Ley N°- 2.292/2003
"QUE APRUEBA LA ENMIENDA AL PÁRRAFO 2 DEL
ARTICULO 43 DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO"
Art.1 °.
Apruébase la "Enmienda al Párrafo 2 del Art. 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño" cuyo texto es como sigue:
"Enmienda al párrafo 2 del Art. 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño adoptada en la Conferencia de los Estados Partes e112 de diciembre de 1995: Decide aprobar la enmienda propuesta al párrafo 2 del Art. 43 de la Convención sobre los Derechos del Niño, por la cual se sustituiría la palabra "diez" por la palabra "dieciocho"."
Art. 2°.Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los siete días del mes de agosto del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 204 de la Constitución Nacional.
Benjamín Maciel Pasotti Carlos Mateo Balmelli
Presidente Presidente
H. Cámara de Diputados H. Cámara de Senadores
Raúl Adolfo Sánchez Ana María Mendoza de Acha
Secretario Parlamentario Secretaria Parlamentaria
Asunción, 7 de noviembre de 2003
Téngase por Ley de la República, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Nicanor Duarte Frutos
Leila Rachid de Cowles
Ministra de Relaciones Exteriores.
Fuente:
LEGISLACIÓN DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA
Ley N° 1.680/2001, "CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA"
Ley N° 1.136/1997, "DE ADOPCIONES".
Ley N°- 57/1990, "QUE APRUEBA Y RATIFICA LA CONVENCIÓN
DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO"
Ley N° 3.929/2009, "QUE AMPLÍA EL CÓDIGO DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA"
Asunción, Paraguay - 2010 (296 páginas)
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