. Eso sí que es un peligro, no lo otro. Solo la dialéctica podría justificar lo contrario. En todo caso dudamos del Poder Ejecutivo, del buen tino de los que firmaron este protocolo, pero de ninguna manera de nuestros derechos.
Preguntamos al Poder Ejecutivo si el espíritu de un artículo de un protocolo firmado por él reduce la discusión a una zona o si debe versar sobre todo el chaco. En el peor de los casos, dudamos del buen tino de los que firmaron el protocolo, pero en ninguna forma de nuestros derechos, desde el momento que únicamente los tratados pueden afirmarlos o ponerlos en duda y los tratados tienen que ser autorizados por el Parlamento.
Sostengo mi tesis: en un caso de arbitraje, la parte depone derechos legítimos, depone una parte del todo, para llegar a un acuerdo, a una solución del asunto, solución que es el precio de este renunciamiento de una parte del derecho que le asiste. Ese es el alcance del arbitraje, de ninguna manera puede ser la declaración de que dudamos de nuestros títulos sobre la zona sometida al fallo del árbitro.
Quiero creer en la sinceridad del señor diputado Díaz León, y más aún, quiero creer que está impresionado por las argumentaciones hechas por el doctor Domínguez, en Buenos Aires, cuando a toda costa querían someter al arbitraje todo el chaco. Entonces fue cuando el doctor Domínguez sostuvo la tesis de que: quien somete a arbitraje una zona, duda de sus derechos sobre dicha zona; tesis peligrosa que no acepto.
Seguramente el señor diputado Díaz León, impresionado por el razonamiento del doctor Domínguez, reproduce la tesis, y llamo la atención sobre el hecho de que si nosotros la consagramos con un voto habríamos definitivamente dicho en este Parlamento, por una manifestación de la voluntad colectiva de los representantes, que quien somete al arbitraje una zona es porque duda de los títulos sobre esa zona. Y esto, señor presidente, es mucho más grave que el peligro enunciado por el señor diputado Díaz León. Yo creo que el ilustrado criterio del colega ha de ser suficiente para comprender esta inmensa gravedad, contra la cual ahora, señor presidente, me opongo con el ardoroso patriotismo que me alienta.
No obstante, señor presidente, y dado mi espíritu conciliatorio, propongo una reforma al cuestionario: que se pida al Poder Ejecutivo que interprete esa cláusula. Ya no se puede invocar el supuesto peligro que enuncia el señor diputado, y oponerse a ello es tener no sé qué designio inconfeso.
Yo no quiero calificar esto, pero tampoco encuentro una explicación.
Rogaría por mi parte al diputado Díaz León que así como se hace en el arbitraje esta vez depongamos recíprocamente nuestras proposiciones y se reduzca la cuestión a la pregunta que propongo.
Sr. Díaz León— Pido la palabra.
El señor diputado Vasconsellos está sosteniendo el mismo criterio de Claudio Pinilla, o sea del canciller boliviano. Yo creo que si el señor Vasconsellos y el señor Pinilla coinciden hay por qué dudar. Porque el doctor Pinilla, entonces canciller, al extender sus vistas sobre toda la extensión del territorio, en su contestación al doctor Peña, defendía con eso derechos bolivianos.
Sr. Vasconsellos— Es un chiste del señor diputado.
Sr. Díaz León— Es una cosa muy seria lo que digo.
Sr. Vasconsellos— No invoco absolutamente argumentos del doctor Pinilla. El canciller boliviano decía: “Si ustedes no dudan de sus títulos ¿por qué no someten a arbitraje todo el chaco?”. Este era el razonamiento del doctor Pinilla cuando las conferencias en Buenos Aires. Pero no es esa la cuestión. Sostengo que a pesar de que no dudamos de nuestros títulos sacrificamos parte de nuestros derechos a fin de lograr un resultado final que sería el precio de ese renunciamiento de nuestros derechos. No sé en qué idioma habría que hablar para ser más claro.
Sr. González— Pido la palabra.
Creo que la observación del señor diputado Díaz León parte de una base falsa. Lo que pedimos es que el Poder Ejecutivo nos diga si con la revisión del artículo 7º del protocolo Soler-Pinilla se mantiene en su estado primitivo la zona que sería sometida a arbitraje en caso de que se vaya a él...
—(Hablan varios señores diputados a la vez y no se puede percibir las palabras del orador).
Y eso en vista de que los abogados de una y otra parte al discutir, según las actas y sus publicaciones, no reducen la discusión sobre esa zona. Discuten sobre todo el chaco.
Nosotros deseamos saber el criterio del Poder Ejecutivo al respecto: si estas discusiones están aprobadas por él. Si en publicaciones oficiales los abogados del Paraguay están discutiendo todo el Chaco, es necesario que se nos diga cuál es la zona litigiosa*.
[INMIGRACIÓN MENONITA]
Sr. Presidente— Orden del día: proyecto del Poder Ejecutivo por el que se amplía la Ley Nº 514 de Colonización a los Mennonitas.
Sr. De Gásperi— Pido la palabra.
Sr. Presidente— La presidencia informa que ha recibido una comunicación privada del Poder Ejecutivo referente a la minuta presentada por el señor diputado López Moreira, anunciando que no están terminados los datos recogidos que se piden en la minuta y manifestando que en breves días podrá darlos a la Honorable Cámara.
Sr. De Gásperi— Pido la palabra.
A nombre de la comisión respectiva voy a decir dos palabras en apoyo del proyecto del Poder Ejecutivo, venido a esta Cámara, por el cual se amplía a favor de otras sectas la ley de concesión a los mennonitas.
Los grupos que además de los mennonitas muestran interés en trasladarse al Paraguay, algunos son religiosos y otros étnicos. Entre ellos hay quienes profesan el dogma de la no resistencia y otros no. La secta no combatiente más importante y la más interesada actualmente en venir a nuestro país es la de los Doukhabors. Se trata de un grupo muy próspero, muy trabajador y conceptuado al igual que los mennonitas. La empresa de colonización que dirige los trabajos de propaganda en pro de la colonización en Paraguay, tanto en Canadá como en los Estados Unidos, tiene en vista además de los Mennonitas y los Doukhabors, a los Molokans, secta religiosa, a los Luteranos que no son antimilitaristas, a los Rutenios, originarios de la Europa Central pero radicada desde tiempo en el Canadá y Estados Unidos. Además hay otros grupos menores. Todas estas agrupaciones constituyen comunidades eminentemente agrícolas con recursos suficientes y sin ningún inconveniente desde el punto de vista racial, político, religioso, etc., todos son individuos respetuosos que desde el día de su llegada se considerarán vinculados a nuestro país sin acogerse a protecciones extranjeras.
Sería difícil dar una información escueta respecto a la jurisprudencia americana en los casos llamados de objeción de conciencia. Lo único que puedo decirle es que los Mennonitas, los Doukhabors y otras comunidades no combatientes no han tomado las armas ni en los Estados Unidos ni en Canadá aún bajo el régimen de conscripción durante la última guerra. Después de examinar bien las causas de la emigración de los mennonitas, se ve que la razón principal no es la cuestión del servicio militar, sino más bien motivos de orden económico. Han pedido la concesión a nuestro país lo mismo que pidieron a los países donde se establecieron antes. Sólo que en los Estados Unidos y el Canadá no existe el servicio militar obligatorio como institución permanente, y de aquí que no se les haya otorgado una exención expresa por medio de ley.
Los Mennonitas y los Doukhabors son considerados como los (primeros agricultores del mundo. Forman comunidades vastas y ricas en varios estados de la Unión, como Pennsylvania, Ohio, Illinois, Indiana y ahora mismo están penetrando en los estados menos poblados como Idaho, siendo verdaderos “pioneers” en los desiertos y tierras vírgenes.
En aquella ocasión cuando se dictó la ley, no se contempló la necesidad de que también pudiera interesar a otras sectas. Y esta es la hora que esa posibilidad se presenta; y es por esto que el Poder Ejecutivo ha presentado el proyecto que está a la consideración de la Cámara.
En el inciso lº y 2º del artículo lº del proyecto se establece claramente que los beneficios de la ley se extenderán a los miembros de cualquier otra comunidad no combatiente y a sus descendientes que se establezcan en el Chaco, por grupos, a títulos de colonos por su propia cuenta o por cuenta de terceros, y en el 2º que se conceden iguales derechos a los miembros de cualquier otra comunidad religiosa que vengan a establecerse en el Chaco, con excepción del servicio militar obligatorio.
En el artículo 2º declara exento del impuesto de papel sellado, por el término de diez años la trasmisión de las propiedades particulares a favor de cualquier empresa de colonización en el Chaco, así como la transferencia de su dominio a los colonos.
Excuso decir que la comisión de Hacienda después de haberse impuesto de la bondad de este proyecto, se ha permitido aconsejar a la Honorable Cámara su aprobación. Por el momento he terminado, señor presidente.
Sr. Presidente— Con el dictamen del señor miembro informante, está a consideración de la Cámara el estudio en general del proyecto.
Sr. Vasconsellos— Pido la palabra.
Por lo reducido y vago del dictamen de la comisión, creo que la Cámara no está habilitada para votar este proyecto. No creo yo, señor presidente, que un proyecto tan trascendental, que afecta incuestionablemente principios claros de nuestra Constitución, fuera fundamentado en la forma como fue hecho por un distinguido miembro de esta Cámara, a quien sobra capacidad y condiciones para hacerlo mejor.
Nosotros no conocemos, ni estamos en condiciones de conocer a las tales corporaciones. No sabemos en qué forma dichas corporaciones han manifestado su voluntad o el deseo de venir al Paraguay. No sabemos cuáles son sus condiciones morales y étnicas, para que de ello podamos deducir cuál es la utilidad que hemos de recojer o que ha de recoger el país de la venida de estas corporaciones. No sabemos por qué medios se ha enterado el Poder Ejecutivo de estas cosas o de las condiciones de estas corporaciones. Ignoramos si sobre el particular hay gestiones serias, importantes; si esas gestiones han partido de los interesados o de los agentes del Paraguay. Todos estos elementos de juicio son indispensables para el legislador que tenga que discutir ese proyecto de ley.
No cabe esperar que ni el Poder Ejecutivo ni la comisión informante ignore igualmente estos hechos que acabo de enumerar.
No quiero tampoco creer que conociéndolos, los calle, para ir sirviéndose de ellos en el curso de los debates como acostumbran hacer los abogados más o menos habilidosos en los jurados y otros lugares donde se plantean la acusación y la defensa.
Por eso, señor presidente, antes de entrar a discutir el proyecto y para poder discutirlo con pleno conocimiento de todos sus antecedentes, pido, por intermedio de la presidencia, a la comisión dictaminante se sirva ampliar su dictamen ahincando estos puntos mencionados. He terminado.
Sr. De Gásperi— Pido la palabra.
Yo lamento, señor presidente, que por mi escasa preparación no haya tenido, en mi informe anterior, la virtud de poder satisfacer a mi estimado colega el doctor Vasconsellos. El informe es verdaderamente escueto, porque soy enemigo de hacer discursos; a mí no me gusta hacer frases oratorias alrededor de estas cosas que yo las reputo sencillas, que están al alcance de todos, por ser un hecho de pública notoriedad el asunto que ventilamos en estos momentos.
Los medios de que nosotros de la comisión de Hacienda nos hemos servido para averiguar los datos requeridos por el señor diputado, no han podido ser otros que los humanamente posibles al alcance de cualquier otro diputado. Es de pública notoriedad que en esta ciudad se ha constituido antes de ahora una asociación de capital con la denominación de Corporación Paraguaya, y según sus estatutos publicados en la prensa de Asunción, es una asociación que tiene por objeto colonizar el Chaco.
Uno de sus miembros más destacados y muy conocido, si es que no estoy equivocado, es el ex-presidente de la república doctor Eusebio Ayala, con quien he tenido que ponerme en contacto para averiguar precisamente los datos que he suministrado a esta Cámara.
Esta corporación como digo, ha tomado a su cargo la colonización del Chaco trayendo del Canadá y los Estados Unidos a esa secta religiosa que se ha nombrado.
Por lo demás, el hecho de la venida de los mennonitas es bien conocido por todo el mundo por publicaciones hechas en la prensa. Han llegado los primeros grupos que en estos momentos están en plena posesión en el Chaco. Yo no pongo, pues en duda las informaciones que se suministran por estas fuentes tan importantes.
Por otra parte fuera de estas informaciones, existen obras en las que un curioso puede dirigirse para hacer averiguaciones, sobre quiénes son los mennonitas. En una obra inglesa, “El Nuevo Diccionario Internacional”, edición de 1927, trae los más precisos detalles sobre la secta mennonita, y así dice en el párrafo correspondiente: “Los mennonitas son una pequeña secta de cristianos protestantes evangélicos, así llamados de Menno Simonms (1492-1599) de Frisia (Prov. de Holanda) uno de sus jefes. Su credo, que es el adoptado por los menonitas de Holanda en 1638, contiene las doctrinas evangélicas usuales y prescribe la práctica del lavado de los pies, el matrimonio entre miembros del mismo credo solamente, y con una mujer solamente; no con varias como tranquilamente se ha afirmado La no resistencia a la violencia, el uso del bando y la excomunión y la prohibición de prestar juramento. Rechaza el bautismo de los niños, no acepta cargos públicos a excepción de aquellos relacionados con la dirección de escuelas, y su ministerio (eclesiástico, obispos o mayores ministros y diáconos) es elegido de las congregaciones. En los EE.UU. de Norte América existen varias ramas de mennonitas que son las que se indican en el siguiente cuadro”. Y aquí viene una enumeración más detallada y entre ellas se encuentran las sectas de rutenios y molokans y los luteranos que no son antimilitaristas, y los de la Europa Central que constituyen un solo grupo de los cuales ya hice referencia antes. Ahora si el propósito del señor diputado es que yo informe sobre el aspecto constitucional del proyecto, no creo que sea necesario que hable sobre esta cuestión, dado que antes de ahora ya este mismo Congreso ha dictado una ley de concesión a los mennonitas venciendo los escrúpulos constitucionales de un grupo muy respetable de la opinión. Esa vez se discutió ampliamente si esta ley era o no constitucional, y la prueba de que a juicio del Congreso de aquella época, el proyecto no era inconstitucional, fue que le prestó su sanción y hoy es ley del país.
