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DIARIO EL PARAGUAYO INDEPENDIENTE (1845 - 1852)
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EL PARAGUAYO INDEPENDIENTE - Por R. ANTONIO RAMOS
EL PARAGUAYO INDEPENDIENTE 1845 - 1852
 
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EL PARAGUAYO INDEPENDIENTE - AÑO 1845 - EJEMPLARES DEL Nº 9 AL Nº 13
(14/12/2011)

EL PARAGUAYO INDEPENDIENTE

EDICIÓN FACSIMILAR

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-1845-

 


N. 9.- Continuación del N. 8. Nota del Gobernador de Buenos Aires al Gobierno de la República, de 27 de Marzo de 1844, contestando a la nota de 30 de Agosto del 43. Cuestión de navegación y comercio del Paraná, y tratado de neutralidad con Corrientes. Nota de 9 de julio de 1844 del Presidente de la República poniendo en conocimiento del Gobierno de la Confederación los medios de que se ha valido para satisfacer. $ 11.999.71/2 reales importe de armamento remitido, etc. Nota del Gobernador de Buenos Aires de 3 de Octubre de 1844, contestando a la nota antecedente.

N. 10.- Continuación. Orden del Ministro de Hacienda de Buenos Aires  permitiendo a los buques argentinos llevar y traer cargas de efectos del Paraguay.

N. 11.- Cominuación. Decreto del Gobierno de Corrientes, de 7 de Octubre de 1844, estableciendo algunas disposiciones marítimas contra el Gobierno de Buenos Aires, y el Paraguay.  Decreto del Presidente de la República del Paraguay, de  Octubre 14 de 1844, cerrando los puertos de la República para Corrientes. Convención entre el Gobierno de la República y el de la Provincia de Corrientes celebrada el 2 de Octubre de 1844. Interior. El Instituto Histórico y Geográfico del Brasil envía a S. E. el Presidente de la República, el diploma de socio honorario.

N. 12.- Continuación.  Nota del Presidente de la República, de 26 de Diciembre de 1844, al Gobierno de Buenos Aires sobre lo ocurrido entre la  República y la Provincia de Corrientes.

N. 13.- Continuación. Decreto del Gobierno de Buenos Aires, de 8 de Enero de 1845, declarando que no se dará salida, en aquel puerto ni en algún otro de los de la República, a cualquier buque que pretenda llegar a Corrientes o al Paraguay. Decreto de Oribe, de 17 de Enero de 1845, no permitiendo dar salida en ningún puerto de la República Oriental a cualquier buque que pretenda ir a Corrientes o al Paraguay. Decreto del Gobierno de Buenos Aires, de 16 de Abril de 1845, prohibiendo la introducción de efectos y artículos del Paraguay por Río Grande del Sur.

Fuente: EL PARAGUAYO INDEPENDIENTE 1845 -Abril 26 - Setiembre 18 –1852. Tercera Edición. Autorizada por Ley Nº  962, y hecha a base de la 2a, edición de 1858 bajo la dirección de la Comisión ad-honorem compuestade los H, Diputados Nacionales Dr. Justo Pastor Benítez, Dn. César Augusto Vasconsellos y Dn. Eusebio Aveiro Lugo. TOMO PRIMERO. Asunción Imprenta Nacional 1930






Paraguayo Independiente N° 9 al 13 - Paraguay - PortalGuarani by PortalGuaraniII



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Registro: Diciembre 2011




 

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