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Juan Ignacio Sorazábal (+)

  CARLOS ANTONIO LÓPEZ


CARLOS ANTONIO LÓPEZ

Dibujo: SORAZABAL

Fuente: LA SOBERANIA DEL PARAGUAY

Por CARLOS ANTONIO LÓPEZ

Editorial EL LECTOR

Colección HISTORIA (37)

Prólogo: J.NATALICIO GONZÁLEZ

Tapa: LUIS ALBERTO BOH

Asunción-Paraguay 1996 (250 páginas)

 

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INTRODUCCIÓN

** El pueblo paraguayo no puede ver y nunca verá con indiferencia maques dirigidos contra sus derechos, y principalmente contra sus más caros derechos. Libre del torbellino de las pasiones que por treinta y cinco años ha derramado tanta sangre, e inmolado tantas víctimas ilustres, él ha sabido conservar la preciosa y creadora paz, y guardar constantemente el respeto debido al derecho de las naciones y de sus gobiernos. Una tal conducta le daba entera esperanza de justa reciprocidad, pero toda vez que la ambición intenta dominar, comienza por el olvido de toda idea del deber: la ambición y el derecho son enemigos inconciliables.

** La Gaceta Mercantil de Buenos Aires, en su No. 6369 de 15 de Enero insufrida de la idea de un ciego predominio, dirige una no provocada y grave ofensa a la República del Paraguay, combatiendo su independencia nacional, ofensa que adquiere carácter aún más subido y odioso, cuando se reflexiona que ese artículo tiene la cualidad de oficial, pues que sin ella no tendría a su disposición el archivo argentino para extractar la correspondencia del Gobierno del Paraguay.

** Tan notable circunstancia, la naturaleza de dicho artículo, y los esfuerzos que la imprenta de Buenos Aires emplea para impugnar la independencia de nuestra patria presentarla a los ojos de las naciones, como una entidad problemática e infundada, excitan los sentimientos de la nacionalidad, y son incompatibles con el silencio aun por vía de menosprecio por cuanto podía tener la interpretación del temor.

** La independencia de la República del Paraguay es la base y condición indispensable para la felicidad de sus hijos: casi todos ellos vieron la luz del día en los brazos de su patria soberana, y libre de toda sujeción extranjera. Sin independencia ya la mirarían subordinada a una voluntad lejana e improvidente cuando no hostil, y sus costumbres, opiniones y destinos esclavizados al arbitrio ajeno: basta sola la idea para excitar la indignación.

** El gobierno argentino no sólo se niega a ratificar el reconocimiento dé nuestra independencia, sino que también pretende obstar que las demás potencias le presten su reconocimiento. Si limitase su política a lo que le es relativo, sin inculcar las intenciones que así manifiesta, sería desnecesaria la discusión, y se contentaría nuestra patria en decirle que ha treinta y cinco años que es independiente de hecho y de derecho; que esa sabia deliberación salvó un pueblo entero de los furores de la anarquía, y de la guerra sangrienta y exterminadora que por ese largo y enlutado tiempo ha devastado la Confederación argentina; que con una población casi igual a toda ella, con recursos suficientes, con hábitos, pasiones e intereses propios y distintos, desea continuar a vivir independiente, y ha de vivir, porque quiere y puede y porque para eso no depende de la voluntad ajena, sino solamente de la suya, que es formal y definitiva. ¿Con qué derecho no obstante el de fundación, y uti possidetis se separó Buenos Aires de la España? Pues con ese mismo el Paraguay ha de continuar separado de Buenos Aires.

** Pero la cuestión ha de ser juzgada por las demás naciones, y la República del Paraguay les debe atenciones, y desea sus simpatías. Estas consideraciones obligan a esclarecer el asunto, exponiendo los hechos que han tenido lugar desde 1810, primera época de la emancipación de América española, y para entera autenticidad publicaremos los documentos oficiales, que comprueban tales hechos.