En estas condiciones, pues, se me excusará de entrar en los pormenores de la cuestión constitucional que envuelve este proyecto y, como digo, si este informe no satisface a la Cámara, acaso el señor Ministro de Hacienda que nos hace el honor de acompañarnos en esta sesión, podría suministrar a ella los datos que yo no he podido entregar a la consideración de mis colegas. Por el momento he terminado.
Sr. Ministro de Hacienda— Pido la palabra.
Con el objeto de acortar en lo posible, la discusión, si se considera conveniente la Cámara, voy a permitirme complementar los datos que ha suministrado el señor diputado De Gásperi en nombre de la comisión.
También piensa el Poder Ejecutivo, que los principios de la ley de concesión vigente a los mennonitas han sido incorporados, ya, a nuestra legislación, de modo que en estos momentos parecería que no habría por qué discutir la constitucionalidad o la inconstitucionalidad de ella, puesto que se trata simplemente, a juicio del Poder Ejecutivo, de acoger a los beneficios de esta ley vigente a algunos otros grupos interesados que han hecho llegar este interés al Poder Ejecutivo por mil conductos diferentes. Estos interesados que forman una secta aparte, dentro de la misma comunidad mennonita, han hecho llegar al Poder Ejecutivo por intermedio del general Mac Roberts, presidente del grupo interesado en esta colonización, que desean acojerse a los beneficios de la ley.
El Poder Ejecutivo después de una deliberación celebrada en consejo de ministros ha llegado a la conclusión de que podía darse estos beneficios, por cuanto se autorizaba a los mennonitas, pero este grupo nuevo, diremos así, no desean venir si el Congreso de la nación no hace un pronunciamiento especial.
Es por esto que el Poder Ejecutivo ha traído este proyecto de ley. Me parece señor presidente, que lo que en este momento más interesa a la Cámara es el punto de vista económico, por cuanto el punto de vista jurídico y constitucional ya está resuelto.
Los mennonitas han llegado actualmente al Paraguay en número que oscila entre mil trescientos a mil cuatrocientos. Antes de llegar a mil personas han traído más de un millón de dólares.
La salida de los mennonitas del Canadá hacia el Paraguay ha despertado tal interés alrededor del nombre del Paraguay en Canadá que el Ministerio de Hacienda ha recibido numerosísimos pedidos de informes respecto a la legislación del Paraguay; datos sobre agricultura, caminos, vías férreas, distancias entre los mercados de consumo, etcétera.
Estas comunicaciones han sido contestadas invariablemente acompañando la legislación y dando los datos complementarios. El hecho de la venida de los mennonitas ha establecido una corriente bancaria entre Canadá, Estados Unidos y el Paraguay. Además la colonización mennonita en el Chaco ha tenido importancia en la cuestión de orden internacional respecto a la cuestión de límites que el Paraguay mantiene con uno de los países limítrofes.
Tal es así que es juzgado este hecho como uno de Ion fenómenos de mayor interés y de los hechos más decisivos de la ocupación del Chaco por el Paraguay. Y la ventaja económica es también indiscutible.
Por el momento voy a terminar sin perjuicio de dar mayores datos si la Honorable Cámara creyera conveniente.
Sr. Vasconsellos— Pido la palabra.
El señor diputado De Gásperi parece haber creído que mi exposición anterior se limitaba a pedirle un discurso, y es el caso que le he pedido datos. Y es el caso también, que el diputado De Gásperi ni ha hecho discurso ni ha ampliado datos, así como tampoco lo ha hecho el señor Ministro de Hacienda.
A nosotros nos interesa saber dos cuestiones capitales: si estas corporaciones han manifestado sus deseos, sus propósitos de venir al Paraguay; en este caso si por qué medios han manifestado dichos deseos. Y este otro punto: si el Poder Ejecutivo conoce a tales comunidades y cuáles son los beneficios que pueden reportar al país, debiendo decir también cuáles son los medios de información que han servido al gobierno para establecer sus conclusiones.
Con estos elementos de juicio nosotros podemos legislar, podemos saber, en primer término, que hay la probabilidad de que vengan en caso que se les otorgue la concesión que piden, y en segundo término, si al venir traerían beneficios positivos al Paraguay.
Los datos traídos por el señor diputado De Gásperi creo que son insuficientes. Que los mennonitas profesan el culto de lavarse los pies y de resistir a los cargos públicos, creo que no son beneficios bastantes todavía para que proclamemos la necesidad de derogar principios fundamentales de nuestra Constitución. El solo hecho de traer capitales al país no creo tampoco que sea un medio positivo de progreso, un factor de progreso nacional, y aun cuando lo fuera, es el caso de ver si estos aportes de los menonitas o de estas corporaciones a que se ha referido el señor diputado, no han de ser contrarrestados por otros perjuicios.
En una palabra: no nos basta el criterio del Ministro de Hacienda; necesitamos también el criterio del estadista. Creo que tanto el señor diputado De Gásperi, como el señor Ministro de Hacienda, en esta oportunidad, al fundamentar la ley, podían hablar como estadistas.
Fundado en esto, señor presidente, yo me permito pedir la ampliación de dichos informes en el sentido que he indicado, sin que esto pueda ser cargosidad de mi parte, pues que invoco la necesidad de conocerlos; y los señores informantes tendrán la amabilidad, la generosidad de satisfacer nuestra curiosidad, para que podamos plantear la discusión en su legítimo terreno. He terminado.
Sr. De Gásperi— Pido la palabra.
A mí me parece que en ciertos casos no es posible exigir no que no puede darse, por ejemplo, acerca de la secta que quiere venir al Paraguay.
Además, es de pública notoriedad, señor presidente, dado que nosotros no hemos ido al Canadá o a los Estados Unidos para ver quiénes eran los mennonitas. Únicamente el señor diputado Insfrán estuvo por aquellos lugares. Nosotros, no sabemos más que por las informaciones que nos suministran algunos hombres y por las publicaciones de algunas revistas y libros al respecto. Sabemos también que esta secta religiosa de los mennonitas desea venir al país a fin de colonizar nuestro Chaco. Y el propósito del gobierno, la acción gubernativa, al propiciar el proyecto que ocupa ahora la atención de la Cámara, es la de poblar el Chaco, la de convertir sus desiertos en campos de plantío y si es posible, en ciudades. Ese es el programa, la finalidad, señor presidente, que ha movido a los hombres del gobierno y a los hombres del partido liberal, a propiciar en primer lugar la ley conocida con el nombre de mennonitas y que actualmente es proyecto de ley.
Ahora, si esa no es la misión del gobierno, debo de decir a mi honorable colega señor Vasconsellos que tampoco en este caso, puedo satisfacerle.
A mí me parece, señor presidente, que esa es la misión del estadista: buscar por todos los medios posibles, tratar de poblar un desierto tan grande como es el Chaco y que en la actualidad no lo tenemos aún poblado sino en las riberas y algunos lugares del centro por fuerzas paraguayas que son las que objetivan la soberanía de la nación sobre esta extensa zona del territorio nacional. . .
Sr. Vasconsellos— Pero establecer gentes en un lugar determinado, señor presidente, no quiere decir poblar. Entiendo que poblar es formar poblaciones permanentes, estables, engrosar la sociedad nación gobernada por el Estado...
Sr. De Gásperi— Muy bien. Estoy de acuerdo con lo que dice el señor diputado; es lo que se busca, señor presidente. Y esta secta tiene ese pensamiento; desean venir al país para incorporarse de una manera definitiva...
Sr. Vasconsellos— Es lo que yo quiero saber, señor diputado; si con traer a estas gentes íbamos a poblar el Chaco, si tienen deseos de venir y cuáles son las condiciones de esta comunidad, si desean formar poblaciones permanentes, si desean echar el cimiento de ciudades; si cuales son los hábitos sus medios de vida, si los capitales que aportan al país son capitales que vienen en forma definitiva o si mañana abandonarán el lugar que ocupan sin dejar ningún cimiento de población, en la misma forma que ahora van a abandonar el lugar que están ocupando Canadá. Por eso decía, señor presidente, que quiero saber el criterio del estadista porque si bien el aporte de capitales al país, beneficia, no es menos cierto que la emigración de capitales trae grandes desequilibrios y grandes perjuicios.
Son estos los datos que el señor Ministro debe aportar a la Cámara y son estas los informes que debe dar el miembro informante; y no podemos nosotros darnos por satisfechos con saber estos datos nada más que como simple información. Debemos saber también los medios de información del Poder Ejecutivo, para saber si esas informaciones son serias y atendibles.
Sr. De Gásperi— Quería decir que a estar a todos los datos que hemos recogido, de cuya veracidad no puede dudarse, por las fuentes de donde proceden, hemos aceptado como verdad el propósito, serio, definitivo de este grupo que desea venir al Paraguay.
Son, como digo, grandes grupos agrícolas, son gentes trabajadoras que desea incorporarse al acerbo de nuestros recursos nacionales, incorporarse con su trabajo, su peculio propio,
Por medio de grandes grupos de capitales formados por ellos mismos han obtenido la adquisición, de extensas zonas de tierras en el Chaco paraguayo, las tierras que fueron del señor Casado.
Esto, es de pública notoriedad y nadie puede ponerlo en duda.
Estas tierras, naturalmente, se compraron para los mennonitas y por cierto se venderán a los otros grupos que ahora quieren venir al Paraguay al amparo de esta misma ley.
Ahora, si de aquí a un siglo estos mennonitas emigran de nuestro país, sería un hecho que no cabe, bajo la previsión humana, porque está fuera de nuestro medio prever los acontecimientos que pueden ocurrir a 50 o 100 años de distancia. Yo tendría que ser un dios, algún ser extra-humano, extraordinario, para poder prever las contingencias del porvenir a tan largo tiempo, y en estas condiciones no me sería dado desempeñar mi modesto cargo de miembro informante de la comisión de Hacienda; yo declinaría toda responsabilidad y guardaría silencio.
En esas condiciones yo no puedo continuar hablando; no se me pidan datos que no pueda dar y que no daría ningún miembro de la Cámara.
Los mennonitas, por lo que yo sé, han hecho emigraciones; estuvieron en Holanda, Rusia, Canadá y se movieron por persecuciones religiosas. Ahora bien, si en nuestro país no surgen persecuciones de ninguna especie, si no sufren contingencias desagradables, que les perjudiquen en sus intereses, acaso ellos queden, definitivamente en nuestro país, pero como digo, estas son contingencias del porvenir, que no pueden preverse de ninguna manera y quiera Dios que no me equivoque, yo creo, que esta colonia será beneficiosa para nuestro país, por-que los mennonitas que piensan incorporarse al Paraguay, vendrán, a trabajar en la soledad pampeana del Chaco, a laborar el suelo, a enriquecerlo, a hacer fructificar esa tierra desierta cuya soledad desvastadora no invita por cierto a nadie a incorporarse a ella, desafiando los peligros inmensos y también las desagradables contingencias que importa la población de tierras desconocidas.
A este propósito, señor presidente, quiero permitirme leer a la Cámara algunos párrafos del discurso que el gobierno del Canadá pronunció cuando a nombre de S. M. británica, la reina Victoria, saludó la incorporación de los mennonitas a las tierras del Canadá. Lord Duferin, en su célebre discurso, que también se ha publicado en la prensa de nuestro país, decía lo siguiente:
“.. .La guerra a que os invitamos como camaradas de armas es la guerra desplegada contra las fuerzas brutas de la naturaleza; esas fuerzas aceptarán nuestra dominación librándonos sus incalculables tesoros. Es esta una guerra de ambición—pues entendemos conquistar territorio tras territorio— mas no quedarán como huella de nuestra victoria aldeas en llamas ni campos devastados; nuestros batallones marcharán impertérritos por los llanos ilimitados que baña el sol en su carrera; las ondulantes praderas florecerán a nuestro paso y riquezas, paz y abundancia brotarán del suelo hollado por nuestras plantas.
Y no seremos nosotros los únicos afanosos en esta benéfica labor; veréis que la única nacionalidad con la que podemos estar en contacto está empeñada en la misma pacífica tarea. Ella, tal como nosotros, aplica sus energías a hacer avanzar el estandarte de la civilización hacia el Oeste, no a título de rivales nuestros sino a títulos de aliados; y una comunidad de intereses, propósitos y aspiraciones ha creado ya entre el pueblo de los Estados Unidos y nosotros una unión que, tengo fe, será una vinculación indisoluble de afectos.
Y bien, si venís en busca de paz, a lo menos, podemos prometérosla. Pero no sólo os ofrecemos las bendiciones naturales de esta tierra. Anhelamos que compartáis con nosotros nuestra libertad política, nuestro derecho municipal, nuestras instituciones democráticas; os invitamos a prestarnos vuestro concurso para elegir los miembros del Parlamento, formar nuestras leyes y cimentar nuestros destinos futuros. No hay derecho ni función que nosotros ejercitemos como ciudadanos libres que no sea accesible a vuestra participación y con la libertad civil os ofrecemos igualmente absoluta libertad religiosa. Las formas de culto que habéis traído podéis practicarlas sin ninguna clase de restricción y confiamos en que vuestras prácticas virtuosas llamarán sobre vosotros los mismos beneficios que en vuestros hogares de Rusia, pues sabemos que sois una comunidad prudente, que vive en el temor de Dios y como tal sois doblemente gratos para nosotros.
