SECRETARÍA DE LA MUJER
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Espacio web: http://www.mujer.gov.py/
¿QUÉ ES LA SECRETARÍA DE LA MUJER?
La Secretaría de la Mujer es un organismo público dependiente de la Presidencia de la República del Paraguay creado el 18 de Septiembre de 1992, por Ley Nro. 34/92.
Somos la instancia gubernamental, rectora normativa y estratégica de las políticas de género. Con autonomía técnica y de gestión, impulsamos planes de acción para promover la igualdad de oportunidades y la equidad entre mujeres y hombres. Actualmente coordinamos la implementación del III Plan Nacional de Igualdad entre Mujeres y Hombres 2008-2017.
VISIÓN
Ser la instancia rectora, normativa y estratégica de las políticas de género, liderando los procesos de transversalización de éstas en las políticas públicas y en la sociedad.
Constituirnos en una instancia de vanguardia reconocida nacional e internacionalmente que promueva la gestión social participativa, descentralizada y transparente.
MISIÓN
Participar en la elaboración, coordinación y ejecución de políticas públicas, incorporando el componente de género a través de instrumentos normativos eficientes y acciones específicas para eliminar todas las formas de discriminación hacia la mujer, así como para promover la igualdad de oportunidades, favoreciendo la democratización de la sociedad.
Para lograr nuestra misión
• Denunciamos acciones dirigidas a mostrar a la opinión pública las inequidades de género.
• Realizamos acciones específicas a lograr una comprensión de las inequidades.
• Capacitamos a protagonistas en diferentes ámbitos que influyen en el mejoramiento
de la calidad de vida.
• Promovemos iniciativas de carácter operativo, gubernamental o de la sociedad civil, orientadas a la disminución de las brechas de género.
GRUPOS META
Para conducir su adecuación institucional y desollar la estrategia de transversalización de la política de género, la Secretaría de la Mujer considera tres tipos de grupos meta hacia quienes ejerce influencia y apoyo:
Grupo Meta de Implementación: son instituciones públicas u organizaciones privadas que deben incorporar el enfoque de género en su funcionamiento. Ejemplo: Ministerios, Corte Suprema de Justicia, Congreso, Empresas Privadas, etc.
Grupo Meta Subsidiario: organizaciones que apoyan y complementan la labor de la Secretaría de la Mujer en la formulación, aplicación y evaluación de las políticas de género, inclusive reivindican los derechos de las mujeres discriminadas por motivos de género.
Grupo Meta Primario: mujeres discriminadas por motivos de género, por tanto, no están en situación de igualdad de derechos y oportunidades.
MARCO JURÍDICO
• La Constitución Nacional, sancionada el 20 de Junio de 1992.
• La Ley 34/92, de creación de la Secretaría de la Mujer.
• La Ley 496/95, que modifica y actualiza el Código Laboral (Ley Nº 213/93).
• La Ley 834/96, Código Electoral
• La Ley 1160/97, Código Penal
• Ley 1286/98, Código Procesal Penal.
• Ley 1600/00, Contra la Violencia Doméstica.
• La Ley 1652/00, que crea el “Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral”.
• Ley 1535/99, de Administración Financiera del Estado y el Decreto Nº 20.132/03, de su reglamentación.
• Ley 2.051 del 21 de enero de 2003, de Contrataciones Públicas y su Decreto Nº 21.909 del 11 de agosto de 2003, de reglamentación.
• Ley Nº 1.626/00, de la Función Pública.
• Decreto Nº 1.249 del 24 de diciembre de 2003, que aprueba la reglamentación del régimen de control y evaluación de la administración financiera del estado.
Descargue aquí Ley 34-1992 Creación de la Secretaría de la Mujer
III PLAN DE IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES:
Hemos ejecutado dos Planes de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres y en el 2008 se puso en marcha el tercero, con vigencia hasta el 2017. Su objetivo general es ser un instrumento para la consecución de la misión institucional: “participar en la elaboración, coordinación y ejecución de políticas públicas, incorporando el componente de género a través de instrumentos normativos eficientes y acciones específicas para eliminar todas las formas de discriminación hacia la mujer, así como para promover la igualdad de oportunidades, favoreciendo la democratización de la sociedad”.
El Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres se constituye en el marco orientador de las políticas de género. La Secretaría de la Mujer impulsa la formulación y ejecución de programas nacionales por áreas de mayor prioridad, a fin de concretar las acciones, las responsabilidades institucionales, las metas y enfoques como también gestionar los recursos necesarios para convertir los objetivos generales del III PNIO en resultados medibles en beneficio de los diferentes grupos metas.
Ámbitos de Acción en el III Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres 2008 – 2017:
• Igualdad de Derechos entre Mujeres y Hombres.
• Cultura de igualdad.
• Acceso a los Recursos Económicos y el Trabajo.
• Equidad en la Educación.
• Una Salud Integral.
• Una Vida Libre de Violencia.
• Un Ambiente Sano y Sustentable.
• Participación Social y Política en Igualdad de Oportunidades.
• Una Descentralización Efectiva.
• Estrategias Programáticas
Estrategias Programáticas:
• Prevención: a través de sus programas: Igualdad de Oportunidades de la Mujer en la Educación y la Cultura, Acceso de la Mujer a los Recursos Económicos, al Trabajo y a un ambiente sano y sustentable; y Salud Integral de la Mujer.
• Inclusión: a través de su programa de Descentralización Efectiva y Participación Social y Política.
• Protección: a través del Programa Nacional para la Prevención y la Sanción de la Violencia contra la Mujer, y el Sistema Nacional de Servicios de Atención a la Mujer.
CONTACTOS:
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Asunción, Paraguay
Piso 13
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Ministra - ministra@mujer.gov.py
Dirección de prevención y atención a víctimas de violencia - zelaya@mujer.gov.py
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Relaciones Internacionales - inter@mujer.gov.py
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Fuente digital:
http://www.mujer.gov.py/
Registro: Setiembre 2011