** Así demostraremos palpablemente: Primero: que el Paraguay ya antes, y mucho más después de separarse de la España, se había separado de Buenos Aires, viviendo desde entonces hasta el presente como nación libre e independiente de todo y cualquier poder extraño o exterior de su territorio, y que Buenos Aires expresa y solemnemente reconoció su separación e independencia. Segundo: que, habiendo ajustado ambos países un tratado de alianza para defender su común emancipación y libertad, el Gobierno de Buenos Aires, postergando el Derecho de las gentes, y la sagrada pública fe, violó amplia y manifiestamente todas las condiciones convencionadas, y por eso el Gobierno paraguayo lo declaró roto, y se desprendió en 1813 de dicho tratado, y de todas las relaciones con Buenos Aires, ratificando su independencia absoluta y definitiva. Tercero: que en 1842 nada más hizo que renovar esa ratificación para el único fin de pedir el reconocimiento general de las naciones, y por un acto de deferencia y amistad con el Gobierno argentino lo incluyó en esa generalidad, no obstante su anterior reconocimiento. Cuarto: que virtual y expresamente desde su primer pronunciamiento hasta hoy ha sido y es considerado por las diferentes y principales naciones como un estado soberano. Quinto: finalmente: que tiene incuestionable derecho de mantener y sustentar su independencia: que Buenos Aires no tiene título alguno a oponer, y que su opinión no podrá fundarse sino en la fuerza y conquista, que no es derecho, y ni sería un hecho, porque la República del Paraguay resistiría hasta el último esfuerzo de los sacrificios. Independencia o Muerte.

Asunción, abril 26 de 1845.

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ÍNDICE

PRÓLOGO/ INTRODUCCIÓN

PRIMERA PARTE

I* La Revolución de Mayo y primeros actos de la Junta Gubernativa/ II.Relaciones con Buenos Aires

SEGUNDA PARTE

I* Alianza entre los Estados del Paraguay y de Buenos Aires/  II.La cuestión de auxilios/ III. Exigencias de explicaciones oficiales/ IV. Infracción del Tratado por Buenos Aires: primeras reclamaciones/ V. Infracción del Tratado por Buenos Aires: segundas reclamaciones/ VI. Infracción del Tratado por Buenos Aires: nuevas declaraciones/ VII. La ratificación de la Independencia y el fin de la Alianza

TERCERA PARTE

I* Bajo el Consulado y la Dictadura/ II. La ratificación de la Independencia y la oposición de Rosas/ III. Cuestiones de navegación y comercio del Paraná, y Tratado de neutralidad con Corrientes/  IV. La navegación del Paraná/ V. Paraguay, Corrientes y la libertad de los ríos/ VI. Las relaciones con Corrientes/ VII. La guerra mercantil/ VIII. Rosas y la Convención con Corrientes/  IX. La Réplica paraguaya/ X. Paraguay y Rosas/ XI. Antecedentes del Tratado de 1831/ XII. Otros antecedentes del Tratado de 1831/ XIII. Más antecedentes del Tratado de 1831/ XIV. Últimos antecedentes del Tratado de 1831/ XV. El Tratado de 1831

CUARTA PARTE

I* La Independencia del Paraguay es una cuestión de hecho

QUINTA PARTE

II. La Independencia del Paraguay es una cuestión de derecho

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LA SOBERANÍA DEL PARAGUAY, escrita para demostrar jurídicamente y de hecho la soberanía del Paraguay, fue escrita por don CARLOS ANTONIO LÓPEZ en 1845 con el objeto de refutar punto por punto las argumentaciones de la Confederación Argentina dirigida por Rosas, la cual reclamaba al Paraguay como simple provincia integrante de la misma. La solidez de los argumentos, la versación sobre la materia y el criterio eminentemente jurídico con el que fundamento su tesis, hacen de esta obra – en la cual la historia y el derecho de nuestro país independiente están perfectamente combinados – un libro indispensable en todas las bibliotecas del Paraguay. Una gran obra escrita por un gran hombre.

 

 

 

 

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