Me ha proporcionado el más grande placer cruzar vuestras aldeas y contemplar vuestros hogares confortables, vuestras granjas y cortijos, que han surgido como por ensalmo sobre la fértil llanura; ellos prueban que sois expertos en la labranza y que habéis alcanzado un alto nivel de confort doméstico.
En nombre del Canadá y de su pueblo, en nombre de la reina Victoria y de su imperio os tiendo una mano fraterna y os repito que sois bienvenidos a nuestro afecto como a nuestra tierra y a nuestras libertades. A los ojos de nuestras leyes el que es menor entre vosotros es igual al más encumbrado magnate de esta nación y el más ufano de nuestros ciudadanos os saluda como a compatriotas suyos.
Hallaréis que el Canadá es una madre cariñosa y benéfica y bajo su égida confío en que vuestra comunidad está destinada a prosperar y a crecer por generaciones y generaciones.
En una palabra, bajo los pliegues del pabellón que flamea en estos momentos sobre nuestras cabezas, tendréis protección, paz, libertad civil y religiosa, igualdad legal y el amparo de una constitución liberal”.
Así, señor, presidente, en estos párrafos tan bellos, saludó el gobernador británico el advenimiento de los mennonitas al Canadá.
El gobierno británico, la libre Inglaterra, ha dado toda clase de facilidades a la incorporación de estos brazos, para la venida de los mennonitas a aquel territorio. Creo que la inmigración que se produce en estos momentos no es sino de una parte de los mennonitas.
En estas condiciones, como he dicho yo, dadas mis escasas posibilidades, dada mi escasa previsión no puedo contestar al señor diputado cuando me pregunta si la incorporación de ellos será definitiva. Por esta razón doy por terminada mi exposición en lo que respecta a esa parte. El Ministro de Hacienda dirá cuáles son, qué cualidades tienen esas personas con las cuales ha estado en contacto el Gobierno, para decidirse a presentar a la Cámara el proyecto que estamos estudiando.
Sr. Ministro de Hacienda— Pido la palabra.
Voy a procurar ofrecer al señor diputado los datos requeridos.
Es sabido, señor presidente, que el principal problema del Paraguay es la población: poblar el desierto, conquistarlo, incorporarlo a la vida civilizada. ¿Cómo hacerlo? Por medio de la inmigración. Hasta aquí la inmigración ha llegado a nuestro país en condiciones tales... (no se oye)... porque la inmigración ha venido desprovista de recursos... (no se oye)... y ha perecido por causa de factores adversos.
He aquí que ahora se ofrece a nuestro país una inmigración que por circunstancias especiales y por la concurrencia de factores favorables está en condiciones de batir el desierto.
Viene con medios económicos suficientes, respaldados por fuertes capitales, norteamericanos y canadienses que intentan una colonización en gran escala.
No sé si he oído mal o he comprendido mal al señor diputado; parece que él ha hablado de concesión. Entiendo que ha de hablarse en forma restrictiva, si ha de emplearse este término. Concesión es liberalidad que se da a empresas particulares que comprometen sus propios recursos. El problema está resuelto respecto a la primera colonización de mennonitas, a la cual se ha otorgado la ley que haga compatible con las exigencias de su religión, la permanencia de ellos en el Paraguay. Actualmente se trata solo de ampliar los beneficios de esa ley a nuevos grupos de colonos que tratan de llegar al país con idénticos propósitos que los ya establecidos.
Para el efecto —quiero dar este dato al señor diputado—, el presidente de este nuevo grupo colonizador que ha comprado extensas zonas de tierra a la firma Carlos Casado Ltda. con dinero propio, no ha contribuido con un solo centavo el Estado paraguayo. Su presidente el general Mac Roberts se ha dirigido directamente al señor Presidente de la República por medio de un cablegrama solicitando sean acogidos otros grupos a 1os beneficios de la ley de los mennonitas. Después de un consejo de ministros, el Presidente de la República contestó favorablemente.
Pero estos señores no conocen nuestro país, nuestro ambiente, no conocen el régimen de nuestras relaciones légales.
Sr. Vasconsellos— ¿El señor Mac Roberts es representante de un grupo?
Sr. Ministro de Hacienda —El señor Roberts representa a los colonos.
Sr. Vasconsellos— ¿De manera que es un concesionario?
Sr. Ministro de Hacienda— Son colonos interesados en venir al Paraguay y el señor Roberts gestiona esa venida.
Sr. Vasconsellos— Es lo que me interesa saber.
Sr. Ministro de Hacienda— El señor Roberts hace las gestiones a nombre de su grupo, de ese grupo que vendrá a labrar la tierra, a mover nuestra riqueza latente. En definitiva, la empresa la constituyen, los mismos colonizadores.
Sr. Vasconsellos— Quiere decir que esa comunidad no ha pedido una ley de privilegios para determinada empresa directora?...
Sr. Ministro de Hacienda— Tampoco los mennonitas se han presentado en forma colectiva, han tenido grupos que les representaban para obtener la ley...
Sr. Vasconsellos— Me atengo a las palabras del señor ministro.
Sr. Ministro de Hacienda— En fin, estos son detalles que no interesan al fondo de la cuestión y vuelvo a manifestar que no se trata de una concesión a persona o empresa determinada, sino de liberalidades a grupos colonizadores que por su creencia religiosa y normas de vida, se colocan dentro de determinadas condiciones. Se trata de una colonización en análogas condiciones de otra ya existente y de conveniencia indiscutible para nuestro país.
Desde luego no se explica cómo es que estamos discutiendo este proyecto tan importante para la Economía nacional. Sería acaso aplicable aquella famosa anécdota de cuando al Congreso de un país vecino se presentó un proyecto para la construcción de un ferrocarril que ha de unir dos ciudades principales.
El criterio personal no interesa a la Cámara. Por eso manifiesto que a juicio del Poder Ejecutivo este proyecto es muy conveniente y por tal lo ha sometido a la consideración del Congreso y por mi intermedio solicitar su sanción.
Sr. Vasconsellos— No veo en la exposición del señor diputado ni en la del señor ministro la respuesta necesaria para poder entrar a discutir el asunto.
El diputado De Gásperi, en su exposición anterior ha enumerado las continuas y sucesivas mudanzas de esta corporación de un clima a otro. Parece creer el diputado De Gásperi que yo lo confundo o quiero que desempeñe el papel de pitonisa para prevernos cuáles serán las contingencias dentro de 100 años; y no hay tal, señor presidente.
El, en posesión de los datos que ha recogido ampliamente según propia manifestación, puede decirnos con criterio de estadista, más o menos exacto, de los mennonitas, si por el género de vida, de sus costumbres, modalidades, antecedentes, continuas migraciones, podemos esperar que establezcan poblaciones permanentes capaz de asimilarse a la nacionalidad paraguaya, de traer un bienestar económico al país, todo lo cual es lo que debe interesar al legislador inteligente que somos.
Tampoco me dice si esa comunidad tiene deseos de venir. Se ha limitado a decirnos que hay una sociedad comercial...
Sr. De Gásperi— ¿Me permite una interrupción? Hay por lo menos —ya que no puedo remitirme a ningún instrumento público— una presunción demasiado fuerte de la cual podemos inferir, que es un hecho que desean venir al Paraguay, porque cuando un hombre se traslada de un lugar a otro con todo el peculio propio, fruto de sus ahorros, compra sus tierras, edifica su casa, traslada su familia, allí fija su residencia, entonces ¿qué se puede decir? No se puede creer otra cosa sino que ese hombre tiene el propósito de quedarse; y es esto precisamente lo que pasa, no a un hombre particularmente considerado, sino a grandes grupos.
Por lo demás el general Robert es el que ha dirigido la traslación de dos millones de soldados que los Estados Unidos mandó a Europa para acabar con la guerra. Es un hombre eminentemente conocido en el mundo; posiblemente nosotros no tendremos el gusto de conocerle personalmente, pero el solo renombre que goza en los círculos bancarios y en los círculos gubernamentales basta para que se le considere y que se le tenga en cuenta la petición que formuló telegráficamente dirigiéndose al señor Presidente de la República, pidiendo la extensión de la carta de 1921, para los nuevos grupos que quieran venir a nuestro país.
De manera que no se puede poner más en duda el deseo que tiene de venir al Paraguay, y en este terreno el señor diputado debe darse por satisfecho.
Sr. Vasconsellos— Para mí es lo mismo que se tratara del mariscal Jofre o del general Robert. El general Robert, militar, no es el general Robert comerciante.
Por lo demás el general Robert, comerciante, puede aventurar su capital en la adquisición de tierras, sin que esto sea suficiente para que nosotros tengamos la seguridad de que tal o cual corporación determinada desea venir a poblar el Chaco.
Lo que nosotros deseamos es conocer en forma concreta a esta agrupación.
La ley hace una excepción para todos los que quieran venir, y que por su religión o costumbre, quieren sustraerse a las disposiciones legales dictadas para todos los habitantes de la República.
El miembro informante ni el señor ministro no me han podido decir que el Poder Ejecutivo tiene noticias de esos grupos ni de sus propósitos.
Lo que ocurre es lo siguiente: existe una sociedad comercial que ha arriesgado su capital en la compra de tierras en el Chaco, que para obtener la ganancia deseada, busca y seguirá buscando por todos los medios colonos que se decidan a venir a poblar esas tierras, y de manera a asegurar el negocio quieren una ley de privilegio para enviar a sus agentes a gestionar la venida de esta corporación. Pero nosotros no podemos conceder en esa forma; nosotros necesitamos conocer a las corporaciones que vendrán así como se ha conocido perfectamente cuando se dictó la ley a que se hace referencia y en la cual se funda la necesidad de aprobar el presente proyecto. Aquella vez el ministro del Poder Ejecutivo, que hoy ocupa la presidencia de la Cámara, nos habló en forma concreta, clara y precisa de quienes eran los que deseaban venir, cuáles eran sus condiciones y su capital, cuál la solvencia moral, cuál la ganancia posible que podíamos esperar sin ser ilusos de aquella corporación. Pero hoy no. No se nos habla de ellos, ni siquiera el proyecto se refiere a corporación alguna, sino establece en forma general y amplia y si el proyecto fuera aceptado, cualquier corporación que pueda interesar a la sociedad comercial, vendría, traiga o no beneficios al país. Repito, señor presidente, que nosotros no podemos en esa forma otorgar concesiones que atentan contra los intereses más caros que están librados a nuestra custodia.
El señor ministro, como el comerciante que busca cliente para vender su mercadería, trata de presentarnos el proyecto en la mejor forma posible y para ello se refiere a los mennonitas, a supuestas corporaciones que quieren venir a poblar el Chaco, y nos habla de la venida de capitales.
Yo soy de los que creen, señor presidente, que si bien la venida de capitales beneficia a un país, es también cierto que la emigración de esos capitales perjudica en proporción que excede al beneficio. Soy también de opinión de que, para tener fe en la conducta, en la obra constructiva de una corporación, debemos conocer ampliamente y previamente a esa corporación. De ahí la imposibilidad de prever las contingencias.
Es verdad que en la oscuridad con que se plantea la cuestión, hay que ser algo así como adivino, no solamente para saber si los beneficios serán duraderos para el país, sino para saber si vendrán esos beneficios y aún los hipotéticos colonos.
Yo creo que, tanto el señor ministro como el miembro informante de la comisión, deben de hablarnos con más claridad, presentando las cosas tales como son, proporcionando sin mesquindad los datos necesarios para habilitarnos a discutir el asunto con amplitud.
Yo, señor presidente, me permito hacer al señor ministro esta pregunta: si el Poder Ejecutivo por intermedio de sus fuentes de informaciones ha obtenido algunos datos referentes a esta corporación a la que en estos momentos se refiere y cuáles son esos datos. No pido un imposible.
El Poder Ejecutivo tiene agentes consulares, tiene medios de información bastante, y creo que tratándose de un acontecimiento tan importante como éste, según dice el señor ministro, el Poder Ejecutivo podría haberse interesado en conocer esta corporación para poder hacer su cálculo y decirnos si la venida de esta corporación puede aportarnos beneficios.
Sr. Ministro de Hacienda— Pido la palabra.
Con objeto de perfeccionar la venta de los lotes de Casado Hnos. y Cía., el señor José Casado ha estado por el Ministerio y él se ha informado absolutamente de todo y él ha informado también al Poder Ejecutivo.
El señor Mac Roberts es un hombre de representación, de prestigio y seriedad que inspira fe al Poder Ejecutivo. Él ya ha estado en el Paraguay y tiene que venir ahora dentro de un mes. El general Mac Roberts en un telegrama dirigido al Presídeme de la República ha solicitado esta ampliación a favor de otras sectas de mennonitas que son parcialidades de la misma secta fundamental. La seriedad del peticionante y la conveniencia para la empresa cuya seriedad es notoria ha sido suficiente para que el Poder Ejecutivo creyese conveniente para el país, esta ampliación. He terminado.
Sr. Presidente— ¿Ha terminado ya el señor Vasconsellos?
Sr. Vasconsellos— No, señor presidente. Yo quería que el señor ministro me diga si por sus fuentes de información ha podido conocer a esta corporación el Poder Ejecutivo. Le pregunto eso porque yo no creo que el comerciante interesado en el negocio, sea la fuente de información del Poder Ejecutivo.
Yo quiero saber si el Poder Ejecutivo se ha interesado y ha obtenido datos por sus medios propios para conocer a esa corporación.
