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JULIÁN SOREL

  EL CASO GASTÓN GADIN - Por JULIÁN SOREL - Domingo, 08 de Septiembre de 2019


EL CASO GASTÓN GADIN - Por JULIÁN SOREL - Domingo, 08 de Septiembre de 2019

EL CASO GASTÓN GADIN

 

Por JULIÁN SOREL


juliansorel20@gmail.com

La pena de muerte fue aplicada en Paraguay por última vez con el fusilamiento de Gastón Gadin, «el Parricida de Villa Morra», y de su cómplice, Cipriano León, el 1 de diciembre de 1917. El carácter de espectáculo público de su ejecución y la previa condena popular y mediática de ambos permite postular que la ejemplaridad de la muerte como pena era todavía una noción aceptada en la sociedad paraguaya entrada la segunda década del siglo XX.

Probablemente uno de los mecanismos más antiguos de control social –ese control que se vale de instrumentos nítidos y de gestos difusos, de sólidas instituciones y de vagos rumores, y que, ubicuo, abarca todos los ámbitos, de la familia a la prensa, pasando por el aparato judicial y el sistema penitenciario– sea la pena de muerte.

La pena de muerte fue aplicada por última vez en Paraguay en 1917, con el fusilamiento de un ciudadano francés de dieciocho años que había asesinado a hachazos a sus padres en 1915, y de su cómplice, un ciudadano paraguayo de veinticuatro años, antiguo peón de su familia.

El juicio por este doble homicidio perpetrado durante el gobierno de Eduardo Schaerer se prolongó cerca de dos años, al cabo de los cuales Edmundo Nicolás Gadin Lacour, más conocido como Gastón Gadin, y Cipriano León, autor moral y autor material, respectivamente, de los asesinatos de los padres del primero, fueron públicamente ejecutados en el patio de la Cárcel Pública de Asunción, durante el gobierno de Manuel Franco.

Jean-Laurent Gadin y Emma Elisabeth Lacour habían llegado a Paraguay en 1912, con Gastón y Victorina, sus hijos, y se habían establecido en una quinta en Villa Morra. Las relaciones entre Gastón y su padre, al parecer, no eran buenas, y el joven francés llevaba una vida más propia de un peón de la quinta familiar que del hijo de sus dueños; no deja de ser coherente que se enamorase de Ana Mayeregger, la hija de veintiún años de uno de los peones, Carlos Mayeregger, lo que fue mal recibido por el matrimonio Gadin-Lacour. Furioso, humillado o quizá desesperado –sus padres planeaban enviarlo a Francia para que hiciera el servicio militar, se olvidara de Anita y se casara con una mujer europea–, el joven decidió asesinarlos, y para ello recurrió a Cipriano León, nacido en 1891 en la ciudad de Mbuyapey, que había sido peón en la quinta de Villa Morra, con quien Gastón había entablado amistad y que para entonces se había casado con Ventura Cáceres, tenía una hija y trabajaba –oficio que, a la luz de los hechos que estaban por ocurrir, parece cargado de presagios sangrientos– como carnicero.

La quinta Gadín, de unas tres manzanas y media, se extendía entre la avenida Mariscal López y la calle Senador Long, que en aquel tiempo se llamaban la avenida Morra y la calle del Parque. Allí, la noche del lunes 26 de julio de 1915 esperaron al padre de Gastón, que había ido a una reunión de masones en el centro de la ciudad y volvería en el último tranvía nocturno. Mientras regresaba, mataron a hachazos a la madre en su dormitorio, y cuando llegó a casa y abrió la puerta de la habitación, hicieron lo mismo con él. Muertos los padres de Gastón Gadin, prendieron fuego a la alcoba para quemar las evidencias del crimen.

Gastón pidió ayuda a gritos y los vecinos enviaron peones para ayudar a apagar las llamas que devoraban la quinta. Terminada la triste tarea, al encontrar quemados entre los restos del incendio los cuerpos de Jean-Laurent y Emma, todos los creyeron muertos por el fuego. Pero el fuego no borró del todo las heridas de los hachazos, que alertaron a la policía, por lo que los habitantes de la quinta fueron detenidos y se solicitó la lista de los peones que trabajaban en ella. Por la mañana, llegó a cumplir su jornada laboral el peón Carlos Mayeregger, entre cuyas pertenencias se encontró una carta de Anita en respuesta a otra de Gastón. La carta de Gastón, al parecer, hablaba del deseo de asesinar a su padre, pues la de Anita pretendía disuadirlo de ello. Gastón fue detenido. El comisario Hermosilla, a cargo de la investigación, le dijo –lo que no era cierto– que habían detenido a su cómplice. Gastón cayó en la trampa y confesó que el autor material era Cipriano. Los investigadores detuvieron entonces a Cipriano y le dijeron que Gastón lo había culpado y acusado de robar joyas. León montó en cólera ante la acusación de robo y confesó que el autor moral era Gastón. Así fueron detenidos ambos.

