Como finalidades de las ejecuciones extrajudiciales se contaban la muerte de personas que por medio de las armas intentaron oponerse al régimen stronista o la muerte de personas consideradas irrecuperables por el propio régimen por su condición de liderazgo o de ascendencia sobre grupos contestatarios al gobierno–, en ocasiones simuladas en supuestos enfrentamientos o con la excusa de que los mataron cuando intentaron huir. Las ejecuciones extrajudiciales junto a la desaparición forzada, puedan considerarse entre las más serias violaciones de los derechos humanos y también crímenes de lesa humanidad que de por sí se hallan sustraídos de los efectos de la caducidad de la acción penal por mandato constitucional, cuya represión penal no puede ser bajo ningún pretexto, objeto de transacción política, amnistía o prescripción.