Sr. Ministro de Hacienda— Aparte de que creo haber contestado ya suficientemente al señor diputado, voy a suministrarle un dato más.
Algunos interesados para que no vinieran los mennonitas hicieron propaganda en el Canadá en contra del Paraguay; entonces nuestro representante doctor Eusebio Ayala, ha estado por el Canadá y ha pronunciado discursos y hecho propaganda en favor de la venida de estos colonos. El doctor Ayala es una de las fuentes de información del Gobierno.
No sé qué más pretende el señor diputado; es cierto que ningún ministro del Ejecutivo se ha trasladado a Estados Unidos ni al Canadá ni ha hecho averiguaciones personales; pero las fuentes de información del Gobierno son suficientes a mi juicio, para que el señor diputado se dé por satisfecho. He terminado.
Sr. Vasconsellos— Vamos adelantando poco a poco. Ahora el señor ministro dice algo más; no es ya solamente un señor Roberts ni el señor Casado quienes constituyen la fuente de informaciones del Poder Ejecutivo. Es ahora un diplomático que ha estado en esos lugares en su carácter oficial para informarse, personalmente, pero interesado en el negocio.
Ahora el señor ministro no puede negarse a dar los datos que exijo, si el agente del Gobierno, ilustrado, capaz, observador, inteligente, como es el doctor Eusebio Ayala, es de suponer que ha rendido cuenta al Poder Ejecutivo en forma amplia, detallada, con las observaciones personales que haya podido hacer, de los conocimientos que haya podido recoger y de las referencias que haya obtenido de estas corporaciones.
Pido, pues, que el señor ministro me dé esas informaciones: qué clase de corporaciones son; quieren venir o no; cuáles son sus condiciones de vida; por qué han abandonado un lugar por otro: cuál fue la consecuencia de estos abandonos, de estos sucesivos cambios; si corremos o no el mismo riesgo ahora, si al abandonar las posesiones pobladas, qué perjuicios o contratiempos puede traer al país, etcétera. Estos datos muy interesantes están relacionados con la venida de estas corporaciones. He terminado.
Sr. Insfrán— Pido la palabra.
Tanto el diputado Vasconsellos como el diputado Codas, han hecho hincapié en la capacidad de asimilación que podrían tener estos inmigrantes; pero ambos se han fijado en la capacidad de asimilación desde un punto de vista unilateral, o, en otros términos, considerando la capacidad de asimilación que tienen ellos, los inmigrantes y no la capacidad de asimilación que tenemos nosotros respecto de ellos.
Y me parece que desde el punto de vista gubernativo la cuestión depende más de nosotros que de ellos. Cuando los Estados Unidos de América, en el siglo pasado, en un lapso de 80 años, recibían una corriente inmigratoria de 37 millones de hombres blancos, no se preguntaban seguramente si esos hombres serían capaces de asimilar las costumbres de los pobladores arraigados en la Unión, sino que abrigaban la seguridad de que los Estados Unidos serían capaces de asimilar a los que llegaban.
Tal es, me parece, el punto de vista en que nos debemos colocar si somos capaces de asimilar inmigrantes a nuestra manera de ser. Si el Paraguay se declara incapaz de afrontar el problema de la asimilación, se le debiera considerar sencillamente como un país nuevo incapaz de crecer, porque nuestro crecimiento depende exclusivamente de la población que alguna vez ha de venir.
Sr. Vasconsellos— ¿Cree el diputado Insfrán que el Paraguay está en condiciones de asimilar fuertes partidas de extranjeros que vengan al país?
Sr. Insfrán— Lo creo absolutamente, y desde luego porque tengo esa creencia daré siempre mi voto por leyes que abran las puertas del país a las corrientes inmigratorias. Creo que el país es capaz de asimilar cualquier clase de inmigración.
Si el Paraguay se declara por anticipado incapaz de que confiesa carecer de condiciones para cumplir o llenar la primera de las condiciones de todo progreso como nación.
Sr. Vasconsellos— Nadie habla de que el Paraguay sea incapaz en forma general indeterminada de asimilar a los inmigrantes que vengan al país.
Es cuestión de proporción. La Argentina misma con su enorme riqueza apenas está asimilando la cantidad de inmigrantes que llega a sus playas.
Sr. Insfrán— El señor diputado nos habla de proporción.
Pero, señor presidente, si la Argentina, país situado sobre el Atlántico, y si el Brasil, país también marítimo y situado a tres mil millas escasas de Europa, no han recibido en el
transcurso de un siglo cinco millones de inmigrantes, ¿acaso el Paraguay puede temer que irrumpan sobre él 40 millones de individuos?
No es tiempo todavía para hablar de proporción. Con 800 mil habitantes, y siendo un país mediterráneo que quadu a mil quinientas millas de la costa, ¿cómo vamos a suponer que en el Paraguay irrumpan repentinamente 20 o 30 millones de individuos? Esto en cuanto a la proporción.
Pero hay otros aspectos que considerar en este asunto, tal como ha sido planteado por el diputado Vasconsellos.
Sr. Vasconsellos— Pero yo no he planteado la discusión, he pedido datos y no he podido obtener hasta el momento.
Sr. Insfrán— Precisamente esos datos son por completo innecesarios. Los datos que pide el señor Vasconsellos se refieren a detalles, y para probar este proyecto no se necesitan detalles semejantes, porque se trata de una ley de carácter general.
Cualquier secta no combatiente podrá venir al Paraguay, y nada más.
Estas sectas pueden venir ya sea de Illinois o del Canadá.. .
Sr. Salomoni— Ajustándose a las leyes del país, pero no pidiendo franquicias.
Sr. Vasconsellos— No reconozco al diputado señor Insfrán personería alguna para contradecir las afirmaciones del señor Ministro.
El señor Ministro y el miembro informante se han referido a determinadas corporaciones; y nos ha dicho claramente el diputado De Gásperi que la concesión es para estas corporaciones, cuyas virtudes ha enumerado que se lavan los pies, etcétera...
Sr. Insfrán— Yo no soy aquí personero del señor Ministro, él no me ha designado para que hablara en su nombre y defendiera sus ideas; vengo a exponer las mías. De modo que mal se puede inculpar porque lo que yo digo no se avenga con lo que dice él.
El señor ministro puede dar todos los datos que se le solicitan si los tiene; y si no, no los dará. . . Pero yo no tengo por qué limitarme a seguir las huellas del señor Ministro.
Sr. Presidente— La presidencia no va a permitir más interrupciones; de lo contrario los debates no terminarán nunca. Cada diputado hablará a su turno.
Sr. Insfrán— El señor diputado Vasconsellos desea conocer minuciosamente qué género de capitales van a aportar esos inmigrantes. Y a mí se me ocurre que desde el momento que se habla de inmigración, se habla de capital. Porque el dinero solamente no constituye capital; es capital todo elemento de trabajo, inclusive, el obrero que labra la tierra o el director que emplea su inteligencia para administrar una industria...
Sr. Vasconsellos— Hay también capital moral...
Sr. Insfrán— Más a mi favor. Como digo, el capital es un instrumento del trabajo. Pero como en el lenguaje corriente, al decir capital se dice dinero, confúndanse a menudo capital y dinero. A mí me parece que el capital más importante es el hombre, que trabaja, produce, transforma la riqueza latente. Y ahora se trata de traer inmigrantes, de traer, por consiguiente, elementos de trabajo y elemento de trabajo que, por su naturaleza, se arraigarán definitivamente en nuestro país.
Acabo de tocar un punto muy interesante, y es el relativo a la permanencia que podrán tener en nuestro país estos colonos. Para aclarar dicho punto sería menester el concurso de una previsión profética, que en nuestros días no se puede exigir a nadie. Las cosas en este mundo son desgraciadamente inestables. Formulo una verdad probablemente demasiado vieja, pero que nunca pierde su carácter de verdad.
Sr. Vasconsellos— Pero no se trata de mero cálculo de probabilidad, de un juego de ruleta. La ciencia positiva permite al estadista prever los hechos sociales que no son frutos de la casualidad; son actos que requieren una larga elaboración y son previsibles. Yo puedo prever que una secta que ha peregrinado de clima en clima, sin una razón que justifique esa larga peregrinación; de una secta que por sus medios de vida, costumbres, me permite decir que no se establece en forma estable y definitiva en un lugar. El observador tendrá en cuenta
sus medios de vida, o sea, sus costumbres, estabilidad, etcétera, y decidirá si esa agrupación de hombres se arraiga en el lugar donde está o si permanece hasta donde sus conveniencias le permite. Entran aquí factores morales psicológicos, hasta la sensibilidad, ese factor espiritual que une al hombre con la tierra en que vive. Y muchas veces renunciamos a las seducciones que tenemos en vista por permanecer atados a nuestros afectos, a la tierra en que vivimos.
Todos esos factores, el estadista, el sociólogo, los estudia, los clasifica, lo individualiza y con tales elementos de juicio a la vista, deduce una conclusión, asegurando en forma más o menos probable un hecho futuro.
Son los datos que yo necesito.
Sr. Insfrán— ¿Me permite dos palabras?
Sr. Presidente— La presidencia no permite interrupciones, porque así no va a terminar la discusión.
Sr. Insfrán— Pido la palabra.
Es inútil pedir a los estadistas repito, una visión profética...
Sr. Vasconsellos— No es profética.
Sr. Presidente— Sírvase el señor diputado Vasconsellos dirigirse a la presidencia.
Sr. Insfrán— Y bien, señor presidente. No es cierto que las razas nómadas, hoy inestables, vivan siempre en esta condición.
La historia está llena de razas que durante siglo recorrieron el planeta y que después se establecieron definitivamente en un país. Como profesor de historia romana —esto digo nada más que para advertir a mis colegas que estoy un poco enterado de la cuestión— sé que ha habido en Europa una raza eminentemente nómada, la de los Galos, que recorrió Europa por espacio de centenares de años; que estuvo en lo que hoy se llaman Francia, Italia, Austria, Asia Menor; que ha ido hasta la India; que permanentemente se convirtió en el terror de las razas estables de Europa; que destruyó Roma y se apoderó de Atenas, y que, a pesar de todo, acabó por quedarse definitivamente en el actual territorio de Francia. Y allí está, desde hace 2.000 años.
He aquí cómo resulta que la probable inestabilidad es una argumentación que no tiene de ningún modo la fuerza que quiere atribuirle el señor diputado porque los mennonitas hayan estado primero en Holanda, luego en Rusia y Rumania y finalmente en el Canadá, y ahora pretenden venir al Paraguay, no se induce que tengan que venir en perpetua inmigración que tengan que ser el Judío Errante de la Historia Contemporánea.
Sr. Vasconsellos— ¿Me permite una interrupción?
Sr. Insfrán— Vamos a ver si el señor presidente se la permite.
Sr. Presidente— Haga el favor el señor diputado Insfrán de continuar y terminar su discurso para cerrar el debate.
Sr. Insfrán— Pues bien, el señor diputado quiere saber si el beneficio de esta inmigración será transitorio. Esto no se puede saber sino en forma muy relativa; no se puede saber la duración de los beneficios de ninguna institución. Ahora, por ejemplo, ignoramos si dentro de 20 años o de dos siglos, el sistema republicano de gobierno será o no perjudicial. Y, sin embargo, esta circunstancia no impide que lo adoptemos y que estemos satisfechos con su adopción actual.
Los mennonitas, por de pronto, nos reportan grandes beneficios. En primer término, van a poblar un territorio desierto y discutido, y se han dirigido al Paraguay a pedir permiso; luego reconocen los derechos del Paraguay. Además, son una secta laboriosa, porque las sectas protestantes son siempre laboriosas. Y en tercer término, se trata de una inmigración de raza blanca, y la raza blanca tiene hoy la hegemonía del planeta, y constituyen su patrimonio moral todas las grandes virtudes que impulsan al progreso.
Por estas razones la inmigración mennonita es beneficiosa para nuestro país, aunque no sepamos el tiempo que ha de permanecer en nuestro territorio.
Me parece que los detalles que solicita el señor diputado son innecesarios. No se trata de saber qué secta, denominada en forma concreta, poblará el Paraguay, sino de permitir que todas las sectas no combatientes que se encuentren en las condiciones que establece el proyecto, vengan a engrosar nuestra población y a enseñarnos muchas virtudes positivas de que nosotros carecemos.
Sr. Jover Peralta— Pido la palabra.
Se trata de una concesión que nos plantea cuestiones muy importantes, y tan importantes como las que planteó la con cesión otorgada a los mennonitas.
Por eso, voy a hacer algunas breves consideraciones al solo objeto de fundar el voto que he de dar.
Yo estoy con el proyecto en principio, en general, y veo en él un gran pensamiento, un pensamiento muy patriótico, y desde la banca que tengo el honor de ocupar, me descubro muy respetuosamente ante el estadista que supo abrir la posibilidad de encauzar hacia nuestro país una inmigración que constituye, en mi concepto, el hecho económico más trascendente de nuestra historia constitucional.
No se trata, de una concesión ordinaria, autorizada por prescripciones claras y terminantes de nuestras leyes vigentes.
Se trata de una concesión extraordinaria, excepcional, y en tal aspecto hay que considerar al proyecto que estudiamos.
El Parlamento paraguayo tiene fama de ser muy dadivoso en materia de concesiones, y hasta creo que más de una vez se ha hecho eco la prensa nacional y extranjera de concesiones otorgadas por el Parlamento paraguayo que no han encontrado hasta ahora empresas o capitalistas que se decidan a utilizar los beneficios que otorgan. Por eso, hay que obrar con prudencia y otorgarlas solo cuando grandes, excepcionales o poderosos motivos las justifiquen.