El Código Penal de Teodosio González –que había empezado a regir en 1910– contemplaba la pena de muerte en tres casos; uno de ellos (según su artículo 338) era el parricidio. La pena de muerte se suplía (según su artículo 64) con treinta años de presidio en caso de que el condenado fuera menor de edad, como lo era Gastón Gadin cuando perpetró su crimen. Por eso, el principal argumento de la defensa para salvarlo de la condena a muerte fue su minoría de edad, reconocida en principio pero desconocida después por el Tribunal del Jurado al sentenciarlo a la pena capital, por el Tribunal Superior de Justicia al confirmarla y por el presidente del país, Manuel Franco, al no conmutarla.

Es interesante considerar el papel que pudo haber cumplido en este desenlace la presión popular y mediática: la prensa y el público ya habían condenado de antemano a muerte al parricida y a su cómplice. Los principales diarios tomaron partido desde el inicio, pidiendo la sangre de Gadin y León, exigiendo «el supremo rigor de la ley para los dos miserables» («Justicia», diario La Tribuna, sábado 31 de julio) y publicando truculentas descripciones de un caso de por sí lúgubre. Y no se aplacaron con el desenlace; por el contrario, cuando se dio a conocer la condena, el público pudo leer en uno de esos periódicos: «aplaudimos… la eliminación de los miembros gangrenados de la sociedad» («La pena de muerte», diario El Nacional, jueves 29 de noviembre de 1917).

En el periodismo de aquel entonces, las críticas a la pena capital no eran habituales, y a nadie parece haber sorprendido que diarios de gran circulación hicieran abierta campaña contra dos procesados.

Su fusilamiento, el 1 de diciembre de 1917, fue un verdadero espectáculo público. Por ello cabe postular que la última vez que se aplicó la pena capital en Paraguay, si bien la muerte judicial ya era relativamente rápida y discreta, aún podía ser concebida como espectáculo, macabra fiesta para saciar la sed de violencias lícitas, de dolores merecidos, de represalias ejemplares que sin recato expresaba toda una sociedad.

En nuestros días ha desaparecido el espectáculo punitivo de las picotas, los azotes en la plaza pública, las ejecuciones, las horcas. Ya no nos resulta cómodo. Quizá nos parece demasiado similar a lo que castiga, quizá asemeja demasiado entre sí a los criminales y a las autoridades.

(Aunque hoy no hablaré de esto, abro un breve paréntesis para anotar que violencia y crueldad no han dejado de integrar el castigo: se han vuelto su parte oculta –pienso, por ejemplo, en casos como el de Julian Assange, víctima de violencia y crueldad, pero no víctima expuesta, sino víctima invisible–. Cierro el paréntesis.)

Aunque la exhibición punitiva haya desaparecido hoy, no siempre fuimos tan púdicos, y en algunas sociedades la idea del castigo judicial como espectáculo, a veces justificado por su presunta función ejemplar o disuasoria, ha perdurado más que en otras. Fuera de los –sin duda, fascinantes– pelos y señales y detalles de este asesinato, la condena popular y mediática de Gastón Gadin, el Parricida de Villa Morra, y de su cómplice, Cipriano León, permite plantear que la idea de la ejemplaridad de la muerte como pena estuvo vigente en la sociedad paraguaya al menos hasta la segunda década del siglo XX.

«No tengo nada que añadir a lo que dijo mi defensor», declaró el otrora peón y posterior autor material del asesinato de los padres de su amigo Gastón Gadin, Cipriano Justino León, nacido en Mbuyapey, departamento de Paraguarí, en 1891, al firmar su sentencia el 19 de junio de 1917. «Merezco la pena de muerte, pero pido únicamente que no sean abandonadas mi esposa e hija». Antes de partir rumbo al patio de la cárcel para ser fusilado, y en agradecimiento por los esfuerzos que había hecho para salvarlo, Cipriano León le entregó a su defensor la única posesión que todavía le quedaba: su última cajetilla de cigarrillos Alfonso XIII.

Notas

El Proceso Nº 1117, «Gastón Gadin y Cipriano León s/ Homicidio en Villa Morra», se encuentra en el Museo de la Justicia, del Centro de Documentación y Archivo para la Defensa de los Derechos Humanos, en el Palacio de Justicia de Asunción, Paraguay.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fuente: Suplemento Cultural del diario ABC COLOR

 Domingo, 08 de Septiembre de 2019

Página 3

 www.abc.com.py

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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