Yo no vacilaría en violentar un poco las leyes, que deben ser, en mi concepto, fuentes de vida, si esas leyes se opusiesen a la expansión de la vida. Y estaría con esta concesión, aun en el supuesto caso de que ella violase o pasase por encima de disposiciones claras de nuestras leyes, porque creo que las leyes se han hecho para la vida, y en una ley, si bien cabe la previsión hasta cierto límite, no puede presumirse que, esa previsión contemple las necesidades ilimitadas de la nación
Son tan grandes y extraordinarios los privilegios y las ventajas que la ley ha otorgado a los mennonitas, que ante una situación semejante a la que nos plantea el estudio del proyecto, mi conciencia de legislador vacila, mi patriotismo se detiene. Se trata de otorgar una concesión excepcional, que se ha acordado en circunstancias extraordinarias, en virtud también de motivos excepcionales, a una empresa de colonización extranjera.
Y yo me pregunto si existen los mismos motivos, las mismas razones extraordinarias; si tenemos nosotros además, una garantía absoluta, como la tuvimos entonces, para extender los beneficios de una ley de concesión excepcional a empresas innominadas. Me parece que la exposición del señor Ministro de Hacienda y del diputado doctor De Gásperi, hasta este momento, al menos, no ha dado una respuesta satisfactoria a este punto.
Sr. De Gásperi— ¿Me permite una interrupción?
El señor diputado insiste sobre el particular que hace rato se venía hablando en esta Cámara. Y es el caso que ni el señor Ministro de Hacienda ni la comisión respectiva han dicho que esta es una concesión para tal o cual empresa innominada o con nombre propio conocido.
Sobre el particular hemos dicho que tanto el presente proyecto como la ley de mennonitas no importa beneficios a favor de empresas determinadas, sino a favor de una comunidad, de un grupo étnico...
Sr. Jover Peralta— Eso es precisamente lo grave. ..
Sr. De Gásperi— Si me permite leeré al señor diputado el artículo primero de la ley que dice: “.. .Las comunidades llamadas mennonitas que lleguen al país como componentes de una empresa de colonización y sus descendientes gozarán de los siguientes privilegios.. .”.
De manera que, en este caso particular la ley no dice “otorgase” a los miembros de la comunidad que llegan a nuestro suelo.
El último artículo 7º dispone: los privilegios y franquicias acordadas a esta ley se hacen extensivos a los individuos de las comunidades, o a los que llegaren aisladamente.
Ahora, ¿qué es lo que se otorga en este momento? Este artículo 7º extiende a otras sectas que no sean mennonitas, pero que pueden ser sectas no combatientes, los beneficios de esta ley.
Es el único punto que puede ser motivo de una discusión. Pero esta discusión está cerrada porque nadie ha hecho oportunamente incapié al respecto, desde el momento que el legislador paraguayo ha incorporado a nuestra economía positiva. ..
Sr. Jover Peralta— De manera que si se legisla una inconstitucionalidad, puede servir de norma...
Sr. De Gásperi— Por otra parte, aunque tuviese que abrir el debate sobre el punto, bien se puede decir que todo es relativo: la última guerra nos ha demostrado que las guerras modernas no son guerras de ejércitos, sino guerras de nación con la utilización de todas sus fuerzas vivas.
Un militar paraguayo, no hace mucho, escribió en las columnas de la prensa unos artículos que aseveran esta tesis y que posiblemente habrán sido leído por los honorables colegas. Pongo por caso que el destino nos deparase la desgraciada suerte de tener que soportar una guerra en el Chaco. De primer intento, la mujer sería la mejor aliada del ejército porque reemplazaría al labriego, a los industriales a fin de proveer de los alimentos necesarios y de abrigos a ese ejército que se encuentra en el campo de acción.
En esas condiciones están los mennonitas o las otras sectas como los luteranos, los anabatistas, etcétera, como los mennonitas que quieren venir al Paraguay...
Otra de las sectas de los lutenios, luteranos y molokan son también sectas como los mennonitas que quieren venir al Paraguay a trabajar, a poblar el Chaco; yo creo que deben ser recibidos con los brazos abiertos, porque vienen a preparar aquellas partes tan esenciales para la defensa nacional como ser la de suministrar para los momentos desgraciados del país, los elementos necesarios que servirán al ejército para defender y mantener la soberanía de la nación.
Sr. Jover Peralta— Pido la palabra.
A pesar de las aclaraciones que el diputado De Gásperi ha hecho a mi breve exposición, tengo que hacer algunas rectificaciones a los conceptos que ha vertido.
Lo que yo censuro en este proyecto de concesión, es su carácter general. El diputado De Gásperi manifestó que se trata aquí de ampliar los beneficios de la ley 514 a fin de que otra comunidad mennonita no combatiente pueda también participar de dicha concesión, y esto no es cierto, señor presidente, porque el artículo 2º dice: “.. .A los miembros de cualquier otra comunidad religiosa que vengan a establecerse en el Chaco”, es decir, cualquier otra comunidad, sin que sea precisamente mennonita.
No dice que debe tratarse de mennonitas, sino de cualquier otra comunidad, y esto es lo que me parece grave.
El diputado De Gásperi, ha insistido sobre una razón en apoyo de la concesión que se otorga por este proyecto, y es que esa comunidad serviría algo así como reservas a una posible eventualidad bélica del Paraguay, porque no siendo una población combatiente se dedicaría al trabajo, es decir a la producción.
Sr. De Gásperi— Y pueden también servir en los ejércitos de la sanidad; para el acarreo y trabajos accesorios de la guerra. ..
Sr. Jover Peralta— Si ese fuese el argumento, los beneficios de esta ley, desde el punto de vista de la región que se colonizarán, podrían extenderse también a las colonizaciones de la región oriental; no habría razón para ubicarles únicamente en el Chaco. Pero no es ese el argumento principal que apoya el proyecto de concesión.
Termino, señor presidente, manifestando que yo no estoy en contra del proyecto, solo que me parece que su generalidad, su vaguedad peligrosa cooperan contra el propósito muy noble y patriótico que lo inspira, y es por eso que yo, salvo que se modifique y precise sus términos y se especifique las comunidades que se beneficiarán de esta ley, en forma clara, concreta y determinada, votaré en contra del proyecto de concesión en estudio. He terminado.
Sr. Salomoni— Pido la palabra.
Ante todo quiero hacer una rectificación. El honorable colega, doctor De Gásperi, al pronunciar su informe, habló en nombre de la comisión de hacienda...
Sr. De Gásperi— También debo hacer la salvedad, señor presidente, de que se me ha pasado inadvertido salvar la opinión del diputado Salomoni; cuya opinión es conocida, porque siendo diputado en otra ocasión, ya se había pronunciado al respecto de este asunto. Me disculpará el señor diputado por este olvido involuntario. ..
Sr. Salomoni— Fue un pequeño olvido ¿No?
En la otra legislatura cuando se trató la concesión a los mennonitas me opuse a dicha concesión fundado en dos motivos, que en esa oportunidad creí fundamentales. El primer motivo fue de carácter constitucional porque según mi entender se violentaba la Constitución Nacional con aquella ley; y el segundo motivo, la firme convicción de que la concesión a los mennonitas, con el tiempo, caería en el más completo abandono.
Voy a explicarme. Se quiso rodear en aquella oportunidad de hermosos contornos, de ofrecimientos hasta agradables para el país por la forma en que iban a venir los mennonitas, la cantidad, las condiciones mejores y progresos que dichos hombres vendrían a cimentar en nuestro país.
A seis años de distancia, hubiera querido tener el placer de cambiar de opinión, hubiera querido tener el placer, digo, de acompañar a la mayoría radical en este nuevo proyecto que hoy se presenta, pero la realidad de los hechos me induce a ser consecuente con aquel criterio mío; y me induce a ser consecuente con aquel criterio porque de 40 mil familiar que prometieron vendrían al Paraguay, casi 200 mil almas, en el curso de seis años, por declaración del señor Ministro de Hacienda, han llegado apenas mil trescientos! Y de los 20 o 25 millones de dólares que se iban a gastar en aquella colonización, el mismo señor ministro nos acaba de decir que apenas se ha invertido un millón de dólares.
Posteriormente he tenido datos fidedignos de que esta colonización mennonita, apenas inició su estada en el Paraguay estuvo a punto de abandonar su sede por la situación dificilísima creada por el clima, por las circunstancias de vida completamente distintas a las cuales estaban acostumbrados y por otras muchísimas circunstancias. Felizmente se pudo evitar esta vuelta, se pudo evitar, señor presidente, el éxodo que hubiera sido la vergüenza más triste para nuestro país.
Pero en fin ya que se pudo evitar esa huida pasémosla por alto y veamos si con esta nueva concesión, violaremos nuevamente los fundamentos básicos de nuestra vida violentando principios inalienables de nuestra carta fundamental que debemos respetar a pesar del error que en un momento determinado hemos incorporado a nuestra legislación, pero que siempre sigue y seguirá siendo un error, a pesar de todas las circunstancias que se mencionen a su favor.
Si pudiéramos encontrar un argumento favorable, si el señor Ministro pudiera explicarnos que con esta concesión se va a hacer un bien, pero un gran bien al país, con gusto daría mi voto por esta nueva concesión. Pero aquí, como bien se dice, son todos vaguedades.
El Poder Ejecutivo quiere poblar el Chaco, el gran desierto, y acepta insinuaciones vagas de interesados a venir a poblar ese desierto. Yo creo, señor presidente, y respeto mucho y me merecen mucha consideración los hombres honestos, inteligentes y capaces que están al frente del gobierno. Y por eso me duele que quieran ellos aceptar lo que viene en forma tan vaga con imposiciones de grupos étnicos, que mañana tal vez lesionarán profundamente los intereses de nuestra soberanía.
Nadie podrá oponerse a la colonización del Chaco. Pero ¿en qué forma se pretende esa colonización? Aceptemos colonizaciones amplias, vastas, en todas las formas que se quiera que vengan a radicarse a nuestro país sujetándose a nuestras leyes y costumbres; pero no obligarnos a dar concesiones especiales para grupos de hombres que tengan que venir a nuestro suelo, concesiones llenas de franquicias y privilegios.
Sabemos y conocemos la historia de los primeros concesionarios. Estos se dirigieron primero al Canadá donde no pudieron conseguir sus deseos; luego a México donde tampoco pudieron conseguir nada y por último a la Argentina donde igualmente no se han atendido sus pretensiones. Y tras este largo peregrinar, vienen al Paraguay y al pobre Paraguay que puede darlo todo para conseguir...
Sr. De Gásperi—A estar a las informaciones que tengo leídas, los mennonitas no fueron a México a solicitar concesión, porque los informes del general Mac Robert, que estuvo también en el Paraguay en 1920, fue más favorable a nuestro país, mediante un telegrama dirigido desde aquí, más o menos en estos términos: “Gestiones México dejen sin efecto y vengan aquí”.
Por otro lado, no habían ido a la Argentina a solicitar una concesión igual tampoco, porque las tierras allá son demasiado caras.
Por lo demás, salvo que el señor diputado no me permita hablar, a mí me parece que en estos momentos debemos de conceder facilidades para conseguir poblar esas desiertas extensiones de nuestro territorio, es urgente, es patriótico, aun pagando a precio de dinero, debemos de ocupar o poblar el Chaco por el momento actual, por la razón que todos conocemos y que es de pública notoriedad...
Sr. Salomoni—Justamente ese es el punto negro que ha tocado el señor diputado y que yo no he querido tocar: queremos tener el valor de defender con concesiones especiales aquello que no hemos tenido el valor de conservar con honor como una parcela del patrimonio nacional.
¿Cómo es posible que pretendamos amparar la defensa de nuestro territorio con comunidades religiosas no combatientes?
Sr. De Gásperi— No es por falta de valor sino por otras razones que no ignora el señor diputado Salomoni y que es tan paraguayo como yo...
Sr. Salomoni— Decía el señor ministro que nuestro abandono, nuestra indiferencia culpable se emendaría en cierto modo con esta concesión. Yo no he querido tocar, como digo, este punto...
Si De Gásperi—La culpabilidad es histórica, es de más de dos generaciones...
Sr. Salomoni— La gama de matices del rico castellano es Infinita: de allí la facilidad de las aseveraciones que se puedan hacer en materia de culpabilidad...
No es mi intención tocar los puntos vulnerables de la actuación de determinados hombres públicos en quienes y por temperamento soy enemigo de semejantes armas puedan recaer semejante culpabilidad. Por convicción de combate.
Lo que quiero dejar sentado es esto: ¿ha fracasado o no la concesión dada a los mennonitas?
Sr. De Gásperi—No me parece llegada la hora de dar la última palabra.
Sr. Salomoni—Se ha prometido una inmigración de 200 mil personas, y en seis años llegaron apenas 1.300.
Sr. De Gásperi—No vienen 200 mil personas, como se soplan botellas.
Sr. Salomoni—Se calculaba que en el término, de 10 años, vendrían todos. Han transcurrido seis años, y apenas han venido 1.300.
Sr. De Gásperi—El señor diputado no tiene en cuenta que tuvimos una revolución de dos años, y que constituyó un descrédito para el país, y esto, muy poco estímulo ha podido despertar en los mennonitas, de modo que hay que tener en cuenta los factores contrarios; no hay que ser unilateral; hay que tener presente todas las circunstancias.
Sr. Salomoni—Todas esas circunstancias que el señor diputado cree desfavorables al aprovechamiento de aquella concesión que tanto costó al país, porque yo conceptúo que todas las concesiones dadas en desmedro de las leyes fundamentales del país son muy costosas y en aquella oportunidad opiné así y sigo opinando lo mismo ahora de que como lo dije ya hubiera querido tener la satisfacción de poder rectificar mi opinión. Hubiera querido hoy poder acompañar a la mayoría radical en la aprobación de este proyecto presentado a la
Cámara, pero en la forma como se hizo, en la forma tan vaga, incorrecta e imperiosa en que se lo presento, así como con desgano contando, ya con la aprobación tácita y absoluta de la Cámara...
Sr. De Gásperi—No es cierto. No vendríamos entonces aquí a discutir.
Precisamente por respeto y por consideración a la representación del partido colorado, es que venimos a discutir y discutimos con altura.
Sr. Salomoni—¿Por qué entonces, no se dan todos los datos que se piden y no se posterga la consideración de este asunto, hasta llegar a un acuerdo definitivo, desde el momento que en materia de colonización no puede haber dos criterios?
Estudiemos bien el asunto; veamos todas las circunstancias favorables de este proyecto y yo estoy seguro que si una convicción patriótica y sincera penetra en el sector republicano, todos estarían de acuerdo.
Sr. De Gásperi—Yo vuelvo a decir que más allá de los informes que hemos suministrado a esta Cámara, posiblemente no se darán otros. Son informes pobres; pero son los únicos que hay acerca de esta cuestión.
Sr. Salomoni—¿Por qué no se tienen informes más precisos?
Sr. De Gásperi—No se pida un imposible. No es posible hacer milagros; yo no pude traer informes más detallados porque estos son los que se me han suministrado por personas como el doctor Ayala que ha estado en el Canadá.
Sr. Jover Peralta—Hay mucho apego en la sanción de este proyecto. Hay interesados que lo utilizarían.
Sr. Presidente—Está en uso de la palabra el señor diputado Salomoni.
Sr. De Gásperi—Se me pregunta si hay apremio. Yo debo confesar que he pedido el despacho de este proyecto ha podido personal del señor Presidente de la República que me ha manifestado que existe un vivo interés en que este proyecto se convierta en ley, seguramente porque detrás del proyecto está la realidad que ha de consistir en la venida de otras sectas al país.
Sr. Salomoni—Pero justamente esa realidad en la cual hemos tenido esperanzas en la cuestión mennonita no se ha pronunciado.
Sr. Díaz León—Se ha pronunciado. Me permite que le explique?
Yo no esperaba que este debate pudiera tener el cariz que está teniendo en estos momentos, máxime cuando en oportunidad de considerarse la primera ley de concesión, se agotaron los argumentos en pro y en contra. Una de dos cosas, señor presidente, o se trata de repetir los mismos argumentos que se emitieron en la primera ocasión para dictarse la ley de concesión, o se reduce las objeciones en el sentido que ha indicado el señor diputado Jover Peralta.
Si es en el primer sentido, creo que no es oportuno reabrir el debate al respecto, no obstante de que yo no rehuiría otra discusión sobre todos los términos y fundamentos de la concesión mennonita.
Refiriéndome únicamente al punto indicado por el señor diputado Salomoni y a las objeciones del señor Jover Peralta, he de decirles lo siguiente: la concesión a los mennonitas, lejos de constituir una honda defraudación de los grandes anhelos que se cifraban en ella, ha sido una completa realización. Ciertamente, no en los términos halagadores ni con las hermosas perspectivas con que recibiéramos al principio la iniciación de este proyecto. Es cierto que en la primera ocasión se hablaba de la emigración y venida de cerca de cuarenta mil familias; cifra que en estos momentos se limita a mil doscientas personas. Pero no es posible que se escape al conocimiento del señor diputado Salomoni el hecho auténtico, divulgado en todos los ámbitos que, tan pronto como la secta mennonita aprestaba sus esfuerzos para trasladarse al Paraguay, agentes de Bolivia se trasladaron al Canadá para, por medio de trabajos persistentes, sistemáticos y metódicos, hacer fracasar el hermoso proyecto de la emigración colectiva de los mennonitas.
Ha sido una empeñosa y ruda batalla la librada en Cunada entre el agente diplomático del Paraguay y el de Bolivia.; el uno persistiendo en la venida de esta secta y el otro tratando de promover un fracaso. Y cabe decir, como título de legítimo orgullo, que en esta ocasión la diplomacia paraguaya obtuvo un resonante triunfo, porque, no obstante todas las propagan das, no obstante todos los recursos a que apeló Bolivia para impedir la realización del magno proyecto, este tuvo el más resonante éxito, a pesar de los obstáculos y las perspectivas sombrías que se les señalaban para impedir la emigración.
Esta lucha apasionada y empeñosa que se libró en Canadá, debe reconocerse que fue uno de los motivos que impidió la amplia realización de la empresa en el plazo perentorio que entonces se expresara.
Por otro lado, la anarquía abierta en nuestra vida democrática durante dos años, haciendo llegar a Norte América y Canadá las más sombrías y tristes de las noticias acerca del mantenimiento del orden en nuestro país, tenía que ser una poderosa causa para que los mennonitas, por más decididos que estuvieron para realizar la emigración, se detuvieran un instante hasta ver dónde terminaba aquél caos, aquella anarquía que, con toda certidumbre, ellos podrían esperar que estorbara la realización de sus propósitos.
¿Qué más realización desea el señor diputado Salomoni, si a pesar de las dos gravísimas dificultades y venciendo todos los otros obstáculos señalados como la propaganda desatada contra el Paraguay, van acercándose a nuestro territorio poblándolos ya en partes y arraigándose en ellos?
Sr. Salomoni—Ni una vigésima parte de los que debían venir no vienen. ..
Sr. Díaz León—Es un principio de realización efectiva, vencedores como son ya de los principales y más formidables obstáculos.
Recuerdo, señor presidente, que en aquella ocasión, cuando discutíamos este proyecto, el señor diputado Salomoni, fincaba como uno de los grandes motivos para oponerse a la concesión, el clima, que siendo muy distinto del de la tierra do origen, produciría una hecatombe colectiva, en forma a obligarles a salir de inmediato del país con la triste y desesperante noticia de que el clima del Paraguay era inhospitalario y por consiguiente inadaptable para los nuevos pobladores del chaco.
Los nueve meses de permanencia que ya llevan bajo nuestro clima, desvirtúa en forma categórica aquél triste y pesimista presagio...
Sr. Salomoni— Qué poco conoce el señor diputado la situación actual de esas gentes, y para que el señor diputado, se dé cuenta, debo decirle que solo en el primer momento de su llegada a nuestro país, han muerto veintiocho niños y esa mortalidad continúa en forma alarmante.. .
Sr. Díaz León— Las criaturas muertas no pasan de una docena...
Sr. Salomoni—. . .muy explicable desde luego. La falta de agua potable.
Sr. Díaz León— La verdad es que a pesar de la muerte de esos niños, la emigración sigue su tren de realización paulatina pero cierta. No hay ningún mennonita que desfallezca, no se conoce ni uno que haya pretendido desistir de la empresa. Lejos de eso, día a día, sigue adelante todos los preparativos para facilitar la venida de mayores núcleos.
Como toda gran empresa ha tenido sus obstáculos. La empresa colonizadora no preparó anticipadamente el loteamiento de las tierras y han surgido además otras dificultades.
Pero no es posible negar que la colonización tiene un principio de realización y todos los indicios acusan que va a tener completo éxito. Y solamente circunstancias imprevistas propias de toda vasta empresa, han demorado un tanto, su inmediato éxito.
Por estos motivos, creo que no tiene razón de ser la oposición a este proyecto de ampliación.
Por lo demás, me cabe informar que este acto del gobierno es uno de los actos del Partido Liberal, el cual se enorgullece con legítima honra, porque gracias a esta determinación, se ha logrado incorporar a nuestro país un considerable núcleo civilizador.
Si al señor diputado Salomoni le ha pasado desapercibida la gran actividad que se ha operado en nuestra economía en forma favorable, le voy a enumerar algunos de ellos. Antes de la venida de los mennonitas, en la ley de contribución territorial, estaba aforado a cinco pesos paraguayos la hectárea de tierra en el chaco. Ahora pregúntese si el precio de esas tierras en qué proporción ha variado.
Sr. Salomoni— Y si pasa el proyecto se triplicará. . .
Sr. Díaz León— Suficiente con que se duplique, .señor diputado.
Se ha incorporado al país ingentes energías económicas cerca de dos mil brazos productores, con sus implementos modernos de trabajo; se ha aumentado el tráfico de vapores hacia el norte; se están realizando trabajos de terraplenes en el chaco como otras tantas obras de este género, en que con tenares de conciudadanos se están ocupando. En fin, una serie de efectos económicos ha producido la venida de estas gentes y hay que pensar que este es un principio de la realización del vasto plan de colonización mennonita. ¡Qué será, señor presidente, cuando haya llegado toda la masa de población que debo venir todavía!
Y hay que saber que esto, no es sino el principio de una gran realización que no será completa sino cuando hayan arribado los mennonitas en la cantidad que deben venir. Debe saber por lo demás, el señor diputado Salomoni, que la colonización mennonita, está apoyada por un gran comercio de banqueros.
Sr. Vasconsellos— La minoría republicana no trae decisión partidaria sobre el particular.
Sr. Díaz León— Me alegro mucho; tanto mejor.
El agente financiero, por intermedio de su bando en Norte América se ha hecho ya cargo de todos los bienes de la secta mennonita, como así mismo de tierras del señor Casado y ha firmado contrato con la empresa naviera que hace la navegación de Norte América a Buenos Aires, para el transporte de 40 mil familias. Se tomarán todas las disposiciones para que venga el mayor número posible.
Sr. Salomoni— ¿Cuándo se hizo ese contrato?
Sr. Díaz León— No hace mucho, pero el señor Casado puede explicarle mejor.
Acerca de la otra objeción promovida en esta Cámara por el diputado Jover Peralta en el sentido de que la ampliación que se solicita es vaga e indefinida no creo que sea tal. El artículo 1º en forma expresa y categórica, refiere que los derechos y privilegios otorgados por la Ley 514 se extienden a los miembros de la comunidad mennonita y descendientes. La única modificación que se hace, pues, de aquella ley primitiva es que en lugar de dar beneficios a los miembros individuales se da en forma colectiva.
En el artículo 2º ciertamente que estas mismas facilidades se dan a las sectas religiosas no ya, a los mennonitas sino a todas; pero exceptuándolas del privilegio que establece la última parte del artículo lº inciso lº
Con esta explicación desaparece la afirmación de indefinida y abstracta, que dice el señor Peralta.
Por estas breves consideraciones, termino manifestando mi absoluta conformidad con el proyecto.
Sr. Vasconsellos— Pido la palabra.
Sr. Presidente— Ahora debe hablar el señor Salomoni.
Sr. Vasconsellos— Yo he pedido la palabra para objetar este proyecto. Antes de hacerlo he pedido explicaciones sin renunciar al uso de la palabra y es el caso que se me viene interrumpiendo en forma continuada, imposibilitándome objetar el proyecto como me había propuesto.
Sr. Presidente— En todo caso el señor diputado tiene la culpa. Está en el uso de la palabra el señor diputado Salomoni; cuando él termine se la dará al señor diputado Benítez.
Sr. Salomoni— Seré breve porque no quiero hacer perder el tiempo a la Honorable Cámara en discusiones inocuas.
Para objetar el proyecto de concesión a los mennonitas no se discutió tanto como éste, que es su cola. Quisiera —y sencillamente lo digo para bien del país y para satisfacción del colega doctor De Gásperi— de que los mennonitas no fracasen en el Paraguay, y quisiera que este proyecto que aprueba nuevas concesiones a otras comunidades religiosas sea también de grandes beneficios para el país.
Me permito conservar mis dudas y defender como he defendido en una oportunidad, algo que deberán todos respetar, y que con estas concesiones, no hacemos sino mutilarla poco a poco.
Ya en aquella oportunidad tuve la mala suerte cuando dije que llevaríamos nuestra Constitución a quemarla al pie de la estatua de la libertad, tuve la mala suerte digo de ser calificado con el duro término de “iconoclasta” por un distinguido hombre público, hoy ministro del Poder Ejecutivo.
No quise replicar a aquel colega en dicha oportunidad pero voy a decirlo ahora. Poco a poco con estas franquicias, con estas violaciones a nuestra constitución vamos a acostumbramos lentamente a no considerarla y a tenerla como un papel sucio sin valor alguno. Y mañana, no digo yo para una colonización, sino con motivo de cualquier cosa, por cualquier fútil pretexto político a ese pobre libro se lo hará trizas si así conviene a los intereses que se defienden. Y eso es lo sensible.
A menudo estamos viendo que no hay el respeto que merecen las leyes fundamentales del país, y que por conveniencias particulares que yo creí y sigo creyendo que había en aquella oportunidad, —no sé si habrá conveniencias particulares también ahora—, nos permitimos volver a tocar el punto dificilísimo que hemos tocado ya. Es conveniente no volver a incurrir en el error.
¿Son por ventura tan importantes estas comunidades que van a venir o mucho más importantes que los mennonitas, para volver a incurrir en lo mismo?
Si la concesión mennonita ha dado el resultado que hoy estamos palpando, ¿qué será de esta nueva concesión, que se considera más importante? Si se me probara su conveniencia para la nación yo tal vez la votaría; pero si no se me demuestra eso no puedo estar con ella.
¿Podría el señor ministro afirmar que el país saldría beneficiado ahora más que con la concesión mennonita? Porque a pesar del brillante discurso del diputado Díaz León, esta concesión es un fracaso todavía.
Voy a terminar. Como digo, todavía no he podido cambiar de opinión y voy a ratificar mi voto en contra de este nuevo proyecto de concesión.
Sr. Benítez— Pido la palabra.
Tengo entendido, señor presidente, que lejos de postergar la consideración de este proyecto, es menester tratarlo hoy y aprobarlo si fuere posible.
El país se halla en situación difícil en materia inmigratoria, que nos obliga optar por este temperamento radical, con firmeza, con optimismo, en contraposición a las excépticas manifestaciones del diputado señor Salomoni, ratificadas después de seis años, en este mismo recinto.
Tenemos ya, en efecto, un principio de realización de la colonia esperada, que debe pesar más que augurios pesimistas.
La concesión de los mennonitas ha respondido a una política liberal, de profundo respeto a las convicciones religiosas, a las prácticas sencillas, de hombres, que en el fondo pertenecen a la misma civilización cristiana.
Y no solo ha sido liberal, sino aconsejada por las conveniencias de un país, como el nuestro, necesitado no solo de guerreros, sino de trabajadores que edifiquen su progreso.
El problema de la población conviene tratarlo, no en el terreno de la mera especulación, sino en el de la dura realidad. Teóricamente es fácil proclamar la necesidad y ventajas de recibir la inmigración de razas de superior cultura: ingleses, alemanes, franceses, italianos. Bien diferente es considerando en la realidad.
La migración es un fenómeno económico, en nuestra época. Contribuyen también a determinarla y a condicionarla factores geográficos, sociales como antes los religiosos. Tomemos el ejemplo de los Estados Unidos, ¿por qué han recibido mayor corriente inmigratoria que los países del Río de la Plata, verbigracia que son igualmente fértiles y promisores? Es que los Estados Unidos al comienzo del siglo XIX se halla separados de Europa por ocho días de navegación, al paso que los países del sur, por un mes, más o menos, es decir, a una distancia cuatro veces mayor. Esta y otras circunstancias han hecho que en el curso de un siglo las naciones sudamericanas no recibieran sino cinco o seis millones de europeos, mientras la Unión Norteamericana cerca de treinta y dos millones. Esto constituye también una de las explicaciones de la diferencia de desarrollo y progreso de ambas partes del nuevo mundo. A este factor de tiempo, que en el fondo tiene algo de económico agréguese otro netamente económico. Los Estados Unidos gracias a su industrialismo, a su desarrollo capitalístico, a su moneda al nivel de vida, no solo es una atracción sino una tentación para el europeo que busca mejorar de condiciones, al paso que a los países de moneda desvalorizada, de salario bajo, la inmigración no puede llegar con la misma afluencia. Cuando el hombre emigra, emigra para mejorar, o para hacer respetar sus creencias como pasó con los cuákeros.
Se puede decir que las inmigraciones tienen su cauce Nuestro país desgraciadamente no está, por hoy, en esa zona de atracción. El Paraguay tiene escaso desarrollo capitalístico, pocas industrias, su agricultura es poco remunerativa y su situación mediterránea. Se halla, pues, en condiciones de inferioridad con respecto a la Argentina, Uruguay y sur del Brasil. A su naturaleza privilegiada tendría que agregar una inteligente política, una intensa propaganda y crecidos gastos para traer inmigración de calidad. La colonización tiene que responder a un plan de ejecución gradual, de aprovechamiento de las tierras aledañas a los ríos y vías férreas. Otros factores primordiales son los mercados para la colocación de los productos y los fletes que consumen gran parte de la ganancia Por la simple enumeración pueden verse cuántas son las dificultades.
En esta situación no había por qué rechazar la inmigración mennonita, la entrada de sectas morales y laboriosas. Como tampoco no pueden hallarse razones para oponerse a la ampliación de la ley, en favor de otras sectas, igualmente cristianas que ofrezcan las mismas garantías de laboriosidad y que no exijan en el fondo sino respeto a sus convicciones.
El problema migratorio sufre en estos momentos una verdadera transformación. Ya no son los países superpoblados los que piden favores. Son los países necesitados de población los que ofrecen ventajas y se acomodan a las exigencias. Así, Italia, abriga dos pretensiones para consentir la emigración a un país determinado: 1º) Presencia de un representante italiano en toda colonia de italianos; y 2º) reconocimiento del “jus sanguinis” o sea que los hijos de italianos nacidos en dichas colonias sean reconocidos como italianos. Son condiciones que nosotros no podríamos aceptar sin cometer un atropello a la Constitución, más grave que la que se imputa a la ley de concesión a los mennonitas.
Otra inmigración deseable como la italiana es la alemana, pero obstaculizada también por los inconvenientes económicos enumerados. En cuanto a la austríaca, o mejor dicho, bohemia y la polaco-israelita, en las cuales pareció interesarse el gobierno, a mi juicio, no son deseables, por tratarse de poblaciones de bajo nivel de vida, que no son superiores en forma alguna a los mennonitas, e igualmente apegados a su religión.
Por lo demás, es prematuro, preocuparse ya en este asunto del problema de la absorción de las razas. Delicada cuestión es esta que la sociología no ha resuelto en forma que nos obligue a atacarlo como las soluciones dadas por las ciencias exactas. Es difícil prever cuál de las razas que se encuentran en un lugar geográfico se han de absorber. Para nosotros no puede ser fundamental ya que la población paraguaya es predominantemente blanca, como los mennonitas. No es el caso de los negros traídos a los EE.UU. o al Brasil.
Sr. Vasconsellos— No se trata de un problema análogo.
Sr. Benítez— .. .Las consideraciones que formulo nos autorizan a sostener que en este proyecto sobre todo debe tenerse en cuenta el aspecto económico, es decir, las ventajas que puede reportar la incorporación de una masa de hombres fuertes a un país de escasísima población, de 900.000 habitantes. Sería en nosotros inexplicable la oposición a esta corriente migratoria, por algunos inconvenientes de orden secundario.
El hombre público no puede optar por el bien perfecto o el mal absoluto. Está obligado a proceder a base de compensaciones, de comparaciones, de balances. Si las ventajas de un proyecto son superiores a los inconvenientes, debe aprobárselo...
Sr. Salomoni— Justifiquen eso. Es lo que buscamos. Si hay mayoría de ventajas vamos a aprobarlo.
Sr. Benítez— La interrupción del señor diputado me hace perder el hilo de la exposición al pensar en la gravedad de una frase pronunciada en su primera exposición. Nosotros no hemos perseguido ningún interés subalterno al aprobar esto proyecto auspiciado por el señor don Manuel Gondra.
Sr. Salomoni— El señor diputado sabe que yo no sospecho de don Manuel Gondra.
Sr. Benítez— Él ha sido el gestor. Y nosotros lo hemos votado, como vamos a votar hoy, en la convicción de que ser vimos al país al atraer a esta raza laboriosa y pacífica.
Sr. Jover Peralta— Nosotros no discutimos esta cuestión Estamos perdiendo el tiempo porque nosotros no discutimos la inmigración mennonita, sino el proyecto en sí. Hemos declarado expresamente —al menos de mi parte— que nos descubríamos ante el pensamiento patriótico que ha inspirado la concesión a los mennonitas, pero he querido que este proyecto de consesión se precise bien.
Sr. Benítez— No sé por qué el señor diputado me ha do estrechar dentro del cuestionario planteado por él. Continuo. Es inocente afirmar, como lo sostiene el diputado Codas que en estas cuestiones no se ha estado orientado. Lo hemos estado perfectamente. Se sabía lo que se quería. Se ha buscado atraer masas laboriosas. Se ha perseguido poblar el Chaco casi desierto, incorporar en efectividad esos territorios a la civilización poblándolos con hombres blancos. Porque esos territorios remotos no se civilizarán con solo los fortines militares, sino con el trabajo, como lo han hecho Pinasco, Casado, Guaraní y demás establecimientos industriales.
El Paraguay no puede descuidar el aspecto económico de sus problemas. Es pobre y sufre la sangría de la emigración que obedece a factores económicos en gran parte. El que emigra va, en busca de mejor salario, de mayor productividad a su labor. Cuando los trabajos del campo sean más remunerativos, cuando se haya acrecido nuestro capital e industria, nuestros compatriotas ya no irán a buscar trabajo al Brasil o a la Argentina. Se quedarán en el país.
Sr. Vasconsellos—Los paraguayos van a buscar mejor servicio del estado.
Sr. Benítez—Esa es una concepción política de los problemas, un criterio del siglo XIX. El factor económico es tan poderoso, si no más, que el meramente político en la vida social. Tal criterio ha sido definitivamente rebatido por cuantos han estudiado la estructura de las sociedades contemporáneas de la época.
Sostener que los paraguayos van a los yerbales y obrajes del extranjero obedeciendo exclusivamente a las persecuciones políticas, es tener una noción incompleta del problema.
Sr. Vasconsellos—Hablo de servicios prestados por el estado.
Sr. Benítez—Los paraguayos no son mejor tratados en los yerbales de Matto Grosso. Tampoco lo son en el Alto Paraná. Sin embargo van. . .
—(Se produce una discusión dialogada entre ambos diputados).
Sr. Benítez—La ampliación solicitada en el proyecto no puede ser peligrosa al extenderse los beneficios de la ley a otras comunidades del mismo origen cristiano. Las mismas razones que nos han aconsejado otorgar la concesión a los mennonitas, pueden argüirse hoy. . .
Pero, señor presidente, mi intervención ha pecado de larga.
Voy a terminarla con las palabras de un ciudadano, que votó con conciencia, hace cinco años, el proyecto en el Honorable Senado.
Decía el senador, doctor Chaves, en esa ocasión “He pensado mucho, he meditado sobre esta cuestión planteada al Senado y me he preguntado si las ventajas que puedo reportar al país son inferiores a los reparos que a un espíritu encariñado más que nadie con el respeto de la Constitución puede sugerirle, y he encontrado juicios, a cual más reposado, que este proyecto en su criterio no repugna a la Constitución, y que si él no está íntegramente ajustado a su letra, está dentro de su espíritu, y es sabido que la letra mata, el espíritu vivifica"
Son las palabras del doctor don Francisco Chaves.
Sr. Vasconsellos—Pido la palabra.
La cuestión se plantea fuera del medio en que debió so planteada. El artículo 26 de la Constitución nacional establece que los habitantes de la república son iguales ante la ley y son admisibles a todos los empleos públicos sin otra condición que la idoneidad. La igualdad es la base del impuesto y de las cargas públicas.
El artículo 30 establece que todos los ciudadanos paraguayos están obligados a armarse en defensa de la patria conforme a las leyes que al efecto dicte el Congreso y los decretos del Poder Ejecutivo.
Ahora se trata de establecer una excepción, derogar estas disposiciones constitucionales a favor de los hijos que nazcan en el Paraguay, de comunidades que tengan ciertas creencias religiosas. Y para derogar estos artículos de la Constitución a favor de dicha comunidad, se invoca el beneficio que esta aportaría a la república.
Pero para saber, señor presidente, que traerá beneficio a la república, hay que conocer esa comunidad. Y aquí yo noto una contradicción manifiesta entre los representantes que han hecho uso de la palabra. Unos decían que la ley establece en forma indeterminada para cualquier corporación que tenga creencia religiosa propia.
Yo no sé por cuál solicita...
Sr. Presidente— ¿Me permite una interrupción, señor diputado?
Hay dos parejas de taquígrafos que están enfermos y que han pedido permiso. Los taquígrafos que quedan informan que ya están agotados. Rogaría, pues, al señor diputado, que sea breve para terminar el debate.
Sr. Vasconsellos— Anticipo a la presidencia que necesito una hora para defender mi voto.
Sr. Presidente— En ese caso tendrá que suspenderse la sesión.
Sr. Vasconsellos— Se trata de una concesión indeterminada como otras tantas concesiones otorgadas por el estado paraguayo, como aquella concesión portuaria, o la no menos famosa concesión telefónica que rodaron por los mercados del mundo para dejar el descrédito en contra del Paraguay, o se trata de una determinada secta de mennonitas...
Sr. Presidente— Vuelvo a repetir a los señores diputados que los taquígrafos están cansados y no es posible continuar el debate. Si la Cámara quiere continuar el debate se postergará esta sesión, o si no, es necesario que se resuelva por una votación.
Sr. De Gásperi— Hago moción para que se declare cerrado el debate.
Sr. Vasconsellos— Venimos a esta Cámara para discutir el proyecto, sin consultar si será aprobado o no.
Sr. De Gásperi— El señor diputado tuvo demasiado tiempo para hablar y recién en este momento se le ocurre hacerlo.
Sr. Garcete— Hago una moción de orden. Que se declare libre el debate, y se suspenda esta sesión.
Sr. Presidente— Hace tiempo que se ha declarado libre el debate, en contra del reglamento.
Sr. De Gásperi— Mi moción es previa. Que se declare cerrado el debate.
Sr. Presidente— Es una moción de orden. Voy a poner a ponerla a votación (*).
NOTA
(*) (3 de junio de 1927).
AMPLIACION DE CONCESION
Sr. Vasconsellos— (Leyendo) Mis pedidos de informas provocaron la réplica anticipada de los diputados Insfrán y Benítez. El quilate intelectual de estos jóvenes que honran a su partido y a este parlamento, me obliga a desarrollar el tema con la amplitud y detención que el mérito de sus réplicas lo demandan.
El diputado Benítez, respecto al punto de vista constitucional reproduce las magistrales conclusiones del doctor Francisco C. Chaves.
“La Constitución nacional indica normas para dar vida y progreso a los pueblos, no para estancarlos en el atraso y la inacción. La venida de los mennonitas trae vida y progreso al Paraguay. La letra de la constitución no puede oponerse a ello, y, si se opusiere, hay que hacerla trizas para que impere el espíritu que le anima”.
Acepto las conclusiones del eminente y lucido estadista, pero a condición de que se me pruebe la exactitud de sus premisas, o sea que la venida de los colonos en referencia traerá vida y progreso al Paraguay.
Los diputados Insfrán y Benítez ensayan un alegato a ese fin, más no abordan el tema en toda su ampitud.
El diputado Benítez pinta en colores sombríos, casi trágicos al Paraguay. Al propio tiempo que reprocha al diputado Salomoni por sus apreciaciones pesimistas, descubre el fondo de su pesimismo suicida, que, a dejarlo en pie gravitaría como una enorme plancha de plomo sobre el espíritu público nacional
Según él, nuestro progreso depende, en primer término, de la inmigración que recibamos del extranjero y esa inmigración no la recibiremos por medios regulares y normales empleados para el mismo fin por los demás pueblos de la tierra. Por tanto, debemos buscar otros medios, tales como el propuesto ahora, cual es la concesión de privilegios que pongan a dichos inmigrantes, en condiciones de superioridad con relación a los que actualmente habitan el suelo patrio, y aún más, con relación a los paraguayos del presente y del futuro.
Para fundar esta afirmación trae a cuento nuestra situación mediterránea, que, a su juicio es inadecuada para las corrientes inmigratorias. Esta corriente renovadora y vivificante es un bien que un fatalismo socio-geográfico otorga a los pueblos, por grados, según sea la distancia que los separa del viejo mundo.
Niego la afirmación del diputado Benítez, así como las conclusiones que extrae de nuestra situación mediterránea.
El diputado Benítez es consecuente con sus propias ideas y si de algo se le puede reprochar es precisamente de que no las cambie de vez en cuando. En un estudio meritorio presentado como tesis para obtener el título de doctor, decía allá por el año 1924: “Si la inmigración no es tan crecida, como la necesitamos, débese a razones de otra índole, geográficas, principalmente”.
Es el fatalismo sociogeográfico en que funda su pesimismo el diputado Benítez *.
NOTA
(6 de junio de 1927).
SÍNTESIS PARLAMENPARIA
1919 (Mayo 10) — Proyecto de divorcio absoluto/ Presentado a la Cámara de Diputados/ El día 10 de mayo de 1919/ Discurso del Doctor Díaz León/ Talleres tipográficos El Liberal S.A.,/ Calle Palma 231-83. Asunción. 1919/ 15 p El encabezamiento indica como fecha el 9 de marzo de 1919. Fueron sus firmantes los diputados Luis C. Ortellado, Juan Carlos Garcete, Venancio B. Galeano, Francisco Quiñónez, Eduardo Alvarín Romero y Ernesto Arias.
1920 (Mayo 21) — Proyecto de ley: De la contribución territorial, impuesto sobre edificación e impuesto al mayor valor de las propiedades inmuebles. Presentado con otros legisladores. (Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados, Asunción, Año L, Nº 13, p. 84-90).
1920(Julio 23) — VI Pedido retirado. Proyecto por el que se le encomienda al doctor Cecilio Báez la redacción de un nuevo Código Civil (Ibíd, Año L, Nº 35, p. 314-335).
1921(Noviembre 7) — Discurso relacionado con la renuncia presentada por don Manuel Gondra a la Presidencia de la República el 29 de octubre de ese año (Ibíd., Año LI, Nº 117, p. 610-611).
1927 (Abril 4). Pedido de comparecencia del ministro de Guerra y Marina. Trata de la cuestión de límites con Bolivia. Sólo se incluye la intervención del Dr. Díaz León en el debate (Ibíd., 4 de abril, p. 29-36).
1927 (Junio 3). Inmigración menonita. Ampliación de la ley originaria Nº 514/21. Finaliza el 6 de ese mes. Versión completa, (Ibíd., ,p. 201-221; 223-233).
APÉNDICE DOCUMENTAL
CARTA DE DON JUAN E. O’LEARY
Desde Francia, con fecha 15 de mayo de 1928, el doctor Recaída recibió una extensa carta de Juan E. O’Leary, dándole noticia de los fallecimientos de Gómez Brizuela y Díaz León en París. Luego de narrar la operación de cada uno de ellos y el desenlace final, dice de Díaz León:
“No se figura lo que he sufrido. Quería mucho a este buen muchacho, mi ex-alumno y siempre amigo. En los días que pasamos juntos en París me abrió su corazón de paraguayo y conocí las intimidades de su alma, noble y ponderada. Estaba lleno de buenas intenciones y del más vivo optimismo. Hubiera sido un factor poderoso de reconciliación y paz espiritual durante el gobierno de Guggiari y una muralla contra las pasiones feroces de ciertos trogloditas de nuestra política. Su muerte es una desgracia nacional y una pérdida irreparable para José P. Más que una vez le recordó a Ud. con hondo cariño.
“Fui su compañero de charla y de paseo. Apenas llegó vino a verme y juntos anduvimos hasta que fue al matadero. Por lo menos ha tenido la satisfacción de verse rodeado de todos los compatriotas de París en su agonía”.
(SERGIO RECALDE A., ob. cit., p. 15)
CRONOLOGÍA
1889 (Setiembre 24). Nace en el distrito de Santísima Trinidad en el hogar de los esposos don Juan Evangelista Díaz y doña Josefa León.
1901 Alumno del Colegio Nacional de la Capital.
1903 Pensionado por Trinidad, siendo compañeros suyos Benjamín Velilla, Gomes Freire Estéves y Silvio A. Macías.
(Diciembre). Figura en el tercer curso, obteniendo sobresaliente en Retórica y Poética e Historia Romana y muy bueno en francés. Son sus condiscípulos: Enrique Bordenave, Venancio B. Galeano y Enrique Doldán Ibieta.
1904 (Febrero). Rinde Geometría plana, con distinguido, y Latín, con bueno.
-Interrumpe sus estudios a raíz de la revolución.
1906 (Abril 30). Firma el acta fundacional de la Liga de la Juventud Independiente.
1907 Se gradúa de bachiller en ciencias y letras en del Colegio Nacional de la Capital.
1908 Ingresa a la Facultad de Derecho junto con Enrique Bordenave y Juan R. Dahlquist.
(Febrero). En exámenes extraordinarios obtiene distinguido en Sociología. También se presenta con éxito el mayor Albino Jara.
1910 (Setiembre 27). Inicia la carrera judicial como Defensor de Reos Pobres.
- (Diciembre 2). Es confirmado por el Superior Tribunal de Justicia.
1911 Toma activa participación en el movimiento estudiantil de repudio al motín encabezado por el comandante Jara.
-(Marzo 27). Abandona el cargo nombrándosele reemplazante.
(Junio 29). Es arrestado en el Batallón de Guardia Cárceles.
El diputado republicano don Ricardo Brugada (h) y - i dirigente liberal Pedro P. Caballero, logran su libertad.
Sale del país en protesta por la caída de don Manuel Gondra.
(Marzo). Regresa y actúa en la revolución liderada por don Adolfo Riquelme.
1913 (Febrero 21). Secretario-contador del Tribunal de Cuentas.
-(Mayo 13/14). Participa de los agasajos estudiantiles a la delegación patriótica de la República Oriental del Uruguay.
1914 Elegido presidente del Centro de Estudiantes de Derecho.
-Concejal municipal por el distrito de Trinidad.
1915 (Enero 4). Aceptase su renuncia como funcionario del Tribunal de Cuentas.
-Representa al país en los homenajes tributados en Montevideo a la memoria del pensador Dr. Héctor Miranda.
— Obtiene su diploma de doctor en derecho y ciencias sociales. Son sus condiscípulos: Juan Vicente Ramírez, Enrique Bordenave, Juan Stefanich, Miguel Pecci Saavedra y Adriano Irala. Según “El Liberal” (5-V-1928) el título de la tesis es: “La propiedad agraria e impuesto progresivo”, en tanto que para “El Diario” de la misma fecha la denominación es otra: “El impuesto progresivo a la tierra”.
1919Elegido diputado.
1921 (Noviembre 7). Enérgico discurso en el Congreso ante la dimisión de Gondra a la segunda presidencia (29- X -1921), en el que preanuncia el pronunciamiento militar del año siguiente.
1922 Participa de la represión como jefe de las fuerzas gubernistas en Encamación a bordo del barco “Adolfo Riquelme”, manteniéndose hasta el final.
1923 (Abril 1). Termina su mandato legislativo.
-(Abril 12). Integra el primer gabinete provisional de Eligió Ayala como Ministro de Justicia, Culto e Instrucción Pública.
1924 (Marzo 17). Interina el ministerio del Interior por alejamiento de don Modesto Guggiari.
1925 Designado enviado extraordinario y ministro plenipotenciario ante la República Oriental del Uruguay.
1926 (Abril 30). El Senado presta acuerdo para su nombramiento con igual rango en Bolivia, en reemplazo de don Arsenio López Decoud.
(Mayo 5). Por decreto Nº 23.761 el Poder Ejecutivo promulga su designación.
1927 (Abril). Electo diputado hasta 1931. Designado vicepresidente primero de la Cámara.
-Desempeña la dirección de “El Liberal”.
- Firma en Buenos Aires un protocolo con el representante diplomático boliviano D. Alberto Gutiérrez.
- (Noviembre 27). Delegado a la Conferencia Internacional Americana a celebrarse en Cuba, juntamente con Luis A. Riart.
1928 (Enero 18). Comienzan en La Habana las sesiones de dicha asamblea.
(Marzo). Viaja desde allí a París para hacerse atender de una dolencia que lo aqueja.
(Mayo 4). Atendido por los doctores Leriche y Papin, fallece en la capital de Francia. Un telegrama del encargado de negocios del Paraguay, doctor Ramón V. Caballero de Bedoya, confirma la noticia.
-(Mayo 5). Sesión de la Cámara de Diputados destinada a exaltar su memoria. Pronuncia un discurso tu representación de la bancada republicana el Dr. Tomas Salomoni.
-Con la firma del Dr. Eduardo López Moreira, presidente, y del Dr. Domingo Montanaro, secretario, la Asociación Nacional Republicana envía una nota de condolencias.
-(Mayo 7). El Dr. Venancio B. Galeano hace saber desde París al Dr. José P. Guggiari que “Díaz León murió como era: con energía indomable, recordando mucho a la Patria y los amigos”.
- (Mayo 15). Sus restos son embarcados en Boulogne-sur mer a bordo del vapor “Lípari”.
- En carta de la misma fecha, dirigida al Dr. Juan Francisco Recalde, residente en San Pablo (Brasil), el encargado de negocios en España, don Juan E. O’Leary, le anuncia que ha escrito un artículo sobre Díaz León.
- (Junio 14). En consonancia con la disposición oficial, el directorio del Partido Liberal, del cual era vice presidente, resuelve rendir honores a la llegada de sus restos.
-(Junio 21). Llegan los restos a la Asunción acompañados por la viuda, doña Cristina Sanjurjo, y del hermano de ésta, Dr. Domingo Sanjurjo.
-(Junio 22). Se efectúa el sepelio en La Recoleta. El batallón V del Regimiento Nº 2 le rinde honores correspondientes a general de brigada. Hacen uso de la palabra los doctores José P. Guggiari, Teodosio González, Luis Ruffinelli y el diplomático boliviano Dr. Bailón Mercado
-El Congreso acuerda entregar, por partes iguales a sus respectivas madre y esposa las dietas que debieron corresponderla hasta el término de su mandato parlamentario.
BIBLIOGRAFIA
a) Obras y artículos
AMARAL, Raúl: "Lisandro Díaz León”, en: El Diario Noticias, Asunción, 4 de mayo de 1985.
BENITEZ, Justo Pastor: El Solar Guaraní, 2º ed., Asunción, Nizza, 1959, p. 162 (1º ed. 1947).
Bajo el alero assunceño (sic.) Río de Janeiro, Ministerio de Educaço e Cultura, 1955, p. 16.
Páginas libres. Asunción, El Arte, 1956, p. 73 y 92.
“Un tribuno del pueblo”, en: CARLOS R. CENTURION, Historia de las letras paraguayas. Buenos Aires, Ayacucho, 1951, t. III, p. 66-70.
BENITEZ, Luis G.: Historia diplomática del Paraguay, Asunción, e.a., 1973, p. 362-363.
CENTURION, Carlos R.: Historia de la cultura paraguaya. Asunción, Biblioteca "Ortiz Guerrero”, 1961, t III, p. 51-52.
FREIRE ESTEVES, Gomes: Historia contemporánea del Paraguay. Asunción, Napa, 1983 (la. ed. 1921).
GUGGIARI, José P., y Justo Pastor BENITEZ: Jornadas democráticas, Asunción, s.e., 1922.
IRALA., Adriano, y Santino U. BARBIERI: Paraguay-Uruguay. Asunción, 1913.
KALLSEN, Osvaldo: Historia del Paraguay contemporáneo 1869-1983. Asunción, e.a., 1983, p. 141 y 142.
PASTORE, Carlos: La lucha por la tierra en el Paraguay. 2a. ed. Montevideo, Antequera, 1972, p. 299-304 (la. ed. 1949).
RECALDE A., Sergio: La sanidad militar en la guerra del Chaco y el Dr. Juan Francisco Recalde V. Asunción, e.a., 1981, p. 15 (“Correspondencias con Juan E. O’Leary y Justo Pastor Benítez”).
b) Documentos
1903: “Memoria de la Enseñanza Secundaria y Superior”. Asunción, Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública. 1903-1904.
1910: “Anales de la Universidad Nacional”. Asunción, Año X, t., Nºs. II y III.
c) Hemeroteca
Periódicos de época (1914-1928).
El Diario (Noviembre 1921/Mayo-Junio 1928).
El Liberal (Noviembre 1921/Mayo-Junio 1928).
d) Diarios de Sesiones
Cámara de Diputados 1919-1823/1927-1928.
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